La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) objetó la postura del Perú de liberar al expresidente Alberto Fujimori, quien venía cumpliendo condena por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta. Mencionó que su excarcelación se ha ordenado contraviniendo las obligaciones internacionales del Estado e incumpliendo las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
En un comunicado de prensa, la CIDH observó que aun cuando en resolución del 5 de diciembre de 2023 la Corte IDH requirió al Estado peruano que se abstuviera de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del 4 de diciembre, Fujimori fue liberado el 6 de diciembre.
Alertó que el hecho de conceder indultos u otras exenciones de responsabilidad a personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad puede generar una forma grave de impunidad.
Asimismo, remarcó que el Estado peruano ha ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos y reconoció la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH. “Por ello, está obligado a acatar las decisiones que esta adopte en el ejercicio de sus facultades para supervisar el cumplimiento de sus sentencias y de emitir medidas provisionales”, destacó.
La CIDH también recordó a todas las autoridades estatales su obligación de realizar un control de convencionalidad de oficio en el marco de sus respectivas competencias, teniendo en cuenta la Convención Americana y la explicación que de la misma realiza la Corte IDH, su intérprete última.
“Se hace un enérgico llamado al Estado a tomar medidas efectivas para garantizar el derecho de acceso a la justicia a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, en respeto a su dignidad”, exhortó la Comisión.