La cuestionada sentencia de hábeas corpus que anuló las condenas penales contra Rosa Gloria Vásquez Cuadrado ya tiene consecuencias fuera del propio proceso judicial.
El juez Valery Raúl Romero Palacios, quien emitió el fallo, fue denunciado ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ)por presuntas irregularidades funcionales vinculadas a la motivación de su decisión.
La denuncia fue registrada el 26 de setiembre fue derivada a la Dirección de Procedimientos Disciplinarios, instancia encargada de realizar la evaluación correspondiente. Esto no significa que el magistrado haya sido declarado responsable ni sancionado: precisamente corresponde determinar si existen elementos suficientes para iniciar un procedimiento disciplinario.
¿QUÉ SE CUESTIONA?
1. Uno de los puntos centrales denunciados es una aparente contradicción: el hábeas corpus sostiene que las sentencias penales no ofrecieron una explicación objetiva suficiente sobre la responsabilidad funcional de Vásquez; sin embargo, la sentencia de segunda instancia desarrolló expresamente argumentos sobre el MOF, ROF, disponibilidad jurídica de los recursos, administración directa de la obra, anomalías presupuestarias y deberes de supervisión y cautela. Incluso afirmó expresamente que Vásquez no había sido responsabilizada por su sola condición de alcaldesa.
2. Otro aspecto puesto en conocimiento de la JNJ es que el fallo constitucional habría ingresado a revisar aspectos propios de la valoración penal —como la forma en que debía acreditarse el conocimiento de las irregularidades y el vínculo funcional con los caudales— pese a señalar que no estaba determinando la culpabilidad o inocencia de Rosa Vásquez, sino únicamente controlando la motivación de las sentencias.
3. La denuncia solicita precisamente que la JNJ realice un cotejo directo entre las dos sentencias penales y el hábeas corpus para determinar si existió una actuación disciplinariamente relevante. Será la Junta, y no el denunciante, la que deberá establecer si existió alguna inconducta y, de corresponder, qué consecuencia contempla la ley.
EL CASO RECIÉN EMPIEZA EN LA JNJ.
El registro y derivación de la denuncia no equivalen a una sanción ni a una declaración de responsabilidad. Pero el juez que anuló las condenas contra Rosa Vásquez queda ahora sujeto a la evaluación del órgano constitucional encargado del control disciplinario de los magistrados, dentro de un régimen que contempla distintas sanciones según la gravedad que eventualmente se determine.
De modo extraoficial hemos sido informados que el 5to. Juzgado de Investigación Preparatoria de La Molina y Cieneguilla ya no sería dirigido por Valery Romero, sino por el juez Gerando Parco.
Fuente: Noticias Huacho