En un esfuerzo por mejorar la eficiencia y transparencia del control aduanero en el país, el Ministerio de Economía y Finanzas ha emitido el Decreto Supremo Nº 127-2024-EF, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Esta modificación, aprobada por el Consejo de Ministros, incluye la creación de la Intendencia de Aduana de Chancay, un nuevo órgano diseñado para supervisar las operaciones aduaneras en el próximo Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, cuya operación se prevé para finales de 2024.
El puerto de Chancay se proyecta como una de las principales puertas de comercio entre Sudamérica y Asia, convirtiéndose en un punto neurálgico para el comercio exterior peruano. La creación de la Intendencia de Aduana de Chancay responde a la necesidad de gestionar eficientemente el aumento previsto en las operaciones aduaneras, garantizando el cumplimiento de las normativas y facilitando el flujo de mercancías y personas.
Principales funciones
La nueva Intendencia tendrá la responsabilidad de administrar los regímenes aduaneros, recaudar y determinar la deuda tributaria aduanera, así como imponer recargos y sanciones administrativas. Además, se encargará de la gestión de garantías, devoluciones y control del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas. Otro aspecto crucial será la supervisión y aplicación de la legislación que regula el comercio exterior, así como la implementación de medidas para prevenir y reprimir delitos aduaneros.
El establecimiento de esta nueva entidad dentro de la SUNAT no solo fortalecerá el control aduanero en Chancay, sino que también contribuirá al desarrollo logístico y económico a nivel nacional.
La implementación de este decreto se financiará con el presupuesto institucional de la SUNAT, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público. La nueva estructura organizativa entrará en vigor tras la publicación de la resolución del titular de la SUNAT que modifique la Sección Segunda del ROF, con un plazo máximo de quince días hábiles para su adecuación.
Este cambio normativo representa un paso hacia la modernización y optimización de la gestión aduanera en el Perú, preparando al país para enfrentar los desafíos del comercio global y asegurando un entorno más seguro y eficiente para las operaciones de comercio exterior.