En audiencia de terminación anticipada, el Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte, consiguió 3 años y 4 meses de prisión suspendida contra Salomón Pedro Trujillo Vásquez (32), por el delito de acoso agravado en agravio de su expareja, en Independencia.
La fiscal provincial, Julissa Lorena Vega Vigil, quien logró la condena, explicó que en 2019, la víctima conoció al imputado a través de Facebook y tras conocerse iniciaron una relación sentimental.
No obstante, la agraviada se enteró que el acusado estaba casado y que empezó a mostrar conductas estereotipadas de celos y posesión, por lo que decide terminar la relación. Sin embargo, el investigado se negaría a la decisión y comenzaría a acosarla de forma reiterada, a través de llamadas o mensajes de texto, pidiendo retomar su romance.
Empero, la fémina rechazaría a Trujillo Vásquez, lo que provocó que el imputado hackee las redes sociales de su expareja para enviar fotos y mensajes obscenos a sus amistades y familiares.
Durante la audiencia, la representante del Ministerio Público sustentó con elementos de convicción el acta de intervención policial; el informe psicológico, donde se presenta la afectación psicológica de la víctima; el acta de apertura y visualización del equipo móvil del investigado, donde se aprecian los reportes de llamadas, mensajes de texto y audios que enviaba a la agraviada; entre otros.
Cabe destacar que la fiscal a cargo del caso también consiguió que el sentenciado pague S/ 3 000 como reparación civil a favor de la parte agraviada en un plazo no mayor de 24 horas; y que se le imponga 234 días multas, el cual será pagado con dinero en efectivo (S/ 6 240.78) en los siguientes 6 meses, a favor del Estado.
De la misma forma, logró que se dicte reglas de conducta contra Trujillo Vásquez, como la prohibición de porte armas, y de acercarse y agredir a la víctima y/o sus familiares; y que realice un tratamiento psicológico por un año; entre otros. Todo ello, bajo apercibimiento de revocarse la pena suspendida a pena efectiva en caso de incumplimiento.