ONPE sanciona a alcalde de Huaura por no presentar información financiera de aportes a su campaña electoral

El alcalde del distrito de Huaura Juan José Reaño Antúnez ha sido sancionado por la ONPE con una multa de una con cincuenta y tres centésimas (1.53) Unidad Impositiva Tributaria, de conformidad con el artículo 36-B de la LOP, POR NO CUMPLIR con la presentación de la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, según lo establecido en el numeral 34.5 del artículo 34 de la LOP.

Reaño Antúnez tenía plazo para cumplir con presentar su informe hasta el 10 de febrero de 2023. Por tanto, la presunta infracción se habría configurado el 11 de febrero de 2023.

El todavía alcalde huaurino tiene la posibilidad de reducir la sanción en veinticinco por ciento (25%) si se cancela el monto de la sanción antes del término para impugnar administrativamente la resolución que pone fin a la instancia y no se interpone recurso impugnativo alguno, conforme a lo dispuesto en el artículo 135 del RFSFP.

JUAN JOSE REAÑO ANTUNEZ, puede solicitar el fraccionamiento de la multa impuesta, de acuerdo al Reglamento del beneficio de fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por la ONPE, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000596-2023-JN/ONPE5.

Con Resolución Gerencial-PAS N° 001320-2023-GSFP/ONPE, del 4 de abril de 2023, la GSFP de la ONPE dispuso el inicio del PAS contra el administrado por no presentar la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados en su campaña electoral durante las ERM 2022, según lo previsto en el numeral 34.5 del artículo 34 de la LOP.

Mediante Carta-PAS N° 001425-2023-GSFP/ONPE, notificada el 10 de abril de 2023, la GSFP comunicó al administrado el inicio del PAS –junto con los informes y anexos– y le otorgó un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, más un (1) día calendario por el término de la distancia, para que formule sus descargos por escrito.

Sin embargo, el administrado no presentó sus descargos iniciales.

Por medio del Informe-PAS N° 000910-2023-GSFP/ONPE, del 25 de mayo de 2023, la GSFP elevó a la Jefatura Nacional el Informe Final N° 01462-2023-PAS-CANDIDATOS-ERM2022-SGTN-GSFP/ONPE, informe final de instrucción contra el administrado, por no presentar la segunda entrega de la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las ERM 2022.

A través de la Carta-PAS N° 001192-2023-JN/ONPE, el 19 de junio de 2023 se notificó al administrado el citado informe final y sus anexos, a fin de que formule sus descargos en el plazo de cinco (5) días hábiles, más un (1) día calendario por el término de la distancia.

No obstante, el administrado no presentó sus descargos finales.

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