El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la Ley que establece medidas extraordinarias para la adquisición de maquinaria y equipo por parte de los gobiernos regionales y locales para la gestión del riesgo de desastres (Ley 31952), Decisión se refrendó mediante Decreto Supremo 009-2024-EF, publicado el viernes 02 de febrero en el Diario Oficial El Peruano.
El reglamento permite una adecuada aplicación de las disposiciones para la adquisición de maquinaria y equipo ante el peligro inminente de la ocurrencia de una situación de emergencia y su vigencia será a partir de este sábado 03 de febrero del 2024 y hasta el 31 de diciembre del 2026.
Así, los gobiernos locales y regionales están autorizados a adquirir maquinaria y equipo para la gestión del riesgo de desastres, dentro de sus respectivas jurisdicciones, aplicando el supuesto de contratación directa previsto en la Ley de Contrataciones del Estado, siempre que sea inminente la ocurrencia de una situación de emergencia, conforme a las definiciones del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd).
Al respecto, la gobernadora regional Gilia Ninfa Gutiérrez Ayala, señaló en días previos que se prevé tener listos los expedientes para la compra de maquinaria de línea amarilla para el final del primer trimestre del año.
Los gobiernos locales y regionales podrán utilizar hasta el 30% de los recursos del Fondo de Compensación Regional (Foncor) y hasta un máximo de 50% del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun), según corresponda, para la adquisición de maquinaria y equipo.