El director de la Institución Educativa “Nuestra Señora del Carmen”, Edwin Fernando Pizarro Cherre, presentó una denuncia formal ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, entidad adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, contra la UGEL N.° 10 de Huaral, que dirige Roxana Camán Vigo, por una presunta vulneración a la normativa de protección de datos personales.
De acuerdo con el documento presentado, la denuncia se origina tras una inspección no programada realizada el 3 de julio de 2025, durante la cual funcionarios de la UGEL N.° 10 habrían extraído aproximadamente doce horas de grabaciones de las cámaras de videovigilancia del plantel educativo. Según lo señalado por el director, dicha acción se habría efectuado sin la emisión de una resolución, orden escrita u otro documento administrativo que sustente legalmente la obtención del material audiovisual.
El denunciante sostiene que la intervención se realizó sin consentimiento previo y sin que se precise el objetivo de la extracción ni las medidas de seguridad adoptadas para el resguardo de la información, lo que —según indica— podría afectar la privacidad del personal docente, administrativo y de los estudiantes, incluidos menores de edad.
Fundamentos legales
La denuncia se sustenta en una presunta vulneración de derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad personal y familiar, así como al honor y a la propia imagen. Asimismo, se invoca la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que establece la necesidad de contar con consentimiento expreso para el tratamiento de datos personales, salvo las excepciones previstas por ley, y obliga a las entidades públicas a actuar dentro de sus competencias y con respaldo normativo expreso.
También se señala el presunto incumplimiento de principios como finalidad, proporcionalidad y seguridad de la información, contemplados en el reglamento de la citada ley. Adicionalmente, se advierten posibles irregularidades administrativas en el marco de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que exige motivación y competencia para la validez de los actos administrativos.
Medios probatorios
Como parte de la denuncia, se adjuntaron diversos documentos, entre ellos un informe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la UGEL N.° 10, en el que se reconoce la descarga de las grabaciones en memorias USB y se califica la visita como “inopinada”. También se incluye un oficio suscrito por la directora de la UGEL que remite dicho informe, así como un documento emitido por la dirección del colegio solicitando formalmente la devolución del material audiovisual y una explicación del procedimiento realizado.
Solicitud a la autoridad competente
Finalmente, el director de la institución educativa solicita a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales que evalúe los hechos denunciados, determine si se configuró una infracción a la normativa vigente y disponga las medidas correspondientes, entre ellas una explicación formal y la devolución de las grabaciones extraídas.