Por: Carlos Munares (Abogado)
Todos estamos de acuerdo con que el Gobierno Regional de Lima y sus funcionarios están violando la norma electoral de neutralidad.
La violaron durante las elecciones generales y la violan hoy, en pleno proceso electoral municipal y regional. A diario vemos primeras piedras, inauguraciones y actos oficiales convertidos en vitrinas políticas. En los hechos, se usan recursos públicos para favorecer candidatos y estructuras partidarias, sin que exista una reacción enfática y proporcional de la autoridad electoral. Esta es una realidad.
Frente a este escenario, la reacción política natural es evidente: que se suspenda de una vez a la señora Vásquez. Sin embargo, corresponde decirlo con claridad jurídica, aunque resulte incómodo: la ley no lo permite.
La gobernadora ha sido condenada en primera instancia a 9 años y 5 meses, con una pena de inhabilitación por el mismo periodo, pero dicha sentencia ha sido apelada.
En el Perú rige la doble instancia y el debido proceso. Mientras no exista una sentencia firme, la ejecución de la pena —incluida la inhabilitación— está suspendida. Los efectos de la inhabilitación corren la misma suerte que la pena principal y no pueden aplicarse de forma anticipada, salvo que la resolución así lo disponga.
En su momento también estuvo en la retina de los opinologos y el análisis jurídico la posibilidad de aplicar la suspensión para el ejercicio del cargo a la señora Vasquéz. Sin embargo, en la sentencia de 1era instancia los jueces resolvieron reservar o suspender los efectos de la pena (decisión bastante cuestionada), que dicho sea de paso es de carácter efectiva, pero sin mandato de detención actual o vigente.
El Jurado Nacional de Elecciones en el marco de sus competencias no puede remover a una autoridad sobre la base de una condena que no se encuentra firme. Pretender lo contrario sería vulnerar el ordenamiento legal y Estado de derecho, por más justificada que sea la indignación ciudadana. Hasta aquí, aunque disconforme la ciudadanía, todo está de acuerdo a Ley
¿Pero dónde está el verdadero problema? Que el JNE no pueda inhabilitarla, no significa QUE NO PUEDA ACTUAR.
Sí puede —y DEBE— vigilar la neutralidad electoral, impedir el uso de recursos públicos en campaña y sancionar las infracciones que hoy se cometen a la vista de todos. Y eso, lamentablemente, no lo está haciendo.
La ley impide hoy una inhabilitación penal. Correcto.
Lo que no impide —y exige— es poner un alto inmediato al uso político de los recursos del estado.
