Declaran estado de emergencia en varios distritos del Perú, entre ellas Aucallama.

El Diario Oficial El Peruano publicó, hoy, el Decreto Supremo N° 034-2026-PCM, que declara declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Junín, Lima, Moquegua, Pasco y San Martín, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales.

La referida norma alcanza al distrito de Aucallama, entre otros distritos de la provincia de Huaral.

Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarar el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Junín, Lima, Moquegua, Pasco y San Martín, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Artículo 2.- Acciones a ejecutar
Los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Junín, Lima, Moquegua, Pasco y San Martín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competente.

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