Las Elecciones Generales 2026 están a poco de desarrollarse en el Perú, y más de 27 millones de ciudadanos habilitados se acercarán hasta las urnas para escoger a sus próximos gobernantes políticos: presidente y dos vicepresidentes, representantes ante el Parlamento Andino, así como senadores y diputados para el periodo 2026-2031. De esta manera, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) instó a la población nacional a participar de manera responsable en esta importante jornada, ya sea informándose a través de los medios de comunicación sobre la trayectoria de los candidatos u organizaciones políticas, intercambiando opiniones con familiares o amistades, o ingresando a sus plataformas oficiales. Así, como en cada proceso electoral, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó sobre las restricciones o prohibiciones que regirán durante este fin de semana, sobre todo, la aplicación de la ley seca a nivel nacional. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
¿CUÁNDO INICIA LA LEY SECA EN EL PERÚ?
En el marco de las Elecciones Presidenciales 2026 y conforme al artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el Jurado Nacional de Elecciones estableció una serie de restricciones con el objetivo de garantizar unos comicios seguros y con normalidad. Por ello, en esta oportunidad, la llamada Ley seca entrará en vigencia desde este sábado 11 a las 8:00 a. m. hasta el 13 de abril a la misma hora en todo el territorio nacional. Es decir, durante este corto periodo estará prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de ningún tipo, y se dispone el cierre de los establecimientos, o de los espacios dentro de estos, dedicados principalmente a su comercialización. Por otro lado, el JNE indicó que de no cumplir con lo establecido se sanciona con una pena privativa de libertad no mayor de seis meses y una multa no inferior al 10 % del ingreso mínimo vital, calculada sobre 30 días de multa, equivalente a S/ 3 390. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»
¿QUÉ HACER EN CASO DE ROBO DEL DNI EN EL DÍA DE LAS ELECCIONES GENERALES 2026?
En una entrevista para Andina, el subdirector de Vínculos y Archivo Registral del Reniec, Jorge Puch Pardo Figueroa, dio a conocer que el Documento Nacional de Identidad constituye el único documento válido que permite sufragar en estas Elecciones Presidenciales 2026, por lo que no se permitirá sufragar con ningún otro como, por ejemplo, pasaporte o brevete. Es así que, de acuerdo con el trabajador público, en caso de robo o extravío en el día de la jornada electoral será fundamental que el ciudadano presente la denuncia policial con el objetivo de obtener la dispensa o ser exonerado de la multa por no acudir a votar este 12 de abril. Por otro lado, indicó que en esta oportunidad los electores podrán sufragar con el DNI próximo a caducar o vencido; sin embargo, instó a que mantengan actualizados sus cédulas para poder realizar otros trámites importantes. “Es única y exclusivamente para que puedan votar el 12 de abril, así que tranquilos porque con el DNI vencido podrán votar”, explicó. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»