La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiamiento Popular porque se encontraba incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.
Esto se dio a conocer a través de la Resolución SBS N° 03513-2024, publicada en El Peruano, se excluyó a Financiamiento Popular del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
La norma señala que desde este 4 de octubre, se prohíben estas acciones de Financiamiento Popular:
- Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- Constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
- Constituir medida cautelar contra sus bienes.
Bajo este marco, la SBS designó que Rosario Isabel Tapia Casas y Ana Roxana Sánchez Meza serán administradoras temporales, principal y alterna, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiamiento Popular.
Las administradoras temporales, en representación de la SBS, realizarán las acciones necesarias para continuar con la disolución de la cooperativa de ahorro y crédito.