Pago del Reintegro 4 del Fonavi: ¿Cómo saber si soy beneficiario y dónde puedo cobrar?

La Comisión Ad Hoc, creada por la Ley N° 29625, ha aprobado el cuarto grupo de reintegro para la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Esta nueva lista beneficia a 73,739 exaportantes, quienes recibirán sus pagos a partir del 28 de agosto del presente año.

La medida se oficializó mediante la Resolución Administrativa N° 490-2025/CAH-Ley 29625, publicada hoy en el diario oficial El Peruano. Este cuarto grupo de reintegro está compuesto por beneficiarios del primer al decimonoveno grupo de pago que ya habían recibido una devolución parcial de sus aportes.

Criterios de inclusión para el 4° grupo de reintegro

El padrón incluye a fonavistas titulares a partir de los 68 años. Además, se consideran los siguientes casos:

  • Fallecidos de dicho grupo que, de haber estado vivos, cumplirían 89 años al 31 de julio del 2025.
  • Aquellos que figuren en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (Conadis).
  • Quienes perciban pensión de invalidez de la ONP.
  • Fonavistas que padezcan una enfermedad grave o terminal debidamente acreditada.

El monto total destinado para la devolución de aportes de este cuarto grupo asciende a S/ 255,055,274.54, según lo acordado por la Comisión Ad Hoc.

La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc será la encargada de la emisión y notificación del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (Cerad) a las personas incluidas en este grupo. El Cerad estará disponible de manera virtual en las páginas web de la Secretaría Técnica del Fonavi: http://www.fonavi-st.gob.pe o http://www.fonavi-st.pe. Los beneficiarios también podrán recabar su certificado a través de las plataformas de atención al fonavista.

El Banco de la Nación ha sido instruido para proceder con el pago correspondiente a los fonavistas que conforman el cuarto grupo de reintegro a partir de la fecha indicada.

Fonavi agosto 2024: revisa el padrón de reintegro 2, lista de beneficiarios, link y más sobre los próximos pagos vía Banco de la Nación

Con la llegada de agosto, miles de fonavistas siguen pendientes del cobro de las devoluciones de sus aportes al antiguo fondo de vivienda. Desde abril de este año, los exaportantes que pertenecen al grupo de reintegro 1 ya pueden acercarse al Banco de la Nación, previa consulta con el sistema proporcionado por la Secretaría Técnica del Fonavi. Si todavía no sabes si eres uno de los beneficiarios, quieres más información sobre el grupo de reintegro 2 o cómo cobrar vía Banco de la Nación, esta nota es para ti.

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fue creado en Perú en 1979 con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda a los trabajadores a través de un sistema de aportes. Recientemente, Jorge Milla, integrante de la Comisión Ad Hoc de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú), señaló cómo continuará el proceso con los futuros pensionistas que serán beneficiados bajo la figura del reintegro 2.

Lista de reintegro 2: ¿a partir de cuando podrán acercarse a cobrar en el Banco de la Nación?

Como se recuerda, en abril de este año se inició la devolución de los pensionistas del Fonavi dirigido para el grupo de Reintegro 1. En un inicio, se proporcionó la información de que los primeros en recibir los pagos son los integrantes de las listas entre 1 y 19. Asimismo, Jorge Milla informó que se encuentran trabajando en las listas 21 y 22, las cuales todavía se encuentran pendientes de confirmación para la fecha de inicio de las devoluciones.

Respecto a la lista de reintegro 2, ya existe un padrón de beneficiados aprobado por la comisión. A pesar de este importante hecho, todavía no existen fechas determinadas para el pago de los mismos. Por ahora, las proyecciones indican que los fonavistas que formarán parte del grupo de reintegro 2 puedan acercarse al Banco de la Nación a finales de agosto.

Actualmente, el Reintegro 1 paga a fonavistas que cumplieron 80 años antes del 31 de diciembre de 2022. El Reintegro 2 se enfocará en herederos de fonavistas fallecidos y contribuyentes vivos de entre 77 y 80 años, ampliando así el grupo objetivo.

Link del grupo Reintegro 1 Fonavi en agosto 2024: ¿cómo puedo cobrar?

Como parte del proceso iniciado en abril de 2024, los fonavistas integrantes del grupo de Reintegro 1 ya pueden acercarse a cobrar en cualquier agencia del Banco de la Nación. Si aún no estás seguro de pertenecer a este grupo, sigue estos pasos:

  • Accede a la página web oficial de Fonavi en el siguiente ENLACE.
  • Selecciona la opción 4: Consulte AQUÍ si es parte del Primer Grupo, Reintegro – abril 2024
  • Elige el tipo de documento que posees (DNI, Libreta electoral, carnet de Fuerzas policiales o armadas, carnet de extranjería).
  • Si usas tu DNI, selecciona esa opción e ingresa tu número de documento.
  • Introduce el código de seguridad y haz clic en Consultar.
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Fonavi 2024: ¿qué familiares tienen prioridad para reclamar el dinero de aportantes fallecidos?

Los familiares de fonavistas fallecidos no necesitan presentar un testamento para reclamar los aportes. Según las directrices de la Comisión Ad Hoc, el proceso es gratuito y sigue un orden de prelación para asegurar que los herederos forzosos tengan prioridad en el cobro de los fondos.

El derecho preferente se otorga inicialmente al cónyuge o pareja de hecho del fallecido. En caso de que el fonavista no tenga cónyuge, los hijos ocupan el siguiente lugar en la línea de sucesión. Si no hay hijos, los padres del difunto pueden llevar a cabo el cobro. Finalmente, si no existen cónyuge, hijos ni padres, los hermanos del titular fallecido tienen el derecho de reclamar los fondos.

¿Qué es el Fonavi?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) en Perú se creó para financiar viviendas para trabajadores mediante aportes obligatorios de empleados, el Estado y empleadores. Aunque acumuló mucho dinero, surgieron controversias por mala administración y falta de transparencia. Esto provocó demandas y protestas de contribuyentes que exigían la devolución de sus aportes.

Finalmente, tras años de litigios, el gobierno estableció un mecanismo para devolver el dinero, proceso que se ha realizado gradualmente. La historia del Fonavi muestra las dificultades en la gestión de fondos públicos para fines sociales.

Alcalde Fernando Cárdenas supervisa colocado de carpeta asfáltica en calles de la Urb. Fonavi

La Municipalidad Provincial de Huaral inició los trabajos de colocación de la carpeta asfáltica en las calles de la urbanización FONAVI, trabajos que fue supervisado por el alcalde provincial, Fernando Cárdenas, cumpliendo con su palabra de ofrecer seguridad vial y peatonal a las familias que residen en este importante sector de nuestra localidad.

De esta manera, la actual gestión hace realidad una obra anhelada por más de 30 años por la población fonavista, por lo que habitantes del sector destacaron el liderazgo del burgomaestre Cárdenas Sánchez, quien, mediante un manejo adecuado de los recursos, está impulsando la modernización de los diversos sectores de nuestra ciudad.

El titular de la comuna edil sostuvo que su gobierno tiene como principal meta, mejorar las calles de nuestra ciudad, facilitando espacios adecuados para una mejor calidad de vida.

Fonavi: Beneficiario se mostró indignado tras cobrar 42 soles con 18 años aporte

Los fonavistas han comenzado a recibir su devolución de aportes según un cronograma de pagos establecido por las autoridades.  

Esta devolución se da en cumplimiento a lo dispuesto para la restitución de los fondos aportados al Fonavi entre 1980 y 1998. 

Los pagos, que iniciaron el día de ayer, se realizan en las agencias del Banco de la Nación y para hoy cobran beneficiarios del grupo 20 cuyos números de DNI terminan en 2 y 3. 

Sin embargo, hay algunos fonavistas que se han mostrados indignado como es el caso de un adulto mayor que recibió 42 soles tras asegurar que aportó durante 18 años

Otro caso que se registró fue el de otro beneficiario que cobró 313 soles luego de aportar desde que comenzó a trabajar en el año 1997.

Como se sabe, hay montos que varían desde los 40 soles hasta los 6000 soles, causando descontento entre algunos fonavistas que esperaban recibir una cantidad mayor por sus años de aporte.

Recomendaciones

Cabe mencionar que las autoridades recomiendan acudir acompañado por un familiar para mayor seguridad y evitar a delincuentes y estafadores que puedan aprovecharse de la situación.

La Policía Nacional del Perú (PNP) está presente en las diferentes agencias para garantizar la seguridad de los pagos. 

¡Atención fonavistas! Gobierno publica reglamento de ley que permite devolución de aportes del Fonavi

El gobierno de Dina Boluarte, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicó hoy, jueves 14 de diciembre, el reglamento de la ley que permite la devolución de aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

La medida fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF compartido en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. El documento oficial lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte, el premier Alberto Otárola y el titular del MEF, Alex Contreras.

¡En exclusiva!

En entrevista a Exitosa, Jorge Milla, representante de la comisión ad hoc del Fonavi, precisó que dicho reglamento faculta la devolución a los aportantes que pudieron acreditar sus contribuciones y a aquellos que solo demostraron periodos de aportes, a los cuales se les devolverá a través de una fórmula de reparto.

«El reglamento de esta ley nos permite a la comisión ad hoc pagar al fonavista aún cuando no se haya acreditado aportes monetarios, pero si se puede acreditar los meses que un fonavista aportó al Fonavi, en base a eso, la comisión ad hoc puede hacer un pago», expresó a nuestro medio.

En ese sentido, Milla dio cuenta que la comisión ad hoc se reunirá hoy a las 10:00 a. m. para que la resolución administrativa, «que determina el grupo y monto de pago», sea aprobada. Según indicó, los siguientes pasos son la transferencia de recursos al Banco de la Nación y la publicación del padrón de beneficiarios.

Justamente, el representante de los fonavistas precisó quiénes integrarían el citado padrón. «Las personas que no han cobrado ningún adelanto son los que van a cobrar el día miércoles, hoy salimos con la fecha exacta, que debería ser el miércoles», sostuvo.

Fonavistas a la espera

Desde los exteriores de la sede del Fonavi, en Cercado de Lima, decenas de aportantes hacen largas colas luego de la publicación del decreto supremo del MEF. Según contaron, están instalados a partir de las 2:00 o 3:00 a. m. Y es que la publicación del DS se habría prolongado demasiado.

Pese a ello, los beneficiarios mostraron su alegría por este nuevo paso. «Me siento contenta porque mi papá nunca ha cobrado, ojalá que se siga el procedimiento y no nos hagan esperar. Son aportes de toda una vida de trabajo», expresó una la hija de un aportante.

De esta manera, el reglamento de la ley que permite la devolución de aportes del Fonavi fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF compartido en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

Fonavi: Gobierno promulga ley que oficializa la devolución para 1,2 millones de aportantes

El Gobierno peruano promulgó la Ley 31928, que modifica la Ley 29625, ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, para permitir la devolución parcial con cargo a posterior cancelación y reconocer el derecho de devolución a herederos en caso de fallecimiento.

La autógrafa se encontraba en manos del Poder Ejecutivo a la espera de su promulgación, cuyo plazo vencía este lunes 13 de noviembre. La propuesta, largamente demandada por los fonavistas, había sido observada varias veces por el Gobierno. En total, se repartirán más de S/2.000 millones y la prioridad la tendrán los adultos mayores y los que no han recibido nada.

El dispositivo modifica los artículos 4, 10 y 12 de la ley original, que había generado el rechazo entre los fonavistas por no reconocer integramente los saldos de sus contribuciones.

Por ejemplo, en caso de que no se cuente con información de los aportes realizados por el trabajador a favor del Fonavi, pero que se tenga evidencia que laboró durante el periodo de las aportaciones, la Comisión Ad Hoc está facultada para realizar el cálculo del aporte.

Esto es muy importante: en el proceso de devolución de cada cuenta individual, la Comisión Ad Hoc está autorizada arealizar abonos a cuenta a favor del fonavista, sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones. Para tal efecto, la Comisión determina cuáles son los medios de acreditación, incluyendo aquellos que pudiera presentar el fonavista.

«Si el monto total calculado a ser devuelto resulta menor al reconocido, se adopta la solución más beneficiosa para el fonavista, no exigiéndosele la devolución de la diferencia. La devolución de aportaciones a favor de los fonavistas, total o a cuenta, debe constar en el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista», refiere el documento.

La Comisión Ad Hoc debe atender en forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

«Para tal efecto, la Comisión determina el procedimiento para la acreditación de las condiciones antes citadas, debiendo el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) brindar la información que le sea requerida para el proceso de devolución», continúa el requerimiento.

Fonavi: hijos y herederos podrán cobrar aportes

La devolución de aportes al FONAVI será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos, conforme al siguiente orden de prelación excluyente:

  1. El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
  2. Los hijos mayores de edad.
  3. Los padres.
  4. Los hermanos.
  5. A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

Cabe precisar que, en aquellos casos en que concurran dos o más deudos con igual derecho, el total de la devolución que le hubiera correspondido al fonavista titular fallecido es repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales.

Fonavi: ¿cuándo podrán los fonavistas cobrar sus aportes?

Antes que nada, ¿cómo será el proceso? En primer lugar, los deudos deberán presentar su solicitud acompañada de los documentos que determine la Comisión Ad Hoc para acreditar tal condición.

A continuación, la Secretaría Técnica publicará en su página web la relación del solicitante o solicitantes por espacio de 45 días calendario, a efectos de que los demás deudos que consideren tener derecho presenten su oposición y soliciten también ser parte de la devolución.