Obispo de la diócesis de Huacho habría sido denunciado por presuntos abusos sexu**** contra menor y un diácono, según medio español Infovaticana

InfoVaticana ha tenido acceso en exclusiva a una carta notarial fechada el 26 de marzo de 2026, debidamente certificada y entregada en mano en la Nunciatura Apostólica de Lima el 31 del mismo mes, que recoge una denuncia formal contra Mons. Antonio Santarsiero Rosa, OSJ, secretario general de la Conferencia Episcopal de Perú y obispo de la diócesis de Huacho, por presuntos abusos sexuales sistemáticos y maltrato psicológico a personas bajo su autoridad.

Según la documentación consultada por este medio, el expediente ha sido remitido simultáneamente al nuncio apostólico en Perú, Paolo Rocco Gualtieri, y al cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Parte de estos mismos hechos, siempre según el dosier y los testimonios incorporados al mismo, ya habían sido puestos en conocimiento de autoridades vaticanas en 2024 y 2025. Hasta la fecha de publicación de esta información, no consta respuesta pública de Roma ni pronunciamiento del obispo denunciado.

El caso afecta a uno de los cargos más relevantes de la estructura episcopal peruana y plantea interrogantes no solo sobre la conducta atribuida al prelado, sino también sobre la reacción —o la ausencia de ella— por parte de las autoridades eclesiásticas competentes.

Una denuncia formal con dos testimonios principales

La denuncia principal corresponde a un joven laico —a quien identificaremos como D. para preservar su intimidad—, hoy de alrededor de treinta años, originario de una zona rural de la sierra nororiental del Perú y procedente de una familia humilde y numerosa. Su testimonio describe una presunta escalada de abusos que, según su relato, comenzó cuando era menor de edad, poco después de ingresar en el seminario menor de la diócesis de Huacho, y se prolongó durante varios años.

De acuerdo con la denuncia, los hechos relatados incluyen abrazos forzados, tocamientos genitales y mecanismos de presión vinculados a promesas de becas y de empleo en empresas diocesanas. La representación legal de las víctimas sostiene que, de confirmarse estos hechos, podrían encajar en alguno de los delitos más graves contemplados por el derecho penal canónico vigente en materia de abusos cometidos por clérigos contra menores.

El perfil descrito en la documentación es el de una persona especialmente vulnerable: joven, pobre, trasladada lejos de su entorno familiar y en una situación de dependencia económica, emocional e institucional respecto del obispo. Según el relato aportado, esa posición de autoridad habría sido utilizada para acceder a él de forma reiterada.

“Me sentía muy incómodo. Me sostenía de la cintura, me tocaba (…) Era traumatizante. No lograba comprender cómo una persona admirada y venerada por tanta gente podía hacer esas cosas.”

— Testimonio de D., víctima declarante

El dosier incluye además el testimonio de un sacerdote —al que llamaremos P. B.—, actualmente residente fuera del Perú, que convivió con Santarsiero Rosa durante varios meses como asistente personal en los primeros años de su episcopado. En su declaración, el sacerdote describe un patrón de presunta manipulación psicológica, caricias no consentidas, conductas sexualmente explícitas, difamación interna y represalias progresivas cuando se resistió a los avances del obispo.

Según su testimonio, el propio prelado lo habría calificado reiteradamente de homosexual como instrumento de presión y control, llegando a utilizar esa atribución para obstaculizar o retrasar su ordenación sacerdotal.

Anonimato mediático, pero no jurídico

La decisión de ambas personas de mantener el anonimato público en esta fase no responde, según explican sus representantes, a una falta de disposición a denunciar, sino al temor a represalias en un entorno eclesial que consideran hostil hacia quienes acusan a miembros de la jerarquía.

Una de las víctimas sostiene que en Perú apenas existen canonistas independientes dispuestos a representar a denunciantes en causas contra miembros del clero y que quienes lo intentan sufren presiones o represalias.

Denunciar a un obispo en un contexto de fuerte dependencia institucional, económica y pastoral tiene un coste personal y profesional que muy pocos están dispuestos a asumir abiertamente, especialmente en diócesis pequeñas o periféricas.

Las comunicaciones remitidas a Roma

Uno de los elementos más delicados del caso es que, según el expediente y los testimonios incorporados, las autoridades vaticanas habrían sido informadas con anterioridad.

El P. B. afirma haber remitido un informe personal en noviembre de 2024 al entonces prefecto del Dicasterio para los Obispos, el cardenal Robert Prevost, hoy Papa León XIV. Meses después, siempre según su testimonio, se desplazó personalmente a Roma y entregó el mismo informe en la oficina del Santo Padre en diciembre de 2025. Asegura que hasta la fecha no recibió respuesta alguna. Santarsiero sí fue recibido en junio junto a los obispos de Perú por León XIV.

“Nuestro Papa León XIV afirma que es importante escuchar a las víctimas de abuso sexual. Yo, humildemente, le pregunto a Su Santidad: ¿cuándo llegará el día en que Él me tenga que escuchar? ¿Cuántos años más debo esperar?”

— P. B., presbítero, 2026

La relevancia de este punto no radica solo en la eventual recepción de los documentos, sino en la ausencia de una respuesta conocida o de una actuación que haya trascendido. InfoVaticana no ha obtenido confirmación de la apertura de una investigación canónica formal relacionada con estos hechos.

Coherencia interna y verosimilitud del dosier

El anonimato del sacerdote y de la otra víctima no resta por sí mismo valor a su declaración. Los dos testimonios presentan una narración detallada en tiempo, espacio y forma, e incluyen referencias concretas a personas, lugares e instituciones de la diócesis de Huacho. Este medio no ha podido verificar de manera independiente la totalidad de las alegaciones, pero sí ha podido hablar con los algunos de los involucrados y contrastar que el dosier contiene relatos extensos, firmados y acompañados de documentación remitida a autoridades eclesiásticas.

Uno de los elementos que más peso otorgan al expediente, es la existencia de dos relatos procedentes de personas distintas, en roles y puestos diferentes, que describen de manera independiente patrones de conducta similares atribuidos al mismo prelado en contextos distintos.

No se trata, por tanto, de una acusación aislada basada únicamente en rumores o referencias indirectas, sino de un conjunto de testimonios concordantes cuya veracidad deberá ser investigada y determinada por las instancias competentes.

Una diócesis pequeña, un poder concentrado

Huacho es una diócesis de escasa visibilidad mediática, con limitados mecanismos de supervisión externa y una estructura interna en la que el obispo ejerce un poder muy amplio. Ese contexto, según diversos análisis sobre abuso institucional en entornos cerrados, puede favorecer dinámicas de silencio, dependencia y falta de control efectivo.

Santarsiero Rosa, de origen italiano, ha dirigido durante años esta jurisdicción eclesiástica y ocupa además un cargo de máxima relevancia dentro del episcopado peruano. Esa doble condición —poder local y peso institucional nacional— añade gravedad a las acusaciones y a la necesidad de un esclarecimiento rápido y creíble.

A ello se suma, según afirman las víctimas y sus representantes, la existencia de un expediente judicial civil paralelo en el juzgado mixto de Oyón que investigaría a un sacerdote de la misma diócesis por presunta violencia sexual contra una menor. Las mismas fuentes sostienen que el obispo Santarsiero estaría ejerciendo un encubrimiento activo en ese caso.

Las preguntas que Roma debe responder

InfoVaticana se ha puesto en contacto con el Dicasterio para la Doctrina de la Fe para recabar su versión de los hechos, sin obtener respuesta hasta el cierre de esta edición. Mons. Santarsiero Rosa también ha sido contactado por este medio y no ha remitido declaración alguna.

El caso plantea preguntas que van más allá de la responsabilidad individual del obispo denunciado. Si las autoridades vaticanas recibieron comunicaciones documentadas en 2024 y 2025, ¿qué seguimiento se dio a esas denuncias? ¿Se abrió alguna investigación previa? ¿Se escuchó a las presuntas víctimas? ¿Se activaron los mecanismos previstos por la normativa canónica vigente?

Las respuestas son especialmente relevantes en un momento en que la Santa Sede insiste de manera reiterada en la necesidad de escuchar a las víctimas y actuar con diligencia ante las denuncias de abusos.

En ausencia de explicaciones oficiales, las personas que aseguran haber denunciado estos hechos afirman seguir esperando, en algunos casos desde hace años, una respuesta que nunca llegó.

RESPUESTA RECIBIDA POR EL OBISPO SANTARSIERO

1.- He recibido por medio de su comunicación la noticia de la existencia de una carta notarial, entregada el 31 de marzo de 2026, en la cual se me señala como presunto autor de graves conductas. Quiero dejar constancia de que, hasta este momento, no he recibido dicha carta ni he sido notificado oficialmente sobre tal acusación. Es a través de usted que tomo conocimiento de este documento y de las acusaciones alegadas en mi contra.

2.- Ante esta circunstancia, me veo imposibilitado de ofrecer una respuesta sobre las mencionadas acusaciones ya que sin información concreta, no puedo ejercer un descargo preciso ni responder a las imputaciones referidas.

3.- No obstante, niego rotundamente las conductas que se me atribuyen, las acusaciones de abuso sexual y maltrato psicológico que Usted indica en su comunicación, ya que estas contradicen totalmente mi trayectoria y principios como sacerdote y obispo, en los cuales he actuado siempre con rectitud, respeto y compromiso pastoral.

4.- Creo que cualquier atentado contra una persona, debe hacerse conocer en el momento, y al respecto no he tenido ningún reclamo, menos por una inconducta que desconozco.

5.- Solicito con toda gentileza, si fuera posible que me envíe una copia de la documentación de dicha carta notarial, para tomar conocimiento y poder tomar acciones legales, si es el caso.