Nueva Ley de Teletrabajo: ¿esta norma del Congreso beneficia o perjudica a los trabajadores?

Este viernes 2 de septiembre, el Congreso de la República aprobó por insistencia la nueva Ley de Teletrabajo, que previamente había sido observada por el Poder Ejecutivo. La iniciativa recibió 97 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones. La norma solo necesita la firma de la presidenta del Legislativo, Lady Camones, para ser publicada en el diario oficial El Peruano.

Esta nueva Ley de Teletrabajo reemplazará la norma actual (Ley n.° 30036), que data del 2013, y también al Decreto de Urgencia n.º 026-2020, emitido durante la pandemia, que regula el trabajo remoto con vigencia hasta diciembre del 2022. De acuerdo con cifras del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), cerca de 224.000 trabajadores serán regidos por esta disposición.

¿Quién asumirá el pago de servicios y provisión de equipos con la nueva Ley de Teletrabajo?

Uno de los puntos más relevantes en esta nueva Ley de Teletrabajo gira en torno a la entrega de equipos y el pago de servicios, como luz internet. La norma dispone que estos pagos serán asumidos por los empleadores, “salvo pacto en contrario”.

Este último término se refiere a un acuerdo entre la empresa el trabajador. El Ejecutivo había expresado su disconformidad sobre esta formulación, ya que deja abierta la posibilidad de que los empleados corran con los gastos mencionados.

En junio, Christian Sánchez, extitular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), también expresó su rechazo al texto de la ley. “El ‘pacto en contrario’ en el Perú, donde no hay organizaciones sindicales, es el abuso del empleador con el trabajador que le impone. Dice ‘si tú no aceptas poner tu computadora y pagar tú la luz, la conexión a internet, simplemente no te contrato’”, señaló a La República.

La autora del proyecto, Adriana Tudela (Avanza País), defendió su propuesta legislativa. “Hasta el año 2019, (la norma anterior) solo había logrado poco más de 2.000 personas pudieran acogerse a esta modalidad de trabajo. El país requiere una ley que otorgue seguridad jurídica, confianza y predictibilidad para los trabajadores y para los empleadores durante la pandemia”, expresó durante el debate del Pleno.

El abogado César Gonzáles Hunt, socio del Estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uria, precisó a La República que el Ejecutivo aún podrá realizar precisiones en el reglamento de la ley. Esto con el objetivo de que tal escenario solo sea adoptado por empresas que no puedan asumir costos adicionales por teletrabajo.

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