Casi medio millón de trabajadores estatales tendrán aumento salarial

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los decretos legislativos n° 728 y n° 1057 (Contrato Administrativo de Servicios, CAS), así como de la Ley n° 30057, Ley del Servicio Civil; Ley n° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria; y la Ley n° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República. La disposición obedece a lo suscrito en el marco de la negociación colectiva en el sector estatal.

Según datos del MEF, estas mejoras salariales benefician a 498.696 empleados públicos.

De acuerdo con la norma publicada ayer en El Peruano, este incremento mensual entra en vigencia a partir del 1 de enero del 2023. Además, tiene carácter remunerativo, es de naturaleza pensionable, se encuentra afecto a cargas sociales y constituye base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan.

A detalle, los trabajadores pertenecientes al régimen laboral del decreto legislativo n° 728 y n° 1057 recibirán un incremento de S/51,11 y S/64,19 mensuales, respectivamente. Mientras que el aumento en aquellos colaboradores CAS será de S/52,21. En los casos de la Ley n° 29709 y Ley n° 28091, el alza es de S/55,67 (ver infografía).

El ingreso mensual de los trabajadores, incluido el aumento, no debe superar los S/15.600 mensuales. Asimismo, los beneficiarios en las entidades del Gobierno nacional y en los gobiernos regionales deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del MEF.

Finalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas indicó que esta medida representa un costo total anual que asciende a S/405 millones 022.000.

La clave

Acuerdo. La Ley de Presupuesto del Sector Público para el 2023 autoriza al MEF a aprobar el incremento mensual de los servidores públicos. Ello en virtud de lo acordado en el Convenio Colectivo Centralizado 2022-2023.

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