Austeridad pone sobre las cuerdas a funcionarios que se negaron a entregar información solicitada por la comisión que investigó al vicegobernador regional

La Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 fue publicada el 06 de diciembre del 2022 en el Diario Oficial El Peruano, la cual dispuso aprobar el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2023 por el monto de S/ 214, 790´274,052.00.

Es decir, la gobernadora regional actual y sus funcionarios, al momento de asumir el cargo, sabían del contenido de esta Ley y por tanto estaban obligados a su fiel cumplimiento desde el primer día de sus funciones.

Sin embargo, recién el 23 de marzo se da el Informe N° 028-2023-GRL-GRPPAT/OP-LAR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para la elaboración de la directiva de Austeridad, Disciplina y Calidad en el gasto público del año fiscal 2023 y que concluye recién el 09 de junio, luego de haber pasado por las diferentes reparticiones del Gobierno Regional.

Transcurrió medio año de la vigencia de la Ley 31638 y recién el 12 de junio del 2023, se publica la respectiva directiva llamada “de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público del año fiscal 2023”.

Esta directiva, pone sobre las cuerdas a la gobernadora regional y a los funcionarios responsables del Gobierno Regional, en primer lugar por haber demorado SEIS meses para su implementación, cuando la Ley de Presupuesto, fue publicada el 06 de diciembre del 2022.

Hace unos días, se realizó la sesión final de la comisión investigadora del consejo regional Lima, que investigó el presunto mal uso del vehículo asignado al Vicegobernador Regional Nicolás Barrera Morán, denuncia que fue publicada en un portal que dirige un periodista cañetano.

Sobre el uso de los vehículos del Estado, la Ley en mención, señala que los gobiernos regionales y los gobiernos locales, adoptan medidas de austeridad en materia de uso de vehículos, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución de su titular, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la vigencia de la presente norma. Dicha resolución se publica en la sede digital de las referidas entidades.

Cuando Rosa Vásquez Cuadrado, asume el cargo de gobernadora regional, se encontraba vigente este dispositivo y por tanto era su obligación, haber publicado la norma regional correspondiente sobre austeridad en materia de uso de vehículos. Como no había esa norma, el vicegobernador regional a quien inexplicablemente le han otorgado un vehículo a su disposición, fue denunciado periodísticamente por un presunto mal uso de esa unidad móvil.
Cuando la comisión investigadora de este presunto mal uso vehicular, solicita hasta en tres oportunidades, al gobierno regional se le entregue el cuaderno de bitácora de la camioneta asignada al vicegobernador regional, se niegan a realizarlo y por último, señalan que esa camioneta no tenía dicho cuaderno de bitácora.

Sin embargo la directiva N° 004-2023-GRL-GGR., firmada por el Gerente General del Gobierno Regional Lima, Leonardo Edison Vílchez Fernández, señala que:

“El conductor de cada vehículo, bajo la supervisión de la administración y del área de servicios, o la que haga sus veces en la entidad, conducirán UN CUADERNO DE CONTROL (BITÁCORA) del recorrido del vehículo, consumo de combustible, control de mantenimiento y kilometraje diario de uso, numero de galones de combustible utilizados por cada jornada, entre otros aspectos sobre la operatividad y uso de la unidad móvil”.

USO DE VEHICULOS Y DE COMBUSTIBLE

Dice la directiva 004 de la Gerencia General del Gobierno Regional Lima, que los vehículos asignados a las entidades y/o unidades orgánicas que lo conforman solo pueden ser usados para uso oficial, comisiones de servicio en cumplimiento de sus funciones, con la respectiva autorización del funcionario o directivo que corresponda y solo serán conducidos por personal autorizado de la Entidad.

Quedando terminante prohibido el uso de las unidades para uso particular o para otros fines que no sea el institucional, bajo responsabilidad del conductor, el usuario y del Directivo de la unidad orgánica a la cual está asignado el vehículo.

Solo se autorizara el uso de combustible para aquellos vehículos asignados a los funcionarios y cargos directivos formalmente autorizados y los que se utilicen en comisiones de servicio o actividades de campo propias de las actividades operativas que desarrollan los servidores de la entidad.

La Administración a través del área de servicios, o la que haga sus veces en la entidad, debe cautelar que los vehículos pernocten en la entidad, asimismo realizara el adecuado mantenimiento de cada uno de los vehículos, con el objeto que se encuentren operativos y garanticen un buen rendimiento, generando el correspondiente ahorro de combustible, asimismo, mensualmente evaluara la correspondencia entre el recorrido mensual de los vehículos y el combustible utilizado, proponiendo las medidas correctivas para racionalizar su uso.

Queda demostrado que cuando los funcionarios del gobierno regional Lima, se negaron a entregar la información oficial solicitada por la comisión investigadora del Consejo Regional Lima, ellos tenían conocimiento de esta Directiva, ya que de su contenido se desprende que regía desde el siguiente día de su aprobación hasta el mes de diciembre Año 2023.

Fue publicada en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Lima y de las entidades que lo conforman y difundida por la Secretaria General del Gobierno Regional a todas las entidades del Pliego, en un plazo que no exceda de cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación.

A las 22 entidades del pliego, les dan un plazo de 30 días calendario de aprobado la presente directiva para adecuar sus actos administrativos y de administración, referidas a las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en la ejecución del gasto público, que no cumplan con las presentes disposiciones.

Es decir que esta directiva entraría en vigencia en julio y solo tendría vigencia hasta diciembre del 2023. Así estamos. 

Fuente: Oscar Rolando Guerrero Torres

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