Gobiernos regionales y municipios solo ejecutarán obras por administración directa no mayores a 50 UIT (s/247,500.00)

El sábado último, en Normas Legales del Diario El Peruano, se publicó la Ley N° 31876 que establece las medidas que regulan el proceso de ejecución de las obras por administración directa.

El monto total de la inversión no será mayor a cincuenta (50) unidades impositivas tributarias (UIT), es decir S/247 mil 500.

En su décimo artículo establece que, en el marco de la ejecución de una obra por administración directa, está prohibida la adquisición bajo cualquier modalidad, de maquinaria y equipos con cargo al presupuesto de la obra.

La norma aprobada por insistencia lleva la rubrica del presidente y vicepresidente del Congreso de la República, respectivamente. 

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