1. El pasado 5 de noviembre de 2024, la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Cañete sentenció, por unanimidad, a la fiscal Gladys Maruy Fernández Portocarrero, como autora del delito de omisión del ejercicio de la acción penal en agravio del Estado peruano.
Se le impuso una pena privativa de libertad de un año, además de una inhabilitación por el mismo tiempo para ejercer su función como fiscal y una reparación civil de S/. 3,500.00 a favor del Estado.
2. El fallo resalta que la sentenciada fiscal archivó, irregularmente, el caso de Sandro Antenor Enrique Herrera Granda, por la presunta falsificación de una escritura pública de compraventa en agravio de Saturnina Céspedes Díaz.
En el expediente, existían pruebas contundentes, como una pericia oficial y una pericia de parte, que confirmaban la falsificación de la firma del juez de paz, Arnaldo Cuya Legua, en el documento de compraventa.
Pese a ello, la sentenciada fiscal dispuso en varias ocasiones no formalizar investigación preparatoria, desestimando las pruebas y archivando el caso sin una justificación válida.
3. El magistrado Ruíz Cochachín enfatizó en el fallo que la acusada no podía alegar desconocimiento ni falta de capacitación para justificar su actuación. Resaltó que el rol de la fiscalía no es desestimar denuncias con pruebas, sino investigarlas para determinar la verdad de los hechos.
4. La lectura íntegra de la sentencia se realizará el jueves 14 de noviembre de 2024 a las 3:00 p.m.