Fiscalía solicita al Poder Judicial archivar denuncia del Congreso contra Delia Espinoza

En una audiencia reciente, el fiscal adjunto supremo Eduardo Atencio Ramos explicó que la denuncia del Congreso contra la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, no tiene base legal. El Parlamento la acusó de prevaricato, abuso de autoridad, falsedad y usurpación de funciones, pero el fiscal Atencio señaló que estos cargos no tienen sustento técnico. “Teniendo en cuenta que nosotros nos decantamos por la tipicidad, queda claro que no se generó ningún daño o perjuicio al Estado”, afirmó.

Para entender el origen de este caso, es necesario señalar que el Congreso acusó a Delia Espinoza de intentar «quitarle» facultades de investigación a la Policía Nacional para entregárselas a los fiscales mediante un nuevo reglamento. Por ello, se le acusa de haber cometido diversos delitos. Sin embargo, durante la audiencia, el abogado de Espinoza, David Lértora Seminario, explicó que no se puede responsabilizar a su cliente por el reglamento de “Actuación Fiscal en la Investigación del Delito”, ya que ella no respaldó ni firmó ese documento.

El fiscal Atencio Ramos aclaró que el reglamento sobre cómo deben investigar los fiscales no rompió ninguna ley. Al revisar los detalles del caso, el representante del Ministerio Público mencionó que no insistirán con la acusación que envió el Congreso y declaró ante el juez lo siguiente: “No vamos a disentir con la excepción de improcedencia de acción”. Esto quiere decir que la Fiscalía está de acuerdo en que el caso debe archivarse, ya que considera que los hechos denunciados no constituyen un delito y tampoco tienen sustento legal para ser juzgados.

Su decisión a favor de la Espinoza se evidenció cuando el juez Juan Carlos Checkley le preguntó al fiscal Atencio si estaba de acuerdo con la excepción. Tras la interrogante, Atencio Ramos contestó: “En efecto”.

Por su parte, la Procuraduría solo se opuso a que se archiven dos de los cuatro delitos. El abogado Rubén Montúfar, representante de la entidad, señaló que está de acuerdo con cerrar los cargos por prevaricato y falsedad genérica, pero sostuvo que sigan bajo investigación los delitos de abuso de autoridad y usurpación de funciones.

Con este escenario, el juez Checkley decidirá en los próximos días si dicta el archivo definitivo del proceso penal.

Poder Judicial reitera condena de nueve meses de prisión suspendida contra Fernando Rospigliosi

El Poder Judicial ratificó la condena de 9 meses de prisión suspendida al presidente del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi, por la difamación contra la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza. Durante la lectura de sentencia integral que se realizó este miércoles 15 de abril, la jueza Norma Carbajal reiteró los 100 días de multa y el pago de la reparación civil de S/200.000 que deberá abonar Rospigliosi a Espinoza.

De acuerdo con el fallo de la magistrada, la condena quedará suspendida por el plazo de 1 año, tiempo en el que el titular del Parlamento deberá respetar ciertas normas de conducta. Entre ellas se estableció que Rospigliosi no podrá variar de domicilio ni ausentarse de la ciudad sin antes haberlo puesto en conocimiento del sistema judicial.

De igual manera, deberá presentarse cada 60 días al Poder Judicial para pasar un control biométrico junto con su DNI para colocar su firma y justificar sus actividades. Asimismo, Rospigliosi no deberá cometer otro delito doloso y tiene la obligación de pagar la reparación civil impuesta.

En esa misma línea, la jueza agregó que el congresista deberá pagar las costas procesales impuestas en la sentencia.

Es importante precisar que, al momento de dar el fallo, la magistrada mencionó que el tiempo de la condena era de 9 años; sin embargo, fuentes de La República informaron que se trató de un error y que, a pesar de ello, los partes procesales no realizaron la observación.

La defensa del presidente del Legislativo apeló la decisión de la jueza Carbajal y espera revertir el fallo en segunda instancia.

Ricardo Belmont: Poder Judicial sentencia a candidato presidencial a pagar 50.000 soles de reparación civil a Phillip Butters

Ricardo Belmont, candidato presidencial por el Partido Cívico Obras, fue sentenciado a pagar una reparación civil de S/50.000 al comunicador y excandidato presidencial de Avanza País, Phillip Butters. La sentencia fue expedida en segunda instancia por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Chorrillos.

De acuerdo con lo informado por el medio Infobae, esta resolución confirma el delito de difamación agravada, por el cual previamente se le había impuesto a Belmont un año de prisión suspendida. No obstante, eleva el monto de la reparación civil de S/20.000 a S/50.000.

Según el documento, el exalcalde de Lima realizó declaraciones que el Poder Judicial consideró «altamente ofensivas» y no aceptables bajo ningún supuesto: «Este hombre está loco, realmente enfermo; necesita tratamiento psiquiátrico, una evaluación psiquiátrica. Desde que fue operado ha perdido algunas capacidades, ya sea por la testosterona o por células cerebrales; pudo haber sido afectado por la anestesia producto de la operación», declaró Belmont en octubre de 2022.

Si bien el monto fijado es mayor al establecido inicialmente, aún está lejos de lo solicitado por Phillip Butters, quien pidió un millón de soles como reparación civil por dichas declaraciones. Infobae informó que la defensa de Belmont evalúa presentar un recurso de casación ante la Corte Suprema.

Fernando Rospigliosi: Poder Judicial lo condena a 9 meses de prisión suspendida por difamar a Delia Espinoza

El Poder Judicial condenó a Fernando Rospigliosi a nueve meses de prisión suspendida y 100 días multa por difamación contra Delia Espinoza, exfiscal de la Nación, tras determinar que la calificó como aliada del terrorismo y de economías ilegales en una publicación del 7 de julio del 2025. Durante la lectura del adelanto de fallo, la jueza Norma Carbajal sostuvo que se trató de un señalamiento directo, con nombre y apellido, que alcanzó amplia difusión en redes y derivó en una afectación grave a su honor.

“Condenar a Fernando Rospigliosi como autor del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada en agravio de Delia Espinoza (…) Imponer al sentenciado 9 meses de pena privativa de libertad suspendida bajo observancia de no variar de domicilio ni ausentarse de la ciudad sin conocimiento del juzgado. Cumplir obligatoriamente cada 60 días con presentarse para el registro biométrico de la sede judicial portando su DNI para registrar su firma”, señaló Carbajal en el adelanto de fallo.

Asimismo, la jueza determinó que el congresista deberá pagar 200 mil soles como reparación civil que deberá abonar en favor de Espinoza. Inicialmente, la ahora decana del CAL había solicitado contra el titular de Parlamento una pena privativa de la libertad de 2 años y una reparación civil de S/1 millón. Sin embargo, en la sentencia la pena fue menor por la edad de Rospigliosi. «Dada la edad del acusado se podrá reducir la pena señalada para el hecho punible cometido… corresponde reducir prudencialmente la pena”, explicó.

Jueza detalla publicaciones y declaraciones que sustentan la condena por difamación

Durante la lectura del adelanto de fallo, la jueza Norma Carbajal enumeró una serie de publicaciones en redes sociales y declaraciones en medios que, según la defensa de Delia Espinoza, evidencian un patrón reiterado de expresiones difamatorias por parte de Fernando Rospigliosi.

La magistrada citó como primer hecho una publicación del 7 de julio de 2025 en la red social X, en la que el titular del Congreso calificó a Espinoza como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, y le atribuyó directamente dicha condición. Asimismo, mencionó un segundo mensaje del 11 de julio de 2025, donde el querellado cuestionó a la magistrada que lo investigaba y volvió a insinuar parcialidad a favor de “los violentos”.

En la misma línea, se incluyeron declaraciones del 18 de septiembre de 2025 en el programa 24 Horas de Canal N, en las que Rospigliosi afirmó que Espinoza tendría una política “a favor de la delincuencia y el terrorismo”, además de calificarla como “desquiciada”. Ese mismo día, en Willax, reiteró dichos calificativos e insistió en que la fiscal sería “proterrorista”.

La jueza también leyó una publicación del 20 de septiembre de 2025, en la que el ahora sentenciado volvió a referirse a Espinoza como “proterrorista”, por decisiones del Ministerio Público vinculadas a fiscalías de derechos humanos.

Vladimir Cerrón: Poder Judicial renueva orden de búsqueda y captura por caso ‘Aportes ilícitos a Perú Libre’

El Poder Judicial ordenó renovar la orden de ubicación y captura contra el prófugo de la justicia, Vladimir Cerrón Rojas, en el marco del proceso penal que se le sigue por los presuntos delitos de organización criminal y lavado de activos en el caso ‘Aportes ilícitos a Perú Libre’. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo jugó del lado de Cerrón y presentó un amicus curiae (información adicional para tomar una decisión) a favor del prófugo de la justicia. El documento fue presentado por el área de Derechos Humanos y Población Indígena y Afroperuana de la institución.

La decisión fue emitida mediante una resolución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria el último 27 de marzo. En el documento se precisa que las anteriores órdenes de captura contra Cerrón Rojas vencían el 29 de este mes, por lo que resultaba necesario dictar nuevas.

En ese sentido, se dispuso la inscripción de las nuevas órdenes de ubicación, captura y conducción a nivel nacional en el módulo del Remate Electrónico Judicial (Remaju). Asimismo, se ordenó comunicar la decisión a las Oficinas Centrales Nacionales (OCN) de Interpol, a fin de que se registren las nuevas disposiciones.

Actualmente, sobre Cerrón Rojas pesa una orden de prisión preventiva por 24 meses en este caso, vigente desde diciembre de 2023. En enero del año pasado presentó un recurso de apelación para revertir la medida, pero fue declarado infundado. Posteriormente, en mayo, se declaró inadmisible el recurso de casación con el que buscaba anularla.

No obstante, la defensa legal presentó un recurso de habeas corpus al Tribunal Constitucional (TC). Sin embargo, se generó polémica por la celeridad con la que se habría emitido una supuesta sentencia favorable al investigado. Por eso, para este martes 31 de marzo, la presidenta de la institución, Luz Pacheco, informó que se investigarían las presuntas irregularidades que se presentaron.

Decisión judicial emitida el pasado 27 de mayo.

Decisión judicial emitida el pasado 27 de mayo.

Tribunal Constitucional evaluará irregularidades en el habeas corpus de Vladimir Cerrón

Debido a la cuestionada celeridad con la que avanzó el hábeas corpus de Cerrón en el TC, la titular de la entidad advirtió que este martes 31 de marzo evaluará las presuntas irregularidades que se habrían cometido.

En una entrevista con el dominical Punto Final, Pacheco señaló que le apena la filtración del documento del hábeas corpus, el cual —precisó— era una ponencia entregada a los magistrados, pero fue difundido como si se tratara de una sentencia aprobada con cuatro votos.

«Era absolutamente falso que nosotros pensáramos soltar al señor porque no ha habido ningún diálogo, por lo menos de mi parte; yo no he conversado sobre la decisión a tomar», dijo.

Por su parte, el dominical informó que el hábeas corpus de Cerrón no tenía el aval de la comisión de asesores especializados en este tipo de recursos. Sobre ello, Pacheco explicó que, antes de una audiencia, los magistrados reciben un proyecto de ponencia elaborado por una comisión; luego, el magistrado ponente evalúa la propuesta y, si no introduce modificaciones, la remite tal cual a la sesión de votación.

La presidenta del TC advirtió que el proyecto de sentencia que se difundió antes de la audiencia no tenía el aval de la coordinadora de hábeas corpus y que dicho documento no había sido autorizado, pese a haber sido presentado por uno de los magistrados.

«Me ha sorprendido mucho y lamento también por el trabajador que haya filtrado esta documentación. Es un tema bastante complejo y necesita de un buen estudio para poder decidir», aseguró.

Los resultados de la investigación serían comunicados la próxima semana, según informó Pacheco a un medio local. Asimismo, alertó que ya se le entregó el informe de indagación que ordenó realizar.

Conforme avance la investigación, se podrían presentar diversos escenarios, como elaborar una nueva ponencia, cambiar de ponente o anular la vista de la causa.

La sesión de este martes que analizará el caso contará con la presencia de todos los magistrados: la misma Pacheco, Helder Domínguez, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, Manuel Monteagudo, César Ochoa y Pedro Hernández.

PNP ofrece S/500.000 por información sobre Vladimir Cerrón

PNP ofrece S/500.000 por información sobre Vladimir Cerrón

El caso

La investigación del Ministerio Público no se limita a posibles ingresos irregulares al partido, sino que apunta al manejo de recursos de presunto origen ilícito de Cerrón. De acuerdo con la tesis fiscal, el caso se configuraría como lavado de activos porque existirían acciones de conversión, transferencia y ocultamiento de dinero durante varios años.

Según la tesis fiscal, Cerrón habría presuntamente utilizado recursos vinculados a actividades ilícitas para financiar el partido Perú Libre, así como para cubrir sus gastos y sostener campañas políticas.

Parte de este dinero, precisa la imputación fiscal, habría tenido como origen las redes como ‘Los Dinámicos del Centro’.

El caso también contempla un peritaje que detectó un aumento patrimonial que no se condice con los ingresos declarados por Cerrón. Entre los movimientos detectados se incluyen depósitos bancarios por más de S/ 879 mil, la adquisición de un cheque de gerencia por S/ 900 mil y otras operaciones financieras que, según la Fiscalía, carecen de un sustento económico claro.

Asimismo, la investigación da cuenta de la compra de bienes, entre ellos un local partidario valorizado en 200 mil dólares, además de operaciones inmobiliarias y transferencias efectuadas mediante personas de su entorno. Para el Ministerio Público, estas acciones habrían tenido como objetivo encubrir el origen de los fondos e incorporarlos al sistema financiero formal.

Vladimiro Montesinos: Poder Judicial hará lectura de sentencia el viernes 20 de marzo por caso «Sobres Bomba»

El Poder Judicial, a través de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, programó para el viernes 20 de marzo, a las 11.30 de la mañana, la lectura de sentencia contra el exasesor presidencial Vladimiro Montesinos y el coronel en retiro Víctor Penas Sandoval por el caso ‘Sobres Bomba‘.

El Ministerio Público ha solicitado 35 años de pena privativa de la libertad contra los acusados del asesinato de Melisa Alfaro Méndez y otra persona. Al exasesor del exdictador Alberto Fujimori se le acusa de haber ordenado presuntamente en 1991 el envío de sobres bomba, aprovechando su posición dentro del aparato de inteligencia, contra personas consideradas opositoras o supuestos terroristas durante el régimen fujimorista.

Al exagente de la PNP se le atribuye ser el supuesto autor material, al ser el encargado de elaborar y enviar los sobres bomba contra defensores de derechos humanos.

El juicio culminó: ahora viene la lectura de sentencia

La programación de la lectura de sentencia se realizará luego de haber escuchado los alegatos finales del ‘doc’ Vladimiro Montesinos y del coronel en retiro.

Durante la sesión del 6 de marzo, Montesinos solicitó que se aplique la Ley 32107, que prescribe los delitos de lesa humanidad cometidos antes de julio del 2022, y la Ley 32181 para que pueda cumplir la sentencia en su domicilio por ser mayor de 80 años.

En esa misma línea, el exasesor mencionó que la pena por el delito de asesinato por el que se le acusa es de 25 años y no de 35. Asimismo, instó a los magistrados a absolverlo de cualquier sentencia de 25 años porque ya los cumple por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

De igual forma, el ‘doc’ aseguró que el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) no tenía competencia en inteligencia antiterrorista durante su gestión.

El caso ‘Sobres Bomba’

Según la tesis fiscal, la periodista del semanario Cambio, Melisa Alfaro Méndez, y el exmilitante aprista Víctor Ruiz León fueron asesinados con estos artefactos explosivos el 10 de octubre y el 21 de junio de 1991.

Estos sobres bomba, detalla el Ministerio Público, formaron parte de una política de la dictadura para «combatir el terrorismo, dirigida a eliminar a quienes consideraban defensores de los derechos humanos de los terroristas o que tuvieran vínculos terroristas».