El Pleno del Congreso de la República aprobó un dictamen que propone modificar el Decreto Legislativo 1186, el cual regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Esta reforma precisa el uso de armas letales y no letales e incorpora el uso de armas de fuego en casos de flagrante delito.
El dictamen fue aprobado en primera votación con 81 votos a favor, 19 en contra y tres abstenciones. Asimismo, se exoneró de segunda votación con 81 votos a favor, 21 en contra y dos abstenciones.
Los medios de la Policía comprenden armas letales y no letales, equipos, accesorios y otros elementos de apoyo autorizados por el Estado para enfrentar amenazas contra la seguridad, el orden público y la vida de las personas.
En casos de flagrancia, cuando se utilicen armas de fuego, letales inoperativas, falsas u otros elementos de evidente peligrosidad, el efectivo policial podrá abatir al agresor en el lugar de los hechos, considerándose esta acción como defensa propia.
La propuesta establece que el Ministerio del Interior adecue el Reglamento del Decreto Legislativo 1186, aprobado por el Decreto Supremo 012-2016-IN, en un plazo no mayor de 60 días calendario para alinearlo con las modificaciones dispuestas en la nueva ley.