El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó oficialmente el valor de la UIT 2026, estableciéndolo en 5500 soles para el próximo ejercicio fiscal. La disposición fue promulgada a través del Decreto Supremo Nº 301-2025-EF, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La nueva cifra entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y se determinó considerando los supuestos macroeconómicos analizados por el sector Economía. Este monto servirá como índice de referencia obligatorio para la aplicación de normas tributarias y administrativas en todo el territorio nacional.
Variación del valor de la UIT 2026 y evolución histórica
El valor de la UIT 2026 representa un incremento de 150 soles en relación con la unidad impositiva vigente durante el 2025, la cual asciende a 5350 soles. Es esta actualización mantiene la tendencia ascendente registrada en los últimos años, ajustando los montos a la realidad económica del país.
La evolución de este indicador ha sido constante durante la última década, pasando de 3650 soles en el año 2012 a la cifra actual de 5500 soles. Los registros oficiales muestran aumentos progresivos anuales, como los 4400 soles fijados en 2021 y los 4950 soles establecidos para el periodo 2023.
Aplicación en el sistema tributario y administrativo
La Unidad Impositiva Tributaria funciona como el valor de referencia fundamental para determinar las bases imponibles, deducciones y límites de afectación de los tributos. Su actualización impacta directamente en el cálculo de impuestos, así como en la definición de obligaciones contables para personas naturales y jurídicas.
Asimismo, el monto se utiliza para establecer la cuantía de sanciones, multas administrativas y tasas por servicios estatales. Diversas entidades del Estado deberán recalcular sus cuadros de infracciones y procedimientos administrativos en función de este nuevo índice aprobado por el Ejecutivo.
Base legal y ejecución del decreto supremo
La determinación del valor de la UIT 2026 se realiza conforme a la Norma XV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario. Esta normativa faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para modificar el monto mediante decreto supremo.
El cumplimiento de este valor será obligatorio desde el primer día del año 2026 para todos los efectos legales y tributarios correspondientes. La norma legal lleva las firmas de las autoridades competentes y cierra el proceso de fijación de indicadores fiscales para el siguiente periodo anual.