JNE evaluó apelaciones por tachas contra los candidatos presidenciales Mario Vizcarra y Rafael López Aliaga

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó al voto este jueves 15 de enero, tras una audiencia pública virtual, la apelación presentada por el partido Perú Primero, cuya fórmula presidencial encabeza Mario Vizcarra, contra la resolución que rechazó en primera instancia la inscripción de su candidatura

La apelación fue interpuesta luego de que el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declarara fundadas tres tachas electorales presentadas por ciudadanos, quienes sostienen que la condena por peculado de 2005 que registra Vizcarra podría —conforme a ley— impedirle postular a un cargo de elección popular.

La defensa legal del partido estuvo a cargo del candidato al Senado y exministro Alejandro Salas y del abogado Virgilio Hurtado. A la audiencia también asistió el propio Martín Vizcarra.

Durante su exposición, Salas afirmó que se han vulnerado los derechos de participación política y de resocialización del candidato, y sostuvo que Mario Vizcarra cuenta con una rehabilitación vigente, cuya apelación —según indicó— fue declarada improcedente.

«El derecho a elegir y ser elegido es la piedra angular de la democracia. Acudimos hoy ante ustedes vía recurso de apelación como máxima instancia electoral, buscando la protección de dos derechos humanos: el derecho a la participación política y el derecho a la resocialización. Estos derechos no han sido ni salvaguardados por el Jurado Electoral de Lima Centro 1, por cuanto la resolución [emitida] atenta directamente no solo contra el señor Mario Vizcarra y el partido Perú Primero, sino también contra la propia integridad del proceso electoral», indicó.

Y agregó: «En el presente caso, la situación jurídica del señor Mario Vizcarra está absolutamente clara. Él tiene una rehabilitación vigente que intentó ser apelada y la apelación fue declarada improcedente».

Por su parte, los ciudadanos que interpusieron las tachas, a través de sus abogados, argumentaron que la Ley 30717 es clara al establecer, en su artículo 107, que toda persona condenada por delitos dolosos como peculado, colusión o corrupción de funcionariosincluso si ha sido rehabilitada, se encuentra impedida de postular a cargos de elección popular, por lo que Vizcarra no estaría habilitado para participar en estos comicios.

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