Caso Cuellos Blancos: TC rechaza habeas corpus de César Hinostroza y ratifica 36 meses de prisión preventiva

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente una demanda de Habeas Corpus presentada por el exjuez supremo César Hinostroza, con la que buscaba anular la orden de 36 meses de prisión preventiva en su contra y se suspenda la orden de captura nacional e internacional por el caso Cuellos Blancos.

La defensa del exjuez supremo fundamentó el requerimiento indicando que supuestamente se había vulnerado los derechos al secreto de las comunicaciones, a un juez legal, al procedimiento predeterminado por la ley y al principio de legalidad procesal penal.

Se refirió, además, a la resolución de detención preliminar que resultó en la detención de su cliente el 19 de octubre del 2018 durante un plazo de 10 días.

Al respecto, sustentó que para dictar la resolución de detención preliminar el juez del juzgado demandado no realizó control alguno sobre la legalidad de las grabaciones que utilizó para fundamentar dicha medida, «por lo que su resolución es nula». Añade que la medida fue innecesaria porque fue solicitada por la fiscalía suprema cuando ya no existía investigación preliminar alguna en su contra.

«Fue detenido por la policía española e internado con fines de extradición en un pabellón para organizaciones criminales de un penal español, debido al delito imputado por el Estado peruano, lo cual le causó un daño irreparable. Añade que el referido juez supremo no era juez titular, sino un juez provisional que no pertenecía a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, por lo que se afectó el derecho al juez legal», sustentó la defensa.

larepublica.pe

Fundamentos del TC

Por su parte, el pleno del Tribunal Constitucional resolvió que los puntos planteados en la demanda deben ser declarados improcedentes, debido a que sobre la controversia relacionada con la supuesta nulidad de las resoluciones legislativas cuestionadas y de las decisiones judiciales que dictaron prisión preventiva ya existe un fallo previo con autoridad de cosa juzgada constitucional.

Además, recordó que en la sentencia emitida en 2020 se determinó que la autoridad judicial fundamentó de manera suficiente la aplicación de la medida coercitiva, detallando cómo se cumplían los requisitos establecidos por la ley para ordenar la prisión preventiva, en concordancia con los estándares constitucionales.

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