Habrá manejo integral para diagnósticos de salud mental

El Congreso de la República modificó el artículo 25 de la Ley 30947, Ley de Salud Mental, para permitir que diversos profesionales de salud participen en el diagnóstico de salud mental del paciente, a fin de darle un enfoque integral a este asunto.

Así, quedan habilitados para realizar los diagnósticos de salud mental el médico con especialidad en Psiquiatría, Medicina Familiar u otras, así como el médico cirujano colegiado.

De acuerdo a la norma, el profesional en Psicología, con especialidad en Psicología Clínica, también participará en el proceso de diagnóstico y en la determinación de la existencia de problemas de salud mental. No obstante, el profesional psicólogo no se encuentra facultado para prescribir medicamentos ni para disponer hospitalización.

Anteriormente, el diagnóstico y la determinación de la existencia de un problema de salud mental era realizado por un médico psiquiatra y/o un psicólogo colegiado, con apoyo técnico del equipo de salud mental, de acuerdo con las normas técnicas aceptadas internacionalmente. Y, en situaciones de urgencia, cuando dichos profesionales no se encuentren disponibles, el triaje podía ser realizado por un médico cirujano colegiado, quien podrá solicitar interconsulta con el especialista o con el profesional psicólogo de turno.

«La modificación hace ver que el psicólogo tiene competencia en el diagnóstico, que se había restringido al psicólogo con especialidad en Psicología Clínica… Esto conllevaría a que la población, niños, adolescentes, mujeres, accedan a diagnósticos de salud mental, pues los psicólogos harán evaluación, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación del paciente», declaró Edgardo Soto, decano del Colegio de Psicólogos del Perú.

«Nos referimos a psicólogos debidamente colegiados, habilitados y en condiciones de realizar un trabajo profesional», resaltó.

En diálogo con Perú21, el médico psiquiatra Hernán Sinche, vocero de la Asociación Psiquiátrica Peruana (APP), explicó que la ley anterior era «reduccionista», pues indicaba que «los únicos que podían hacer el diagnóstico eran psiquiatras o psicólogos clínicos».

No obstante, aclaró que no es cierto que solo los psicólogos —además de los psiquiatras— podrán emitir diagnóstico de salud mental. «La ley, claramente, dice que el diagnóstico de un problema de salud mental es un proceso integral, que implica la participación de los profesionales de la salud, según sus leyes de trabajo específicas, la normativa vigente, las normas técnicas aceptadas internacionalmente y según lo determinado en el clasificador de cargos del Ministerio de Salud para el ámbito público», sostuvo.

En ese sentido, recaldó que «el profesional médico cirujano con especialidad en Psiquiatría, Medicina Familiar u otras especialidades, según la complejidad de caso del caso, realizarán el diagnóstico integral del de los problemas de salud mental«.

«La ley es clara. El problema es que en una especie de lucha corporativa el Colegio de Psicólogos quiere afirmar que puede hacer el diagnóstico del trastorno mental es solamente el psicólogo. Y nosotros como psiquiatras comprendemos que este proceso complejo no lo hace solamente el psiquiatra, sino es un trabajo multidisciplinario, interdisciplinario, transdisciplinario, para lograr esa complejidad del diagnóstico que exige la normativa internacional», finalizó Sinche.

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