La Asociación Automotriz del Perú (AAP) alertó sobre la confusión creciente en el mercado respecto a la clasificación y requisitos de las motos y trimotos eléctricas.
El gremio advirtió que estos vehículos, por sus características técnicas, no califican como vehículos de movilidad personal (VMP) y, por tanto, deben cumplir con la normativa vigente: placa de rodaje, SOAT y licencia de conducir.
Según el pronunciamiento de la AAP, la normativa nacional establece que un VMP es aquel vehículo con motor eléctrico que se desplaza a más de 12 km/h pero cuya velocidad máxima no supera los 25 km/h, está diseñado para transportar solo a una persona y no se encuentra incluido en la clasificación vehicular del Reglamento Nacional de Vehículos.
“Un VMP no requiere tarjeta de identificación vehicular, placa de rodaje, SOAT ni un conductor con licencia de conducir. Pero esa condición cambia cuando el vehículo supera los 25 km/h o permite transportar a más de una persona”, explicó Ellioth Tarazona, gerente de Asuntos Técnicos, Regulatorios y Sostenibilidad de la AAP.
Diferencias entre VMP y vehículos automotores eléctricos
El gremio automotor precisó que los VMP —como monopatines eléctricos, patinetas, monociclos o scooters— deben circular en vías urbanas por ciclovías y, en su defecto, por calles o jirones donde el límite de velocidad de los vehículos no exceda los 40 km/h.“Las veredas son espacios destinados al peatón. Permitir o normalizar la circulación de estos vehículos sobre la acera aumenta el riesgo de accidentes y afecta especialmente a niños, adultos mayores y personas con discapacidad”, resaltó Tarazona.
Por el contrario, las motos eléctricas —categoría L1, hasta 50 km/h— y las trimotos eléctricas —categoría L2—, están consideradas por ley como vehículos automotores.
Por ello, deben contar con tarjeta de identificación vehicular, placa de rodaje, SOAT y ser conducidas por una persona con la licencia correspondiente.
Seguridad y fiscalización, claves para la micromovilidad
La AAP enfatizó que la tecnología no reemplaza las obligaciones de seguridad vial. “Que un vehículo sea eléctrico no significa que deje de ser automotor. Si circula por la vía pública, supera los límites establecidos para un VMP o transporta a más de una persona, debe estar plenamente identificado y asegurado”, afirmó su representante.
El cumplimiento de estas reglas es esencial para evitar accidentes y garantizar la protección de los usuarios más vulnerables en la vía pública.
Todo vehículo automotor eléctrico que circule por la vía pública debe tener tarjeta de identificación vehicular y seguro obligatorio, sin excepciones.
Desde el gremio se insiste en que ordenar el segmento de la micromovilidad resulta fundamental para promover una movilidad más segura, eficiente y responsable en las ciudades.
“La micromovilidad puede aportar mucho en el desplazamiento de las personas en la ciudad, pero necesita reglas claras y cumplimiento efectivo”, sostuvo Tarazona.
Reglas claras para un crecimiento sostenible
La AAP concluyó que el reto no radica en frenar la innovación, sino en evitar que el desarrollo de nuevas alternativas de transporte eléctrico se produzca al margen de la seguridad, la fiscalización y la protección de los usuarios.
La entidad considera que el ordenamiento del segmento permitirá avanzar hacia una movilidad más moderna y sostenible, siempre bajo reglas claras y el cumplimiento de la normativa vigente.