Mininter anuncia bloqueo de 1.5 millones de celulares con “historial negativo” para combatir la inseguridad

Desde el llamado ‘Cuarto de Guerra’, la presidenta Dina Boluarte y el nuevo ministro del Interior, Julio Díaz Zulueta, anunciaron una de las próximas acciones que tomará el gobierno para luchar contra la inseguridad ciudadana y las extorsiones: el bloqueo de líneas y equipos celulares vinculados a hechos criminales.

“Con el objetivo de seguir fortaleciendo la lucha contra el crimen, anunciamos la depuración del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para Seguridad (Renteseg) con el objetivo de impedir el uso de líneas y equipos con historial vinculado a actividades delictivas”, indicó la presidenta Boluarte, que calificó la medida como un “golpe certero contra los criminales, sicarios y extorsionadores”.

Boluarte también indicó que esta acción se logró gracias a la articulación con otras instituciones, como Osiptel, Reniec, Migraciones, Cancillería, y las empresas operadoras. El objetivo específico es evitar que los extorsionadores, incluso aquellos que están en prisión, puedan dirigir sus operaciones o enviar amenazas usando estos medios.

“(…) Daremos de baja desde mañana 300 mil líneas móviles inválidas, y bloquearemos progresivamente hasta un millón y medio de celulares con IMEI asociado a un historial de uso altamente negativo, además de frenar la comercialización de 300 mil celulares de dudosa procedencia adulterados o clonados”, anunció la presidenta.Ministro Julio Diaz Zulueta expresaMinistro Julio Diaz Zulueta expresa compromiso de luchar frontalmente contra la criminalidad organizada

Bloqueo de equipos será progresivo

Por su parte, el ministro del Interior afirmó que el anuncio de la presidenta Boluarte sobre el bloqueo de celulares se realizará de manera progresiva, y destacó que el gobierno de la mandataria se encuentra “en pie de guerra contra la extorsión”.

No habrá pasividad contra el crimen. No habrá tiempo para descansar. Estamos en guerra con estas bandas criminales, por ello esta campaña de Renteseg es muy importante porque contribuye a la lucha frontal contra el crimen organizado que hemos emprendido en todas sus modalidades (…) vamos a impedir que haya más extorsiones, secuestros y estafas y otras actividades delictivas”, indicó Díaz Zulueta durante su presentación en Palacio de Gobierno

El titular del Mininter también afirmó que a partir de esta iniciativa, Renteseg compartirá información con la PNP para facilitar la identificación de los delincuentes y podrán ser perseguidos aunque se encuentren detrás de una línea telefónica.

¿Qué es el Renteseg?

El Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg) es una base de datos administrada por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), y su objetivo principal es combatir el robo de celulares y garantizar la seguridad en su uso.- crédito Andina / Osiptel– crédito Andina / Osiptel

Este registro contiene información sobre los equipos móviles y puede identificar si están reportados como robados, perdidos o tienen algún motivo para ser bloqueados. Con esta herramienta, los usuarios, operadores y organismos del Estado pueden verificar la condición de estos dispositivos y evitar que sean comercializados de forma ilegal.

¿Cómo verifico si han clonado mi IMEI?

Los celulares que tengan un IMEI alterado, ya sea inválido, clonado o duplicado, actualmente pueden ser bloqueados por Osiptel y una vez que son detectados, pueden bloquearse a los dos días hábiles luego de que se le notifica al ciudadano.

Para verificar si el IMEI de un celular no presenta inconvenientes, los usuarios pueden visitar la web ‘Checa tu IMEI’ de Osiptel.

¿Cómo puedo conocer mi código IMEI?

Hay dos formas de saber cómo verificar este código de 15 dígitos.

  • IMEI lógico: El IMEI lógico se obtiene marcando en el teléfono *#06#.
  • IMEI físico: El IMEI físico puede ser ubicado en la parte posterior del teléfono, en la bandeja donde inserta el sim card o debajo de la batería. De no contar con el teléfono, puedes ubicar el IMEI en la caja del equipo y/o en los documentos de su adquisición.

Los dígitos del código IMEI físico y lógico deben ser los mismos.

Perú Libre otra vez: Bancada presenta nuevo proyecto para amedrentar a fiscalías y policías que divulguen información

La bancada de Perú Libre, a través del congresista Isaac Mita, ha presentado un proyecto que busca amedrentar a fiscales y policías sobre la divulgación de información sobre las detenciones preliminares en casos de no flagrancia. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Se trata del proyecto de ley N°1060/2024-CR, que lleva las firmas de Flavio Cruz, María Agüero, Segundo Montalvo, Waldemar Cerrón y Américo Gonza. Todos integrantes de la agrupación del lápiz, cuyo lider, Vladimir Cerrón, está prófugo de la justicia.

Mita, titular de la Comisión de Justicia, desde donde se han promovido polémicas normas, pretende nuevamente modificar artículos del Código Procesal Penal sobre la detención preliminar sin flagrancia. El texto será analizado y debatido por el grupo de trabajo que preside. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Entre los cambios propone que esté prohibido que los fiscales e integrantes de la policía nacional “divulguen en cualquier forma” las actuaciones realizadas en el desarrollo de dicha diligencia, bajo responsabilidad funcional.

Indica que el incumplimiento de esta restricción sería considerado una infracción muy grave, conforme rija la carrera del funcionario o servidor público. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Especialistas consultados por El Comercio advierten que se estaría buscando poner una mordaza sobre los integrantes de la fiscalía y la PNP, quienes podrían ser sancionados por simplemente dar información general sobre las detenciones preliminares o emitir comunicados de prensa.

Señalan, además, que catalogar la falta como muy grave derivaría en suspensiones y destituciones.

La difusión sobre las detenciones preliminares a bandas criminales u otros delincuentes ha sido de ayuda para que otras víctimas los reconozcan y puedan acudir a realizar las respectivas denuncias.

Es una manera de que la ciudadanía esté informada sobre la labor de la policía y el Ministerio Público en la lucha contra la criminalidad.

Por ejemplo, este martes 25 de marzo, la fiscalía dio a conocer sobre la detención del presunto asesino de Paul Flores García, cantante de Armonía 10. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Sin embargo, Mita pretende que se prohíba todo tipo de difusión bajo el argumento de que esta reserva “garantiza la protección de la reputación, imagen y vida privada del imputado, especialmente de figuras públicas que podrían ver afectada su dignidad ante una eventual exoneración”.

“Al evitar la exposición mediática prematura, se protege el derecho al honor y se reduce el impacto de una posible estigmatización social”.

La propuesta es muy similar a la que planteó el Poder Ejecutivo cuando observó la norma que restituye la detención preliminar sin flagrancia. El Gobierno de Boluarte pedía que se establezca una restricción con el objetivo de que la fiscalía y la policía no expongan mediáticamente a los detenidos preliminarmente. En ese sentido, buscaba que esté prohibida la difusión de fotografías y videos de estos. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

La iniciativa usa como argumento otras observaciones que el Gobierno de Dina Boluarte hizo a la ley que proponía restablecer esta figura.

Como se recuerda, esta norma fue aprobada por insistencia por el Parlamento el pasado 6 de marzo, sin tomar en cuenta las objeciones realizadas por el Poder Ejecutivo.

Sin embargo, Mita decidió tomarlas en cuenta en su propuesta con argumentos similares. Por ejemplo, pretende que la figura solo se aplique para determinados delitos.

Por otro lado, pide que el mismo juez que decidió sobre la detención preliminar no sea quien también revise la prisión preventiva.

Mita señala, además, que se han planteado diversos cuestionamientos sobre la detención preliminar sin flagrancia. Entre ellos, las observaciones que hizo el Gobierno de Dina Boluarte sobre la autógrafa que proponía la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia.

“El Ejecutivo señaló que esto no resolverá el uso indiscriminado de la detención preliminar por parte de algunos operadores de justicia, lo que podría generar afectaciones a derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la libertad personal”, dice la iniciativa.

Por otro lado, cita a autores ecuatorianos que cuestionan la medida y señalan que esta se emplea como herramienta de presión para obtener confesiones.

Agrega que el uso “desproporcionado” de la detención preliminar es “preocupante” porque, a diferencia de la prisión preventiva, no se requieren elementos sólidos de convicción sino que muchas veces se basa en simples sospechas.

Mita argumenta que la figura debe restringirse únicamente a delitos graves, para los cuales se establezca una pena privativa de libertad mayor a cuatro años y que afecten bienes jurídicos de importancia, como la vida, la integridad física, el patrimonio, entre otros. Finalmente, dice que la propuesta no representará ningún egreso adicional al Estado.

Este Diario buscó contactarse con Isaac Mita y el portavoz de la bancada de Perú Libre, Flavio Cruz, para recoger sus comentarios, pero al cierre de este informe no respondieron. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Peligros
En diálogo con El Comercio, los abogados penalistas Gilmar Andía, Ricardo Elías y Andy Carrión señalaron que la propuesta es peligrosa y que busca amedrentar a fiscales y policías.

Andía dijo que no solo se estaría buscando la filtración de la información sino también la divulgación. Es decir, si se sale a prensa a mencionar el estado de la diligencia o si se emite una nota de prensa podría incurrir en falta grave. “Esa si es una mordaza, mordaza”, alertó Andía.

“Es decir, si por ejemplo el Ministerio Público emite una nota de prensa informando sobre una diligencia en la que se detuvo a una banda criminal, esto calzaría en la figura de falta muy grave”.

Detalló que, en el caso de los fiscales, la infracción muy grave conlleva a dos cosas: la suspensión o la destitución.

“Los procesos penales son públicos […] Si en una audiencia se divulga información sobre la diligencia es porque es pública […] En principio cualquier persona puede ingresar a la audiencia […] Es información pública, no puedes ponerle una mordaza al proceso penal”, remarcó.

Además, advirtió que la propuesta de Mita deja fuera del alcance de la medida algunos delitos de corrupción y otros que sí requieren que se aplique esta figura.

En el caso de los delitos de corrupción precisó que se estaría dejando fuera, por ejemplo, el delito de aceptación ilegal del cargo, patrocinio ilegal.

“Pueden decir que no son graves, pero aquí no se coloca necesariamente por la gravedad del delito sino por la necesidad de la detención para poder hacer la investigación. Recordemos que el fundamento de la detención preliminar es justamente es necesaria para evitar una posible fuga o un posible entorpecimiento y para realizar actos urgentes e irrepetibles”, señaló.

“Hay situaciones en los que a urgencia de la investigación requiere la detención del sujeto […] No están, por ejemplo, el infanticidio o el aborto involuntario, es decir, la persona que obliga a una mujer a abortar. No están los delitos de lesiones leves contra las mujeres e integrantes del grupo familiar”, subrayó.

En el caso de la inhibición de los jueces, Andía indicó que se debe tener en cuenta que los argumentos que se usan para la detención preliminar no son los mismos para la prisión preventiva.

Agregó que el Poder Judicial no tiene capacidad operativa para este cambio de jueces. “Lo que va a pasar es que se va a llegar al punto que ningún juez pueda ver nada”, puntualizó.

Bajo su óptica, este es parte del grupo de proyectos perulibristas que buscan poner trabas a la labor del Ministerio Público. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Por su parte, Elías indicó que no todo derecho es absoluto sino que, a veces, se puede flexibilizar en pro de otro derecho u otra garantía que, en este caso, es a favor del conocimiento público por hechos de trascendencia.

“De aprobarse, sería problemático porque en fase de investigación preliminar el Ministerio Público podría requerir alguna medida al juez en una audiencia y estas son públicas. Entonces, va a ver casos que pese a la reserva, la información podría ser divulgada en audiencia”, señaló.

Elías puso de ejemplo el caso del exministro Juan José Santiváñez. Señaló que, pese a que la investigación en su contra es reservada, se supieron varios detalles debido a las audiencias de impedimento de salida.

Advirtió que, con una norma como esta, la PNP no podría hacer ni conferencias de prensa presentando a los detenidos de los operativos. “No podríamos enterarnos de nada hasta que llegue a juicio. ¿Por qué es importante enterarnos? Porque hay casos en los que pueden aparecer más víctimas en identifiquen, por ejemplo, a los asaltantes”, acotó.

En otro momento, Elías opinó que la norma estaría buscando beneficiar o proteger a políticos sobre quienes recaiga una orden de detención preliminar, cuando las reglas deben ser para todos.

“Si quieren que los investigados por corrupción no sean expuestos de la misma manera que los investigados por extorsión, esa es otra cosa. Lo que quieren es decir: ‘A mis investigados por corrupción, a mis políticos, no los toques’”, apuntó.

Elías coincidió con Andía sobre la propuesta de la inhibición de los jueces. “No estoy de acuerdo porque no tenemos tantos jueces […] Finalmente, siempre está el respaldo de la segunda instancia […] La garantía no es que te toque un juez por cada audiencia sino que se vea analizado por el tribunal superior en segunda instancia”, precisó.

El penalista aseveró que el proyecto carece de criterio técnico y recicla algunos argumentos de las observaciones que había hecho el Poder Ejecutivo a la ley que restituye la detención preliminar sin flagrancia y otros invitados a las mesas de debate realizadas por Isaac Mita. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Carrión tuvo una postura similar. Bajo su análisis, la norma busca concentrarse en la divulgación de detenciones a personajes vinculados con la política.

En el caso de la inhibición de los jueces, Carrión opinó que no es una mala propuesta; sin embargo, advirtió que no sería viable por la sobrecarga procesal que generaría en el Poder Judicial.

Finalmente, Carrión alertó que en la propuesta se estaría buscando dejar fuera varios delitos, entre ellos los que tienen que ver con corrupción. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Otros proyectos perulibristas que golpean al sistema de justicia:

Proyecto Fecha de presentación Estado
9576/2024-CR
Busca reducir los años de inhabilitación para los funcionarios que hayan cometido actos de corrupción. 21/11/2024 En Comisión de Justicia
09171/2024-CR
Tiene como finalidad suprimir la facultad que tienen los jueces de todos los niveles de realizar control difuso. 11/10/2024 En Comisión de Constitución y de Justicia
08678/2024-CR
Propone crear una comisión en el Congreso que fiscalice a jueces y fiscales. 21/08/2024 En Comisión de Constitución
08683/2024-CR
Plantea limitar la labor de jueces con recusación o inhibición. 21/08/2024 En Comisión de Justicia
08657/2024-CR
Busca que se modifiquen diversos artículos de las leyes de la carrera judicial y fiscal. 19/08/2024 En Comisión de Justicia
08619/2024-CR
Propone cambios en el Código Procesal Civil sobre los bienes inembargables. 14/08/2024 En Comisión de Justicia
08393/2023-CR
Plantea limitaciones en los delitos de colusión simple, agravada y negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo. 16/07/2024 En Comisión de Justicia
08342/2023-CR
Busca que se establezcan limitaciones a los delitos de lavado de activos y minería ilegal. 08/07/2024 En Comisión de Justicia
08341/2023-CR
Plantea que se pueda denunciar a jueces y fiscales por el delito de prevaricato en cualquier jurisdicción a nivel nacional. 08/07/2024 En Comisión de Justicia
07965/2023-CR
Proponía eliminar la detención preliminar en casos sin flagrancia y cambios sobre prisión preventiva contra integrantes de la PNP. 29/05/2024 Se convirtió en la polémica Ley 32181, que eliminaba la figura de la detención preliminar en casos sin flagrancia. Posteriormente, el Congreso retrocedió y derogó la norma en ese extremo.
07964/2023-CR
Plantea modificaciones sobre la vigilancia electrónica y la inhabilitación. 29/05/2024 En Comisión de Justicia
07024/2023-CR
Pide derogar una disposición del decreto legislativo N° 1607 sobre la tenencia ilegal materiales explosivos en actividades mineras. 12/02/2024 En comisiones de Justicia y Economía
06754/2023-CR
Propone cambios en artículos del Código Penal sobre la suspensión de la ejecución de la pena y otros. 04/01/2024 En Comisión de Justicia
06498/2023-CR
Planteaba modificar el Código Procesal Penal y faculta a la PNP a dirigir la investigación preliminar de los delitos. 23/11/2023 Se convirtió en la polémica Ley 32130 que permite a los acusados apelar el auto de enjuiciamiento, lo que agrega una nueva fase antes del inicio del juicio oral y faculta a la PNP a dirigir investigaciones preliminares.
06211/2023-CR
Busca regular el proceso de nombramiento de jueces y fiscales. 20/10/2023 Cuestión previa para que el dictamen retorne a la Comisión de Justicia, pero parlamentario Jorge Montoya presentó reconsideración a esta decisión.
6084/2023-CR
Excluye de responsabilidad penal a los partidos políticos. 05/10/2023 Ley 32054 fue publicada en el Diario El Peruano en junio del 2024.
05981/2023-CR
Modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado. 21/09/2023 Ley 32108 fue publicada en el Diario El Peruano a inicios de agosto del 2024.
04344/2022-CR
Propone realizar modificaciones a la figura de la prisión preventiva 01/03/2023 En Comisión de Justicia «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Fuente: El Comercio.

ANP: Propuesta de imponer “franja informativa” constituye intento de control de medios

La Asociación Nacional de Periodistas del Perú – ANP cuestiona la propuesta anunciada por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, de formular una modificatoria a la Ley de Radio y Televisión para imponer una “franja informativa” a fin de difundir las actividades del Estado en el marco de la lucha contra la criminalidad.

Según este anuncio, realizado en la conferencia del denominado “Cuarto de Guerra” el reciente 30 de marzo, “los medios de comunicación tendrán que difundir, en estados de emergencia, las acciones y actividades que viene realizando el Ejecutivo en contra de la delincuente y en la lucha, que estamos haciendo frontal, contra la inseguridad ciudadana”.

La ANP considera que esta propuesta de modificatoria a la Ley de Radio y Televisión (Ley 28278) representa una irrupción en los contenidos de los medios de comunicación, inaceptable en democracia. Lo que se pretende más que una franja informativa es establecer un bloque propagandístico de las acciones del Ejecutivo. Esto contraviene estándares internacionales de derechos humanos que protegen la libertad de información y prohíben la injerencia gubernamental en los medios de comunicación.

Señalar, además, que dicha franja se implementará en los “estados de emergencia” es, en la práctica, establecerla de manera permanente, dado el uso desmedido y poco planificado de estos regímenes de excepción por parte del Ejecutivo. Por dicha razón, las declaraciones del ministro Arana revisten particular gravedad, ya que observamos un intento de controlar el contenido de los medios de comunicación.

En un contexto de permanentes arremetidas del Ejecutivo contra las libertades informativas, con escaladas constantes, resulta nocivo anunciar una propuesta de esta naturaleza. El Estado tiene el deber de informar a la ciudadanía sobre cuestiones de interés público pero esa función no puede ejercerse vulnerando la independencia editorial de los medios de comunicación ni imponiendo contenidos de manera arbitraria.

Llamadas spam: entra en vigencia reglamento del Gobierno que en vez de prohibirlas, las oficializa

Las reiteradas llamadas telefónicas comerciales (comunicaciones spam) que a diario reciben miles de usuarios aún están lejos de llegar a su fin, pese al nuevo reglamento promovido por el Gobierno a través del Ministerio de Justicia.

La normativa que actualiza la Ley de Protección de Datos Personales Ley N° 29733, entra en vigencia a partir de hoy lunes 31 de marzo, pero no sería suficiente para terminar las llamadas comerciales y publicitarias no autorizadas. Al contrario, el nuevo reglamento no combate el spam, sino que lo oficializa, apunta a La República el abogado y experto en defensa del consumidor Jaime Delgado.

El artículo 26 del mencionado reglamento, aprobado por el Decreto Supremo n° 016-2024, determina que las empresas podrán realizar solo una comunicación con los usuarios con el objetivo de solicitarles, por primera vez, el consentimiento para que reciban llamadas publicitarias y comerciales. De no encontrar una respuesta positiva, estarán obligadas a no utilizar sus datos ni contactarlos por llamadas telefónicas.

“Prácticamente están legalizando las llamadas spam. En vez de prohibir totalmente estas llamadas que saturan todo el día, están permitiendo a las empresas establecer un primer contacto para que usuarios den su consentimiento para hacer publicidad. Como no contestamos las llamadas, van a seguir insistiendo. Si le decimos no, van a acudir a otras líneas telefónicas para hacer lo mismo», explicó Delgado.

En cambio el código de protección al consumidor vigente, según refiere, establece que no se pueden realizar llamadas spam, salvo que el usuario las haya solicitado. «Ninguna empresa tiene que hacer llamadas previamente por su propia iniciativa. Están prohibidas», afianzó.

Para Delgado, el problema de fondo es que las empresas ya tienen otras formas legítimas de publicidad y no necesitan invadir la privacidad de los usuarios.

«Tú puedes hacer publicidad en medios, redes sociales, radio, periódico, cartel, en lo que quieras, pero tú no tienes derecho a invadir la privacidad de una persona para llamarle directamente a su número personal. Estamos siendo agredidos por delincuencia y adicionalmente están permitiendo a las empresas hacer esto; es un abuso», criticó.

El Perú rechaza a Dina Boluarte: 93% de los ciudadanos desaprueba el Gobierno de la presidenta

La presidenta Dina Boluarte continúa alcanzando cifras históricas de desaprobación en lo que va de su Gobierno. En el mes de marzo del 2025, el 93% de todo el Perú indicó que rechaza la gestión de la mandataria, porcentaje mayor al de febrero, 90%, según reveló la última encuesta del Instituto de Estudios Peruanos (IEP) para La República.

Es preciso resaltar que la desaprobación de Boluarte en enero del 2023 — un mes después de haber tomado la presidenta tras la caída de Pedro Castillo — era de 71%. A día de hoy, el rechazo de toda la ciudadanía hacia su mandato aumentó en un 22%. Por su parte, su aprobación cayó de un 6% a un 4% en el último mes.

En detalle, el mayor rechazo a Dina Boluarte proviene desde el sector urbano del país con un 95%, así como en sur con el mismo porcentaje. Además, el género que más desaprueba su mandato son tanto hombres como mujeres, con un 93%, mientras que los peruanos con una edad entre 25 a 39 años, son los que más la rechazan (95%).

Los resultados obtenidos por el estudio de IEP fueron recogidos vía llamada telefónica a 1203 entrevistados desde el jueves 20 hasta el miércoles 26 de marzo del 2025. Asimismo, cuenta con un margen de error de 2.8%.

Cifras de desaprobación de Dina Boluarte

Cifras de desaprobación de Dina Boluarte

Rechazo a Dina Boluarte se da en medio de aumento de inseguridad ciudadana

La desaprobación de Dina Boluarte no es ajena a las demandas de la ciudadanía que busca vivir en paz en el Perú. De acuerdo con la encuesta del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), el principal problema que percibe el 50% de los peruanos es la alta ola de inseguridad ciudadana y delincuencia.

Asimismo, el país considera que la corrupción (17%), el mal desempeño del Gobierno (12%) y su falta de transparencia son los problemas que dificulta una vida sostenible.

Por otro lado, solo un 9% señaló que la economía es uno de los problemas principales en el Perú, mientras que 5% atribuyó a la política el principal flagelo. Además, 2% indicó que la educación o la salud son la mayor dificultad.

 Principal problema del país

Principal problema del país

En la actualidad, a pesar de la persistencia de este problema, la inseguridad ciudadana se ha vuelto más evidente en un momento en que, tras el asesinato del cantante de Armonía 10, Paul Flores, y una serie de extorsiones, se llevó a cabo una marcha nacional en contra de la delincuencia.

El 69% de los encuestados califica de muy mala la manera en que Dina Boluarte y su equipo abordan el problema de la delincuencia, especialmente entre los residentes de Lima Metropolitana y áreas urbanas, así como aquellos de los estratos socioeconómicos A/B y C. Solo un 1.7% opina que la gestión es buena.

Congreso solo tiene 2% de aprobación

Este mes de marzo, el Congreso ha alcanzado el nivel más alto de desaprobación desde que comenzó sus funciones en 2021. Solo el 2% de los peruanos aprueba la gestión del Parlamento, según revela la última encuesta de representación nacional del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), realizada en colaboración con La República.

Menos de un mes después de la instalación del Parlamento, el 27 de julio de 2021, el 31% de los ciudadanos expresaba satisfacción con su desempeño. Esta cifra es significativamente más alta en comparación con el 2% actual.

Fiscalía imputa a 46 personas en caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’

Este lunes 31 de marzo comenzará la fase de control de acusación del caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’, una organización criminal que operaba dentro del sistema judicial peruano para manipular casos y obtener beneficios ilegales. La Fiscalía ha presentado cargos contra 46 personas por corrupción de funcionarios y delitos contra la administración pública, señalando un total de 113 hechos ilícitos cometidos por los integrantes de esta red. Las investigaciones, basadas en interceptaciones telefónicas, revelaron los actos ilegales realizados por los acusados, quienes usaron su influencia para controlar decisiones judiciales.

La organización criminal, según la acusación, se formó entre los años 2009 y 2010 dentro de la Corte Superior de Justicia del Callao. En el centro de esta red se encontraba César Hinostroza, quien, como presidente de dicha corte, habría aprovechado su cargo para dirigir actividades ilícitas. Además de Hinostroza, otros funcionarios de la Corte del Callao, como los exasesores Gianfranco Paredes y Nelson Aparicio, también están involucrados en la acusación, junto con otros funcionarios y servidores públicos que facilitaron el funcionamiento de la red.

En la trama criminal también participaron abogados litigantes y empresarios que estrecharon lazos con los funcionarios judiciales. Entre los abogados acusados se encuentran Jacinto Salinas, Maximiliano León y Marcelino Meneses, quienes, junto con empresarios como Mario Mendoza, utilizaron su influencia para beneficiar sus intereses en casos judiciales que estaban siendo tratados por los magistrados de la Corte del Callao. La red no solo manipuló casos, sino que también se aprovechó del sistema judicial para obtener ganancias personales a costa de la justicia.

Con la acusación formal presentada, el caso avanzará a la fase de control de acusación, donde se discutirán las pruebas, las imputaciones y las penas solicitadas para los acusados. Este proceso marcará un paso importante hacia un juicio oral, con la esperanza de que los responsables de socavar la integridad del sistema judicial enfrenten las consecuencias de sus actos y que se logre una reparación por los daños causados al país.