Diresa Lima compra uniformes sin contar con presupuesto y da conformidad a contratista que incumplió plazos

La Contraloría General detectó que funcionarios de la Dirección Regional de Salud de Lima solicitaron la adquisición de uniformes institucionales para el personal nombrado, a pesar de no contar con crédito presupuestario, situación que afecta el presupuesto de metas de 33 programas en salud por S/ 279 mil y registra una genérica de gasto que no corresponde.

Entre las metas afectadas presupuestalmente se encuentran el despistaje y diagnóstico de tuberculosis para pacientes con comorbidad (S/ 4 500), la implementación de brigadas para la atención frente a emergencias y desastres (S/ 21 999), niños con vacuna completa (S/ 25 311), niños con suplemento de hierro y vitamina A (S/ 20 499), atención enfermedad diarreica aguda EDA (S/ 26 511), atención prehospitalaria móvil de la emergencia y urgencia (S/ 14 999), etc.

En el Informe de Control Específico N° 009-2023-2-0637 , que abarca el período del 1 de enero de 2022 al 30 de enero de 2023, también evidenció que el jefe de la Oficina de Logística incorporó la adquisición de los uniformes institucionales en el plan Anual de Contrataciones del año 2022, pese a que la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de los Recursos Humanos no lo había considerado en el cuadro de necesidades de bienes y servicios.

En cuanto al cumplimiento del plazo contractual, los uniformes debieron ingresar al almacén central de la Diresa entre el 6 de enero y el 10 de enero de 2023, pero según el jefe de Almacén estos se recepcionaron antes, el 30 de diciembre de 2022, incluso se mostraron guías con el sello de recepción de ese día.

No obstante, la comisión de control comprobó que estos bienes no ingresaron en dicha fecha al existir incongruencias entre los documentos generados y porque recién se hizo efectiva la coordinación con el área usuaria el 27 de enero de 2023.

El incumplimiento de plazos fue advertido por Contraloría el 9 de febrero de 2023 y el director general de la Diresa solicitó efectivizar la ejecución de las cartas de garantía por el incumplimiento del plazo contractual en la recepción de uniformes. 

Sin embargo, los funcionarios decidieron efectuar el pago en su totalidad por el monto de S/ 379 602, conforme consta en los comprobantes de pago y sin ejecutar las cartas de garantía, vigentes al momento de dicha solicitud.

La situación expuesta generó un perjuicio económico a la Entidad por un monto total de S/ 316 690, de los cuales S/ 279 002 son de los 33 Programas Presupuestales afectados y S/ 37 690 del no cobro de la penalidad, tras no haber cumplido el contratista con la entrega de los bienes en el plazo establecido en los contratos.

La Contraloría General identificó presunta responsabilidad penal y administrativa en 11 exfuncionarios y exservidores públicos, por lo que procedió a comunicar a la Procuraduría Pública Especializada para el inicio de las sanciones penales de los involucrados, al Órgano instructor para el procesamiento administrativo y al Titular de la Entidad para que realice las sanciones tendentes. 

TC ordena a Diresa Lima reponer a trabajador despedido por WhatsApp durante la pandemia

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordena a la Dirección Regional de Salud de Lima (Diresa-Lima) que reponga como chofer o en otro cargo de igual o similar categoría a Carlos Alberto Rivera Bazalar, quien fue despedido por WhatsApp, a pesar de dar positivo al Covid 19 durante la pandemia, en agosto de 2020.

Así lo ha resuelto el Colegiado tras declarar fundada la demanda de amparo interpuesta por Rivera Bazalar y nulo su despido al haberse acreditado la vulneración del respeto a la dignidad humana, al debido proceso y al derecho constitucional al trabajo.

La sentencia recaída en el Exp. N.° 00878-2022-PA/TC ordena a la Diresa-Lima a convocar a un concurso público para la plaza que desempeñaba, cuyo resultado determinará la extinción de su contrato o su acceso al empleo a plazo indefinido.

La reposición deberá efectuarse en el plazo de dos días, bajo apercibimiento de que el juez de ejecución aplique las medidas coercitivas prescritas en el Código Procesal Constitucional.

Además, por mayoría, ordena a la entidad demandada el pago de las remuneraciones devengadas desde el 20 de agosto de 2020 hasta la fecha de reposición en sus labores y los costos del proceso, conforme a los fundamentos de la sentencia.

En este proceso de amparo, el demandante acreditó órdenes de servicio por labores como chofer y apoyo administrativo, así como contrato administrativo de servicios, adendas y contratos de locador, por lo que el TC concluyó que no es un supuesto puro de desnaturalización del contrato de trabajo regulado por el “Precedente Huatuco”.

La sentencia tuvo como ponente a la magistrada Luz Pacheco Zerga, y cuenta con el fundamento de voto del magistrado Helder Domínguez Haro, así como los votos singulares de los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez.