JEE abre proceso sancionador contra Lady Camones y APP por entregar juguetes en campaña electoral

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 abrió un proceso contra la organización política Alianza para el Progreso (APP) y su candidata al Senado, Lady Mercedes Camones Soriano, por la presunta vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, que prohíbe la entrega de dádivas y regalos durante campaña electoral.

La investigación se originó a partir de un informe emitido el 19 de enero por el JEE de Santa. Según el documento, se detectaron videos publicados en la red social de Facebook de la congresista Camones, con fecha entre el 17 y 22 de diciembre de 2025, donde se le observa entregando juguetes de manera directa en diversas localidades de Áncash.

Las actividades proselitistas con motivos navideños se realizaron en Monte Chimbote (entrega de carros y muñecas), Nuevo Chimbote (entrega de juguetes acompañada de un show infantil) y Jimbe (entrega de pelotas de plástico, muñecas y otros artículos).

larepublica.pe

Evidencia de propaganda electoral

El informe fiscalizador destaca que, especialmente en la actividad de Jimbe, se entregaron pelotas grabadas con el símbolo de APP y el mensaje explícito «Acuña presidente 2026». Además, los videos finalizan con el nombre de la organización política y la imagen de Camones como candidata, lo que permite inferir un beneficio directo para el partido en el actual proceso de Elecciones Generales 2026.

Personal de fiscalización del JEE de Santa realizó cotizaciones en diversos establecimientos comerciales de la zona, determinando que el costo de los juguetes entregados oscila entre S/3,70 y S/20,80 por unidad. La normativa electoral prohíbe la entrega de cualquier bien que exceda el 0,3% de la UIT (equivalente a S/ 16,05 para el 2025), a menos que sean artículos publicitarios o de consumo inmediato en eventos gratuitos.

Lo que sigue

La resolución del JEE Lima Centro 2 otorga un plazo de tres días calendario para que tanto Lady Camones como el personero legal de APP, Carlos Cabrera Alvarado, presenten sus descargos. De no absolverse las imputaciones, el JEE resolverá de acuerdo a ley, lo que podría derivar en multas o incluso la exclusión de la candidata si se reitera la conducta.

JEE declara inadmisible lista de candidatos del APRA que incluye a Mauricio Mulder y Enrique Valderrama

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 3 declaró inadmisible la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano (APRA) para la Cámara de Diputados del Congreso bicameral por Lima Metropolitana, de cara a las Elecciones Generales 2026. Entre las candidaturas observadas se encuentran las del exparlamentario Mauricio Mulder y el candidato presidencial de la organización política, Enrique Valderrama.

De acuerdo con la resolución 00024-2026-JEE-LIO3/JNE, en su declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Generales 2026Mulder marcó la opción de candidato a diputado, pero en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) se señala que también colocó que postula al cargo de primer vicepresidente.

En cuanto a Valderrama, el JEE detectó que en la declaración jurada del candidato se encuentran marcadas las opciones de fórmulas y diputados. Por tal irregularidad, se observó la candidatura.

 JEE observó la lista de candidatos a diputados por Lima Metropolitana del APRA

JEE observó la lista de candidatos a diputados por Lima Metropolitana del APRA

Elecciones 2026: candidaturas del APRA declaradas inadmisibles

La inadmisibilidad de la lista de candidatos también alcanza a Ita Paredes Portella. De acuerdo con el órgano electoral, en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, la postulante consignó que cuenta con una sentencia firme (expediente 04352-2012) por el delito de uso de documento falso, emitida en abril de 2015, que le impuso una pena suspendida de cuatro años.

Si bien Paredes Portella señaló encontrarse rehabilitada, el JEE dispuso que dicha condición sea acreditada documentalmente, mediante la presentación de la sentencia correspondiente, la constancia de rehabilitación —de ser el caso— y el informe que acredite el cumplimiento del pago de la reparación civil.

Asimismo, en el caso de Gisella Luyo Meza, se advirtió que registra una sentencia firme (expediente 00644-2014) por el delito contra el patrimonio – usurpación, emitida en 2023, con una condena suspendida por dos años. Por tal motivo, el JEE requirió la presentación de la documentación que acredite que la pena ha sido cumplida totalmente, de rehabilitación y el cumplimiento del pago de la reparación civil. Además, la fecha que colocó en su registro no es igual o posterior a la fecha de confirmación de la misma.

Por otro lado, el organismo electoral alertó que Nidia Vílchez Yucra consignó en su hoja de vida que, en 2024, declaró no haber recibido dinero del sector público. Sin embargo, consignó que cuenta con experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones.

En los casos de Fabiola Taipe Ramírez y Alfredo Meléndez Herrera, se observó que no consignaron la fecha en la que terminó de llenar su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).

En cuanto a Alberto Uculmana Nieves, el JEE indicó que, en 2024, percibió S/15.000 del sector público, pero no colocó la experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones.

Sobre Werner Quezada Martínez, Walter Boris, Norma Muedas Begazo y Carmen Purizaca Ponce se apreció que la fecha que colocaron en el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida y de no tener deuda pendiente por reparación civil no es igual o posterior a la que pusieron en la confirmación del registro de dicho documento.

En cuanto a Reinaldo Díaz Arismendi, se reportó que marcó las opciones de fórmulas y diputados al momento de inscribirse.

En cuanto al caso de Veronica Padilla Veliz, se detectó que pidió licencia sin goce de haber ante Sunarp hasta el 10 de abril, cuando debió haberlo hecho hasta el día de las elecciones, 12 de abril.

APRA tiene dos días para subsanar errores

El JEE le otorgó dos días al partido aprista para subsanar los errores encontrados durante el registro de los candidatos. En caso no lo hagan, correrán el riesgo de lista sea declarada improcedente y quede fuera de carrera electoral.

Perú Primero rechaza decisión del JEE y denuncia persecución política

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró fundadas tres tachas presentadas contra la candidatura presidencial de Mario Vizcarra, del partido Perú Primero, y declaró improcedente la inscripción de su fórmula presidencial para las Elecciones Generales 2026.

Las tachas fueron interpuestas por Jeanpier ValverdeLuis Miguel Caya y Edwin Huamaní, quienes argumentaron que el candidato está impedido de postular por una condena por el delito de peculado. La decisión figura en la Resolución N.° 65-2026-JEE-LIC1/JNE, en la cual también se dispuso acumular los expedientes N.° EG.2026017920 y EG.2026018019 al principal N.° EG.2026018017.

Perú Primero rechaza fallo y acusa contradicción legal

En un comunicado oficial, Perú Primero calificó el fallo del JEE como un “absurdo jurídico” y denunció una contradicción, al sostener que su lista ya había sido admitida formalmente. La agrupación señaló que el Tribunal Constitucional declaró inaplicable el impedimento previsto en la Ley N.° 30717 para ciudadanos legalmente rehabilitados.

Según el partido, el organismo electoral ha ignorado este precedente al aceptar las tachas.

Acusan persecución contra Martín y Mario Vizcarra

La agrupación denunció una persecución política sistemática. Indicó que inicialmente se impidió la participación del líder fundador, el expresidente Martín Vizcarra, y que ahora se busca bloquear la candidatura de su hermano, Mario Vizcarra.

“El evidente temor al respaldo popular de nuestro proyecto explica este nuevo ataque, que lejos de debilitarnos nos fortalece y une más”, expresó el partido.

Perú Primero anuncia mitin para el 9 de enero

Pese a la resolución del JEE, Perú Primero anunció que este viernes 9 de enero realizará un evento de presentación de sus candidatos al Senado y la Cámara de Diputados, reafirmando que continuará en la contienda electoral “con la ley y la razón de nuestro lado”.

JEE Lima Centro 2 declara inadmisible candidatura de Mario Vizcarra al senado por condena de peculado

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 (JEE Lima Centro 2) declaró inadmisible la candidatura al Senado de Mario Vizcarra (Perú Primero). La resolución no argumenta los motivos de la observación, pero menciona que cuenta con una sentencia firme por el delito de peculado correspondiente al 2005.

A su vez, se observó la inscripción de otros nueve candidatos de dicho partido en la lista al Senado. En todos esos casos sí se explica los motivos. El partido cuenta con dos días hábiles para subsanar los cuestionamientos.

Referente a Mario Vizcarra, la condena de pena privativa de libertad suspendida fue consentida y ejecutoriada. Por ello, en la declaración jurada de su hoja de vida consignó que se encuentra rehabilitado penalmente.

Con ese mismo argumento, anteriormente, el ciudadano Luis Miguel Caya Salazar había presentado ante el JEE de Lima Centro 1 una tacha contra la candidatura a la presidencia, sin embargo, su pedido fue rechazado porque no adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral, equivalente a 1 UIT (S/ 5.350), exigida por la normativa vigente y le otorgó un día de plazo para subsanar dicha omisión.

Caya Salazar sustentó su solicitud con el artículo 8 de la Ley Orgánica de Elecciones (modificado por la Ley N.° 30717), norma que impide postular a cargos públicos a quienes tengan condenas por delitos dolosos, especialmente terrorismo, apología del terrorismo, narcotráfico, violación, colusión, peculado o corrupción de funcionarios, incluso si han sido rehabilitados en algunos casos.

Perú Primero: JEE Lima Centro también observó la candidatura de otros candidatos

El rechazo de la solicitud de inscripción se extendió para la candidatura de los demás integrantes de la lista al Senado.

Uno de ellos fue Gustavo Flores Haboud, quien indicó que tiene una sentencia firme de 2015 por el delito de conducción en estado de ebriedad, con reserva de fallo y pena cumplida. Sin embargo, presentó un número de expediente incompleto lo que impidió a la autoridad constatar ello.

Por otra parte, la candidatura de Adela Córdova se observó porque no adjunto la licencia sin goce de haber de su trabajo como jefa en la Red Asistencial de Piura y como jefa de asesoría jurídica en la misma institución. Las postulaciones de Miriam Morales Córdova y Juan Escriba Palomino fueron observada por la ausencia del mismo documento.

También se advirtieron ciertas inconsistencias en la declaraciones juradas de consentimiento de participación en las Elecciones Generales 2026 de los candidatos Alicia Jessica Vargas Senisse, Jackeline Flores Flores y Jesús Augusto Camarena Landeo. En los tres casos se advierte que no cuentan con huella dactilar ni firma.

Sumando a ello, en el caso del candidato Aristóteles Álvarez López se advirtió que no consignó el cargo al que postula.

En tanto, la candidata Delia Montero Jiménez en la posición se alertó que su declaración jurada fue firmada el 18 de diciembre de
2025; sin embargo, en la fecha en la cual se terminó de completar la información en su DJHV en el sistema informático, no se ha consignado la fecha.

Sobre estos últimos casos, el JEE precisó que el llenado de la hoja de vida «debe ser con los datos correctos contando con la huella dactilar y la firma indicada por el Reglamento, por lo que la organización política deberá adjuntar la declaración jurada de los candidatos en mención con los datos faltantes, a fin de subsanar las observaciones realizadas»

Mario Vizcarra es hermano de Martín, el expresidente recluido hoy en Barbadillo.

JEE declara inadmisible plancha presidencial y lista para el Parlamento Andino del APRA

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 y 2 declaró inadmisible la fórmula presidencial del Partido Aprista Peruano (APRA) encabezado por Enrique Valderrama, así como la lista para el Parlamento Andino con miras a las Elecciones 2026.

De acuerdo con la Resolución N.º 008793-2025-JEE-LC1/JNE, Pitter Enrique Valderrama Peña no consignó la huella dactilar del índice derecho ni su firma en la declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Generales 2026. Para el JEE, este requisito es indispensable en el proceso de inscripción, ya que otorga validez al registro.

Asimismo, detalló el organismo electoral, el aspirante a segundo vicepresidente del APRA, Lucio Vásquez Sánchez, no marcó la opción de consentimiento sobre su participación como candidato de la fórmula presidencial.

En ese sentido, el JEE le otorgó dos días al partido para subsanar los errores detectados. Tras la alerta, la organización remitió los documentos requeridos al ente electoral para que sean revisados y el organismo se pronuncie al respecto sobre su inscripción. En caso el órgano electoral dé por resuelto el asunto, el APRA pasará a un proceso de tachas, tal como lo establece el reglamento de los comicios.

 Decisión del JEE sobre el APRA

Decisión del JEE sobre el APRA

Elecciones 2026: JEE declara inadmisible lista del APRA para el Parlamento Andino

En paralelo, el JEE de Lima Centro 2 declaro inadmisible la lista de candidatos para el Parlamento Andino del APRA.

Según consta en la Resolución 00093-2025-JEE-LIC2/JNE, María Cárdenas, María Segovia Cutipa, Jorge Lozada, Fabricio Dávila, Aura Calle y Harry Morris no consignaron la fecha en la que terminó de llenar los datos en el «Declara» del Formato Único De Declaración Jurada De Hoja De Vida De Candidato.

Asimismo, el JEE indicó que el ciudadano Luis Lindo terminó de llenar el referido formato a las 4:58 a.m. del 22 de diciembre de este año; sin embargo, la declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones 2026 la consignó el 19 del mismo mes; es decir, 3 días antes.

Por otro lado, Víctor Ugarte no adjuntó la solicitud de licencia sin goce de haber del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), lugar donde actualmente trabaja, así como Luis Cuadros, quien labora en una institución educativa.

Por tales motivos, el JEE dio dos días al partido para subsanar los errores detectados «bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción en dicho extremo, en caso de incumplimiento».

 APRA deberá subsanar errores detectados por el JEE sobre su lista para el Parlamento Andino

APRA deberá subsanar errores detectados por el JEE sobre su lista para el Parlamento Andino

Enrique Valderrama niega irregularidades en designación de candidatos al Parlamento Andino

El candidato presidencial del APRA, Enrique Valderrama, descartó que haya habido irregularidades al momento de la designación de candidatos al Parlamento Andino. Precisamente, en el caso del secretario general, Gerado Morris, Valderrama indicó que fue desplazado de su ubicación debido a que ingresó un invitado.

Según detalló el aspirante a presidente, en el partido aprista hay 16 postulantes al Parlamento Andino. De los tales, se desplazó una ubicación a Morris porque un invitado ingresó en la posición 3. «No en el lugar que él (Morris) había obtenido; pero sí, lógicamente, cuando se coloca a un invitado, los otros se desplazan de ubicación», explicó.

En esa misma línea, Valderrama argumentó que dicha decisión fue tomada por la Comisión Política del APRA, que cuenta con la prerrogativa de nombrar al 20% de candidatos como invitados en las lista a nivel nacional.

Estas declaraciones de Valderrama se dieron luego de que Morris denunció haber sido excluido de la lista de candidatos al Parlamento Andino, pese a que obtuvo el tercer lugar en las elecciones primarias bajo la modalidad un militante, un voto.

JEE declara inadmisible lista de candidatos de Renovación Popular a la Cámara de Diputados y Parlamento Andino

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 y Lima Oeste 3 declaró inadmisible las listas de candidatos a diputados por Lima Metropolitana y al Parlamento Andino del partido Renovación Popular, que postula a Rafael López Aliaga como candidato presidencial en las Elecciones Generales 2026. Según el órgano electoral, los postulantes incurrieron en diversas omisiones, por lo que se les otorgó un plazo de dos días para subsanar los errores materiales.

En primer lugar, abordemos la lista de aspirantes a la Cámara de Diputados del Congreso bicameral.

De acuerdo con la Resolución N.º 00604-2025-JEE-LIO3/JNE, la actual congresista Norma Yarrow no adjuntó el cargo de licencia sin goce de haber. Por tal motivo, el JEE ordenó al personero legal presentar dicho documento debidamente sellado o firmado por la entidad correspondiente, es decir, el Congreso de la República. Según la normativa vigente, esta solicitud debe presentarse con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de las Elecciones.

La misma ocurre en los casos de José Baella Malca y Aquelina Solórzano Espinoza, quienes declararon trabajar actualmente como personal de seguridad y coordinadora de la Municipalidad de Lima, respectivamente; sin embargo, no precisaron el régimen laboral al que pertenecen. Por tal motivo, ambos deberán presentar la correspondiente licencia sin goce de haber.

Otro caso es el de la candidata Roxana Rocha Gallegos, quien presentó dos inconsistencias al completar el Formato Único de la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV). El JEE precisó que Rocha adjuntó su solicitud de licencia sin goce de haber por desempeñarse como regidora de la MML; pero no consignó dicha información en el ítem “Experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones”.

De igual modo, el JEE sostiene que Rocha tampoco consignó información en la sección “Cargos de Elección Popular” del rubro IV de su Formato Único de la DJHV. Se advirtió una inconsistencia en su declaración jurada de participación en las Elecciones 2026, ya que registró su información el 20 de diciembre de este año, pero la confirmación del registro se realizó un día después.

Otro caso es el de Lida Valdivieso. El órgano electoral alertó que, en el ítem “Ingresos”, Valdivieso consignó que durante el año 2024 no percibió ingresos del sector público; sin embargo, en el rubro 2 del formato señaló que se desempeñó como regidora de la MML desde 2023 hasta 2025.

En tanto, el JEE advirtió que Jhony Bacón Terrones no completó correctamente el formulario, ya que no especificó la provincia ni el departamento correspondientes a su domicilio. De igual manera, se detectó que María Dulanto Guinea marcó de manera equivocada las opciones de “fórmula” y “diputados” de forma simultánea en su inscripción. En el caso de Olinda Salcedo, el órgano electoral informó que no consignó el nombre del partido político por el cual postula.

 Lista de candidatos por Lima Metropolitana de Renovación Popular fue declarada inadmisible

Lista de candidatos por Lima Metropolitana de Renovación Popular fue declarada inadmisible

Renovación Popular: lista de postulantes al Parlamento Andino es declarada «inadmisible»

Por otro lado, el JEE advirtió que, en el caso de las postulantes Maali del Pomar Saettone y Carla Aranda Ramírez, en sus cartas de renuncia no figura el sello de cargo de recepción de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

En el caso de Agusta Gamarra, el JEE dispuso que presente el cargo de la solicitud de licencia sin goce de haber, debido a que actualmente labora como profesora en un colegio. La misma exigencia se aplica a Jessica Urquiza, Josep Pacherres, Jorge Guillén Sivirichi, Rosana Remigio Blas, Doris Alzamora Chamorro y Víctor Mathews Paredes, quienes trabajan en la MML y en los municipios de Jesús María, San Borja, La Molina y Lurigancho-Chosica, respectivamente.

Por ello, el JEE otorgó dos días calendario a Renovación Popular para subsanar los errores. En el portal del JEE figura que el partido político ya subsanó los errores detectados. El órgano electoral deberá pronunciarse tras analizar los documentos registrados.

 Resolución sobre Renovación Popular y su lista al Parlamento Andino.

Resolución sobre Renovación Popular y su lista al Parlamento Andino.