Congreso aprueba aumentar monto que recibirán miembros de mesa en las próximas elecciones: ¿cuánto recibirán?

El Congreso aprobó la ley Nº 32231 que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y establece brindar un incentivo económico de S/160,5 (3% de 1 UIT, actualmente equivale a S/5.350) a los miembros de mesa que participen en la jornada electoral. De igual manera, la norma también incluye que se le otorgue un día de descanso laboral para los trabajadores del sector público o privado que participen de los comicios electorales.

La disposición publicada en el diario El Peruano cuenta con las firmas del presidente del Legislativo, Eduardo Salhuana; la primera vicepresidenta del Parlamento, Patricia Juárez; la mandataria Dina Boluarte; y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

«Por cada jornada electoral, una compensación ascendente al 3% de la unidad impositiva tributaria (UIT), pago que se encuentra a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)», se lee en la ley publicada en El Peruano.

Cabe resaltar, que para que una persona pueda realizar el cobro de S/160,5 siempre y cuando haya cumplido con el proceso de capacitación y la jornada del proceso electoral; es decir, desde que se abre la mesa de sufragio con los miembros titulares y/o suplentes hasta que haya culminado el escrutinio.

 Ley que brinda incentivos publicada en el Peruano.

Ley que brinda incentivos publicada en el Peruano.

Congreso: miembros de mesa tendrán un día de descanso laboral

De igual manera, los miembros de mesa que participen en la jornada electoral tendrán derecho a un día de descanso laboral remunerado no compensado siempre y cuando hayan cumplido con la jornada de capacitación. Dicho incentivo deberá ser tomado dentro de un plazo de 90 días posterior a las elecciones, previo acuerdo entre el empleador y el trabajador. En caso de que no se llegue a un acuerdo, el empleador decidirá el día de descanso.

«Adicionalmente, siempre y cuando haya completado el proceso de capacitación, un día de descanso remunerado con carácter no compensable, tanto para los trabajadores del sector público como del privado, el cual se hace efectivo dentro de los noventa días siguientes a la fecha de elección. La oportunidad del descanso dentro de dicho periodo es fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador; a falta de acuerdo, el empleador determina la fecha”, se lee en la ley publicada en El Peruano.

Presentan proyecto de ley para otorgar incentivos a miembros de mesa: estos serían los nuevos beneficios

La bancada Alianza Para el Progreso (APP), a iniciativa del congresista Alejandro Soto, presentó un proyecto de ley con el fin de otorgar incentivos a los ciudadanos que ejerzan la función como miembros de mesa.

La iniciativa propone la incorporación del articulo 55-A a la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones. Según el texto, los miembros de mesa que cumplan con sus funciones el día del proceso electoral recibirán los siguientes incentivos:

-Acceso gratuito a museos administrados por el Estado en día de semana , para dos personas.

-El abono de una cantidad monetaria, siempre que el presupuesto público lo permita.

-Un día de licencia con goce de haber, que podrá ser utilizado entre el lunes y viernes de la semana posterior a la celebración del proceso electoral.

Asimismo, se señala que el Poder Ejecutivo y los órganos del sistema electoral adecuarán lo dispuesto en la norma en un plazo no mayor a 90 días calendario contados desde su publicación.

En la parte considerativa se señala que, si bien a los miembros de mesa se les entrega un incentivo económico, actualmente dicho abono no tiene un sustento legal.

Menciona además que, en el caso de los días de descanso, estos se otorgan mediante decreto supremo, sin que haya una norma legal que establezca estos incentivos para compensar su labor. 

Onpe habilita módulo para tramitar nuevas excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa

Con miras a la Segunda Elección Regional 2022, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilitó en su sitio web, un módulo para que los ciudadanos de nueve regiones puedan tramitar nuevas excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa. El link de acceso es: https://excusaojustificacion.onpe.gob.pe/login.

Hay que tener presente que para los comicios de este domingo 4 de diciembre, según el artículo 64° de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), los miembros de mesa son los mismos que fueron electos en la primera vuelta, sin necesidad de nuevo sorteo.

Las nuevas excusas al cargo de miembro de mesa se podrán tramitar hasta el

viernes 2 de diciembre, mientras que las nuevas justificaciones por inasistencia a la instalación de mesa de sufragio se podrán tramitar hasta las 11:59 p.m. de hoy lunes 28 de noviembre.

De los miembros de mesa dependerá la instalación temprana y el correcto funcionamiento de la misma. Además, estos ciudadanos, el domingo 4 de diciembre, son la máxima autoridad electoral en cada mesa de sufragio.

La multa por no ejercer el cargo de miembro de mesa es de S/ 230.00. Asimismo, los miembros de mesa que ejerzan el cargo recibirán una compensación económica de S/ 120.00.

ONPE amplió vigencia de las excusas al cargo de miembros de mesa

Con miras a la segunda elección regional del próximo 4 de diciembre, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió la Resolución Jefatural n.° 004230-2022-JN/ONPE, en la cual extiende la vigencia de las excusas al cargo de miembro de mesa y de las justificaciones de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio que fueron otorgadas para los comicios del 2 de octubre del presente.

Asimismo, podrán presentar la solicitud las personas electas para asumir el cargo de miembro de mesa y que ahora se encuentren impedidas de ejercer el referido cargo y/o acudir a la instalación de la mesa de sufragio en la jornada de la Segunda Elección Regional 2022.

De la misma forma, las personas en grupos de riesgo para la COVID-19 y las mujeres embarazadas o personas con hijos menores o igual de dos (2) años, están facultadas a solicitar la excusa al cargo de miembro de mesa, de manera gratuita para estos casos para la Segunda Elección Regional 2022.

Igualmente, el organismo electoral estableció un plazo de 5 días hábiles para presentar nuevas solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa, el mismo que se contará desde el día siguiente de la publicación de la resolución de proclamación de resultados de los comicios que emita el Jurado Nacional de Elecciones.

JUSTIFICACIONES

La ONPE también fijó que el plazo para presentar nuevas solicitudes de justificación por inasistencia a la instalación de mesa de sufragio será hasta antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha en que se realizará la Segunda Elección Regional 2022

Según el Decreto Supremo n.° 135-2022-PCM, el Ejecutivo convocó para el 4 de diciembre la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de gobernadores y vicegobernadores de los gobiernos regionales en las circunscripciones de la República donde ninguna fórmula ha alcanzado el treinta por ciento (30 %) de los votos válidos.

La ONPE organizará y ejecutará la segunda elección regional en Amazonas, Cajamarca, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Provincias, Moquegua, Pasco y Piura, dado que ninguna fórmula de candidatos superó el 30% de los votos válidos que exige la Ley de Elecciones Regionales (Ley N.º 27683) durante los comicios realizados el pasado 2 de octubre.

ODPE Huaral publica lista definitiva de miembros de mesa

La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Huaral, publicó, este jueves 10 de noviembre, la relación definitiva de 3,348 miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para segunda elección regional en Huaral y Canta.

En la segunda elección regional los miembros de mesa serán los mismos de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Para conocer si fuiste elegido miembro de mesa pueden acercarse a la ODPE Huaral, ubicada en Calle Morales Bermúdez 561 Huaral.

Cada mesa de sufragio estará compuesta por tres miembros titulares. Desempeña el cargo de presidente el que haya sido designado primer titular, el de secretario el segundo titular y el cargo de tercer miembro el tercer titular.

Cabe mencionar, que las excusas y justificaciones presentadas en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM2022) tienen vigencia para la Segunda Elección Regional (SER2022).

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República o estar incurso en alguna de las incompatibilidades establecidas en los Artículos 57° de la Ley Orgánica de Elecciones.

Los miembros de mesa que cumplan con ejercer el cargo tendrán una compensación económica de S/ 120.00. Y quienes no cumplan con ejercer el cargo de miembro de mesa tendrán una multa de 5 % de la UIT (S/ 230.00).

La ODPE Huaral tiene a su cargo las provincias de Huaral y Canta, donde participarán un total de 163,862 electores, en 558 mesas de sufragio ubicadas en 76 locales de votación.

ONPE: este domingo vence el plazo para que los miembros de mesa puedan cobrar S/ 120

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recordó que este domingo 16 de octubre vencerá el plazo para que aquellas personas que cumplieron su labor como miembros de mesa registren sus datos en este sitio web. Ello con el fin de que puedan cobrar la compensación económica de 120 soles.

El registro se encuentra disponible para los ciudadanos que efectivamente ejercieron el cargo de miembro de mesa (ello incluye a quienes fueron voluntarios de la fila de electores, por ausencia de algún miembro de mesa sorteado) hasta las 23:59 horas de mañana.

Para completar el registro, cada miembro de mesa llenará una declaración jurada en la que consignará los siguientes datos: DNI, domicilio, número de teléfono celular, correo electrónico y modalidad de entrega de la compensación económica.

Tres modalidades a elegir

Depósito en cuenta bancaria

Depósito de la compensación en una cuenta bancaria del miembro de mesa en alguno de los siguientes bancos: Banco de Crédito del Perú (BCP), Banco Continental-BBVA, Interbank, Scotiabank Perú y Banco de la Nación (cuenta ordinaria o cuenta DNI que haya sido utilizada anteriormente con los bonos entregados por el gobierno).

Billetera digital asociada al DNI (en este caso, Yape)

Esta modalidad le permite al miembro de mesa recibir la compensación económica directamente a su billetera digital asociada a un celular y a su DNI, sin contacto con dinero en efectivo y sin la necesidad de tener cuenta bancaria.

Pago presencial en el Banco de la Nación

Mediante esta modalidad el miembro de mesa se apersona con su DNI a cualquiera de las agencias del Banco de la Nación, para cobrar su compensación económica. Cabe resaltar que, en caso el o la miembro de mesa no se registre en el sitio web, deberá acercarse al Banco de la Nación con su DNI para poder cobrar su compensación.

¿Cómo recibir el pago?

Para hacerse acreedor al pago, hay que tener presente que estos ciudadanos y ciudadanas debieron haber ejercido de manera efectiva el cargo de miembro de mesa, así como haber suscrito la lista de asistencia de miembros de mesa y la sección de escrutinio de las actas electorales.

La fecha de entrega de la compensación económica vía depósito en cuenta bancaria, Yape o presencial en el Banco de la Nación se comunicará en la página web de la ONPE y en forma digital a cada miembro de mesa que se haya registrado.

Los miembros de mesa recibirán una compensación económica de 120 soles por cada jornada electoral en la que ejerzan su función, primera y segunda elección (donde se dé una segunda vuelta).