Sunedu les denegó licenciamiento: estas dos universidades peruanas cerrarán en agosto de 2025

En agosto, dos universidades privadas peruanas deberán suspender sus actividades y cumplir con la orden de cese emitida por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), luego de no haber obtenido el licenciamiento que asegura el cumplimiento de los criterios básicos de calidad. Las instituciones afectadas son la Universidad Privada San Carlos (UPSC) y la Universidad Científica del Perú (UCP).

Al respecto, ambas casas de estudios superiores emitieron sus comunicados sobre el proceso de cese que enfrentan. La UCP informó que hasta la fecha del cierre, programado para el 16 de agosto del 2025, los estudiantes podrán culminar sus carreras profesionales y que, continúan gestionando el licenciamiento para este año. «Exhortamos a no dejarse sorprender por comunicados falsos», señaló la institución.

Por su parte, la UPSC señaló que acatarán con el cierre dispuesto por Sunedu con fecha el 30 de agosto de 2025, en la que suspenderán todas sus actividades académicas. Sin embargo, por lo pronto, continuarán atendiendo los trámites relacionados con documentos académicos, sustentaciones, grados y títulos para estudiantes y egresados. «Agradecemos la confianza depositada», indicó la casa de estudios.

Sunedu dispone cierre de la Universidad Científica del Perú

Para la Universidad Científica del Perú, de acuerdo la resolución del Consejo Directivo N. ° 066-2020-SUNEDU/CD, la licencia fue denegada por no garantizar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) contenidos en el Plan de Adecuación presentada por la institución. Asimismo, se señala el «no contar con instrumentos de planificación que aseguren el cumplimiento de sus objetivos institucionales».

Entre las demás causales, se precisa también «inconsistencias con la asignación del presupuesto para la planificación y la Dirección Universitaria de Acreditación de la Calidad Educativa», y, sobre la infraestructura, la resolución de Sunedu señala que la universidad no evidenció contar con espacios adecuados que garanticen la continuidad del servicio, precisamente para los programas de ingeniería.

 UCP continúa en la búsqueda de su licenciamiento. Foto: UCP

UCP continúa en la búsqueda de su licenciamiento. Foto: UCP

En cuanto a investigación y docentes, la Superintendencia precisó que la institución no evidenció incluir en su normativa «la observancia de la protección de la integridad científica» o desincentivar las malas conductas científicas. Sunedu indicó también que la UCP no garantizó mecanismos que aseguren la mejora permanente de sus docentes, así como falta en la capacitación equitativa para los mismos.

Sunedu: APP busca reelección exprés del Consejo Directivo bajo fachada de la Ley de Crédito Suplementario

La contrarreforma universitaria continúa. Esta vez, mediante la aprobación del dictamen de la Ley de Crédito Suplementario, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de La República, liderada por la congresista Lady Camones, del partido Alianza para el Progreso (APP), busca, a través de una disposición complementaria, extender por tres años más el mandato de cuatro de las siete autoridades que conforman el Consejo Directivo de la Sunedu, gestión que vence el 24 de febrero del próximo año.

El dictamen del Proyecto de Ley 11923/2024-PE, presentado por el Poder Ejecutivo, propone otorgar créditos suplementarios para distintos gastos públicos. No obstante, como si de contrabandear se tratara, durante el debate del mismo, las congresistas del APP Nelcy Ballesteros y Magaly Ruiz pidieron incorporar la cuadragésima sexta disposición final del dictamen, la cual altera artículos de la Ley Universitaria.

Este hecho que, según ha advertido la propia Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Legislativo, presidida por Segundo Toribio Montalvo Cubas, de Perú Libre, representa una amenaza para el orden constitucional, ya que «incluye una disposición que pretende extender hasta el 2028 el mandato de los actuales directivos de la Sunedu»: Manuel Castillo (superintendente y elegido por los rectores de las universidades públicas), Andrés Ramos (designado por el Minedu), Miguel Vallejos (elegido por los colegios profesionales) y Manuel Hernández (designado por los rectores de las universidades públicas).

«Créame que para mí ha sido una sorpresa enterarme de esto, ya que no soy parte de la Comisión de Presupuesto (…) Como congresistas, estamos para hacer respetar la ley. Nos guste o no, debemos respetar la Constitución y las normas vigentes», enfatizó Montalvo en diálogo con La República.

Rechazo de las universidades públicas y privadas: defensa de la autonomía

La Asociación de Universidades Nacionales del Perú ha rechazo este dictamen, el cual, bajo el título de «Disposiciones para el fortalecimiento de la Sunedu», vulneraría los principios de legalidad de la Constitución Política del país, que establece, bajo la Ley Universitaria, que los miembros del Consejo Directivo sean designados por un periodo de tres años sin reelección.

«El mandato de los actuales miembros del Consejo Directivo y del Superintendente ya está en curso. Con esta Ley se buscaría impedir que las universidades públicas nombres a sus dos representantes ante el Consejo este 19 de agosto (…) Dicha disposición legal no puede ser modificada mediante una «precisión» ni mucho menos a través de una Ley Presupuestal que no tiene por objeto reformar el régimen legal de designación de autoridades», se lee en su pronunciamiento.

Por su parte, el Consorcio de Universidades del Perú, conformado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), la Universidad Cayetano Heredia (UPCH), la Universidad del Pacífico y la Universidad de Lima también rechazaron la iniciativa y expresaron su «compromiso con la defensa de una educación superior de calidad».

Esta universidad peruana CERRARÁ definitivamente en 2025 tras ser denegada su licencia por la Sunedu

La Universidad Privada San Carlos (UPSC), con sede en la región Puno, se encuentra en la etapa final de su proceso de cierre definitivo, tras la denegatoria de su licenciamiento institucional por parte de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). 

El cese se hará efectivo el próximo 30 de agosto de 2025, luego de cumplirse el plazo legal otorgado para el retiro ordenado de sus actividades académicas. La UPSC inició sus operaciones en octubre de 2006 y, durante casi dos décadas, ofreció programas de pregrado en carreras como Derecho, Contabilidad y Finanzas, Ingeniería Ambiental y Enfermería. 

Sin embargo, en 2020, la Sunedu determinó que no cumplía con las condiciones básicas exigidas por la Ley Universitaria, lo que motivó la denegación de su licencia. A pesar de los intentos de adecuación, la institución no logró revertir la medida ni presentar un plan de mejora aceptable.

¿Qué fallas detectó la Sunedu en su evaluación?

El informe técnico elaborado por el órgano regulador reveló múltiples deficiencias en áreas clave de la gestión institucional. Entre las observaciones más relevantes figuraba la falta de instrumentos adecuados de planificación, deficiencias en los sistemas de aseguramiento de la calidad académica y procedimientos de admisión poco claros, que generaban incertidumbre entre los postulantes.

En el plano físico, la universidad presentó problemas de infraestructura que comprometían la seguridad de estudiantes y docentes. Se detectaron aulas con condiciones inadecuadas, ambientes con problemas de aforo, deficiencias en el servicio médico y una biblioteca que no atendía durante todo el horario académico. 

Además, la Sunedu sancionó a la UPSC con una multa superior a 600 mil soles por operar locales no autorizados en las ciudades de Juliaca e Ilave. En el ámbito docente, la institución no pudo demostrar que todos sus profesores contaban con los grados académicos requeridos, como maestrías o doctorados, ni que los procesos de selección se realizaran bajo criterios de transparencia y calidad.

Comunicado
Comunicado

¿Qué pasará con los estudiantes afectados?

Cuando se emitió la resolución de denegatoria, la UPSC tenía una población estudiantil de 3,137 alumnos matriculados en pregrado. Ante esta situación, la Sunedu implementó medidas para proteger el derecho a la educación de los estudiantes. 

Durante el periodo de cese progresivo, los alumnos han podido continuar sus estudios en la misma universidad, siempre que se mantengan las condiciones mínimas exigidas.

Asimismo, se habilitó la opción de traslado a universidades licenciadas con programas similares. La UPSC quedó obligada a brindar todas las facilidades necesarias para la emisión de grados, títulos y documentación académica, garantizando el cierre ordenado de sus operaciones.

Sunedu: universitarios deberán aprobar este curso para obtener el bachillerato automático en 2025

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ha oficializado la implementación de nuevos requisitos para obtener el bachillerato automático a partir de 2025. Según una reciente disposición de la entidad, los estudiantes universitarios deberán cumplir tres condiciones esenciales durante su formación académica.

Según la resolución del Consejo Directivo N. ° 0042-2024-SUNEDU-CD, que introduce modificaciones a la Ley Universitaria N°. 30220, el principal objetivo de este cambio es promover la investigación como requisito para la obtención del grado académico de bachiller, así como fomentar la inserción laboral de los graduandos de las universidades públicas y privadas.

Sunedu: estudiantes deben aprobar un curso de investigación

Entre los nuevos requisitos para obtener el bachillerato automático se encuentra haber aprobado los estudios de pregrado y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o una lengua nativa.

Asimismo, la Sunedu señala que los estudiantes universitarios deberán aprobar un curso de trabajo de investigación, usualmente programado en el último semestre y dictado como parte del plan de estudios de pregrado en universidades públicas y privadas.

 Cambios en la obtención del bachillerato en Perú. Foto: composición de Gerson Cardoso/La República/UPC/Sunedu

Cambios en la obtención del bachillerato en Perú. Foto: composición de Gerson Cardoso/La República/UPC/Sunedu

Sunedu: alcances de la implementación del curso de trabajo de investigación

  • El curso de trabajo de investigación debe estar implementado en la malla curricular de los programas académicos de pregrado de las universidades.
  • El curso de trabajo de investigación se dicta en el último semestre académico de cada programa académico de pregrado.
  • El contenido del curso de trabajo de investigación es delimitado por la universidad conforme con su autonomía académica, considerando estándares de calidad de investigación.
  • La denominación del curso de trabajo de investigación es definida por la universidad en el marco de su autonomía académica.
  • En los programas académicos cuya malla curricular contemple prácticas de externado, internado, práctica sanitaria poblacional u otro similar en el último semestre académico, el curso de trabajo de investigación se dicta en el semestre académico previo más próximo.

Universidad peruana se salva del cierre definitivo tras ganar demanda a Sunedu: busca el licenciamiento desde 2020

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) denegó el licenciamiento a la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (UANCV) en marzo de 2020, estableciendo su cierre definitivo para el 31 de diciembre de 2025. Sin embargo, la universidad inició un proceso administrativo ese mismo año, y el Poder Judicial emitió un fallo a su favor el día de ayer.

Según informó el medio Sin Fronteras, el 13º Juzgado Permanente Contencioso Administrativo de Lima, a cargo de la jueza Martha Cecilia Hinostroza Bruno, emitió una sentencia que declaró fundada la demanda de la UANCV. La resolución anula la Resolución 092-2020-SUNEDU, emitida el 29 de julio de 2020, que rechazó la reconsideración presentada por la universidad; la Resolución 034-2020-SUNEDU/CD, que denegaba el licenciamiento; así como los informes técnicos que sustentaron dichas decisiones.

En consecuencia, la Sunedu deberá realizar una nueva evaluación en un plazo máximo de 30 días. Esta vez, la evaluación deberá considerar únicamente ciertas carreras profesionales y no aplicarse de manera general a toda la universidad, como ocurrió en el proceso original en 2019.

Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez gana demanda a Sunedu

El Poder Judicial ordenó a la Sunedu revoque el procedimiento de licenciamiento de la UANCV hasta la etapa en la que deberá emitir una resolución administrativa complementaria a la Resolución del Consejo Directivo N° 024-2019-SUNEDU/CD del 1 de marzo de 2019.

La jueza precisó que, en una nueva evaluación, se consideren las resoluciones emitidas por la Asamblea Universitaria de la UANCV, en las que se dispuso el cierre de filiales y programas, otorgando un plazo de 30 días hábiles para dicho proceso.

Durante este periodo, la Sunedu deberá emitir un nuevo pronunciamiento respecto a los desistimientos de filiales y programas incluidos en el Recurso de Reconsideración, respaldados por las resoluciones 0013, 0014, 0015 y 0016-2020-UANCV. No obstante, el fallo declaró infundado el pedido de anular la Resolución N° 024-2019-SUNEDU/CD, que aprobó el Plan de Adecuación, y ratificó que, una vez consentida o ejecutoriada la decisión, el caso será archivado definitivamente.

Sunedu denegó licencia a la UANCV en 2020

La Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (UANCV) fue fundada el 28 de diciembre de 1983 mediante la Ley N° 23738. De carácter asociativo, la institución brinda servicios educativos en las regiones de Puno Arequipa.

Según la Sunedu, durante su proceso de licenciamiento, la UANCV decidió desistir de 88 programas académicos, 19 programas no regulares y clausurar 6 locales pertenecientes a 3 filiales ubicadas en las provincias de Azángaro, El Collao y Melgar. Entre las principales deficiencias que motivaron la denegatoria de licenciamiento, se identificaron los siguientes puntos:

  • Deficiencias en infraestructura y equipamiento: Más del 25% de los estudiantes carecen de laboratorios, talleres y herramientas digitales. Además, no existen protocolos adecuados para la seguridad y mantenimiento de instalaciones.
  • Problemas con la carrera docente: Solo el 10% de los docentes trabaja a tiempo completo (muy por debajo del 25% exigido por ley). Además, no hay procesos meritocráticos para el ingreso ni criterios definidos para capacitaciones.
  • Falta de gestión en investigación y ética: La universidad no define el perfil del docente investigador, carece de monitoreo efectivo en proyectos de investigación y no asegura principios éticos en sus trabajos académicos.

Sunedu pide a la universidad Alas Peruanas información sobre obtención de maestría de Marita Barreto

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) envió un oficio a la universidad Alas Peruanas para solicitarle información sobre la obtención del grado académico de Maestra en Derecho Constitucional y Derechos Humanos tras conocerse presuntas irregularidades y favorecimiento indebido.

En un comunicado, informaron que la Unidad de Verificación del Servicio Educativo Superior Universitario tomó conocimiento a través de notas periodísticas sobre «presuntas irregularidades y favorecimiento indebido» en el otorgamiento de este grado.

Según indicaron, estas serían las presuntas irregularidades:

(i) «El proceso de revisión y aprobación de su tesis se habría dado en un lapso de cinco (5) días, el cual llamaría la atención porque no sería suficiente para que la señora Barreto pueda estudiar y sustentar de manera adecuada su tesis, e incluso, se le asigne la calificación de suma cum lauden.

(ii) Tal sería el caso que, el 13 de junio de 2013, la señora Barreto habría solicitado la designación de un jurado evaluador. El 14 del mismo mes, mediante Resolución Vicerrectoral N° 1925-2013-VIPG-UAP, se habría designado al jurado evaluador y, el 19 de junio, habría tenido lugar la sustentación y aprobación de su trabajo con la calificación de summa cum laude, según el Acta de Sustentación correspondiente.

(iii) La tesis de la señora Barreto habría desaparecido y se tendría como no habida, además, no se tendría registro de ella en el Registro Nacional de Trabajos de Investigación de esta Superintendencia, así como en el Repositorio Institucional de la UAP».

La Unidad de Verificación del Servicio Educativo Superior Universitario detalló que, según una consulta realizada el 1 de octubre de 2024 en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales, Marita Barreto cuenta, entre otros, el grado académico de Maestra en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la universidad Alas Peruanas, cuyo diploma fue emitido el 19 de junio de 2013.

Por esta razón, solicitaron a la mencionada universidad que, en el plazo de diez días hábiles, cumpla con lo siguiente:

(i) Indicar y remitir copia del reglamento y/o normativa interna aplicada para el otorgamiento del grado académico de Maestra en Derecho Constitucional y Derechos Humanos a la señora Barreto.
(ii) Remitir copia del expediente de graduación de la señora Barreto que contenga, entre otros, los siguientes documentos:
– Resolución u otro documento que acredite la inscripción del proyecto de tesis.
– Acta u otro documento de designación del asesor de tesis, así como los que acrediten el
cumplimiento de las asesorías.
– Resolución u otro documento de designación de jurado de sustentación de tesis.
– Acta de sustentación, resolución u otro documento de aprobación de la tesis o trabajo de
investigación.
(iii) Remitir copia de la tesis que sustenta el otorgamiento del grado académico de Maestra en Derecho Constitucional y Derechos Humanos a la señora Barreto.
(iv) Precisar los mecanismos implementados por su representada para el archivo y resguardo de los trabajos de investigación conducentes a grados académicos durante el 2013 a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Universitaria. De ser el caso, remitir copia del instrumento normativo que regule ello.
(v) Informar si, a la fecha, recibieron alguna denuncia o cuestionamiento relacionado con los hechos objeto de investigación. De ser el caso, informar las acciones que adoptaron o adoptaran al respecto, así como el resultado de estas.
(vi) Remitir los medios probatorios que considere pertinente para acreditar sus afirmaciones.