Personero legal tendrá un día para justificar reemplazo de Galo Pérez en la lista de «la cholita»

EXPEDIENTE N° ERM. 2022007386

VISTOS:

– la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para Municipal Provincial de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, presentado por Diodoro Ricardo Orduña Burgos, personero legal titular de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA, para participar en las Elecciones Municipales 2022; y otros escritos:

– El escrito de fecha 25 de junio del 2022, presentado por Diodoro Ricardo Orduña Burgos, personero legal titular de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA.

– El escrito de fecha 27 de junio del 2022 presentado por el ciudadano Galo Javier Pérez Rodríguez

CONSIDERANDO

Este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar, e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Municipales 2022, convocadas por Decreto Supremo N.° 001-2022-PCM, conforme al Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales, aprobado mediante Resolución N.° 0942-2021-JNE, publicado el 18 de diciembre de 2021, en el diario oficial El Peruano; y, en el caso de autos, previamente a calificar la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada y su cumplimiento con los requisitos formales de admisibilidad, de manera excepcional y por última vez, este colegiado electoral considera conveniente correr traslado del escrito de fecha 27 de junio ciudadano Galo Javier Pérez Rodríguez quien alega que fue reemplazado de manera ilegal y arbitraria, asimismo, solicitar a la organización política MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA que nos brinde mayor información sobre la convocatoria a la sesión del Comité Electoral Regional “UNIDAD CIVICA LIMA” que según han manifestado fue realizado el 09 de junio del 2022 y de la cual han presentado en autos el ACTA DE ELECCIONES INTERNAS DE CANDIDATOS DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA, donde se le reemplaza al ciudadano Galo Javier Pérez Rodríguez; a fin de que presente sus descargos se le concede el plazo de un (1) día, cumplido dicho plazo con o sin la absolución se emitirá el pronunciamiento sobre la calificación de la Lista.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Huaral en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo único: CORRER TRASLADO del escrito de fecha 25 de junio del ciudadano Galo Javier Pérez Rodríguez y en consecuencia, conceder un plazo de un (1) día calendario al Personero Legal Titular para que pueda realizar sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con o sin la absolución dentro del plazo concedido y teniendo en cuanta los actuados en el presente expediente. Notifíquese a su casilla electrónica del personero legal titular de la ORGANIZACIÓN POLÍTICA MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA.

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