Congresistas pueden postular el 2026 a alcaldes y gobernadores regionales

El pleno del Congreso de la República aprobó el reciente viernes 10 de mayo una legislación que permite a los actuales congresistas postularse para cargos en las elecciones regionales y municipales del 2026.

La medida fue respaldada con 80 votos a favor, 22 en contra y una abstención. Ahora, el documento aprobado será enviado al Poder Ejecutivo, esperando su promulgación u observación

Entre los legisladores que impulsaron la iniciativa se encuentran Nelcy Heidinger Ballesteros (APP), Guido Bellido Ugarte (Perú Bicentenario), César Revilla Villanueva (FP), José Luna Gálvez (PP), José Jerí Oré (SP) y Alejandro Cavero Alva (Avanza País). La congresista de APP abogó por permitir aportes en especie a los locales partidarios y por exonerar del pago de tasas electorales a los candidatos que representen cuotas electorales en zonas clasificadas como pobres y muy pobres.

El cambio normativo que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas fue exonerado del segundo debate, aun cuando la congresista Norma Yarrow intentó sin éxito una reconsideración.

Las reformas incluyen también ajustes en los criterios de convocatoria a Elecciones Generales 2026, estableciendo que esta debe realizarse con no menos de 365 días de anticipación. Así como implicaciones en la participación de miembros de mesa y el financiamiento de campañas, procurando una mayor inclusión y equidad en el contexto electoral.

Más cambios a la Ley Orgánica de Elecciones

El pleno aprobó también una serie de modificaciones significativas en la preparación y el desarrollo de los futuros comicios electorales, poniendo en mira las Elecciones Generales y las Elecciones Regionales y Municipales de 2026. Los cambios legislativos abordan desde la convocatoria de elecciones hasta las condiciones para la candidatura, efectuando un ajuste de normativas que regirán el próximo ciclo electoral peruano.

.Antelación en la convocatoria a elecciones: La convocatoria a las Elecciones Generales 2026 debe realizarse al menos 365 días antes, siendo el 15 de abril de 2025 la fecha límite para realizarla, con el fin de implementar primarias y su fiscalización adecuada.

.Participación de congresistas: Los actuales congresistas podrán postular tanto en las Elecciones Generales como en las Regionales y Municipales de 2026, aprovechando que el último año de su mandato coincide con estos procesos electorales.

.Afiliación electoral: Se reduce el plazo extraordinario de afiliación a partidos políticos a 6 meses antes de la convocatoria electoral, permitiendo la participación en elecciones primarias, modificando el periodo mínimo previo de un año, es decir, «hasta el 11 de octubre de 2024», aproximadamente.

.Exclusión de candidaturas: Solo se excluirá a los candidatos que posean sentencias judiciales firmes, enfatizando la importancia de la veracidad en la declaración jurada de bienes, la cual será fiscalizada y, de encontrarse falsedades, resultará en sanciones económicas.

.Modalidad de postulación en internas: Las organizaciones políticas podrán decidir, según sus estatutos, si en las elecciones internas o primarias, los candidatos postulan de manera individual o por listas.

.Suspensión de inscripción de organizaciones: Aquellas organizaciones políticas que no cumplan con el mínimo de afiliados requeridos seis meses antes de las elecciones, verán suspendida su inscripción.

.Franja electoral en primarias: Se garantizará el acceso a financiamiento público directo y a espacios gratuitos de publicidad en medios de comunicación para los candidatos de elecciones primarias, desde 15 días hasta 2 días antes de las votaciones.

.Excepciones para ser miembro de mesa: Se establecen causales específicas de renuncia a ser miembro de mesa, incluyendo impedimentos físicos o mentales graves, necesidad de salir del país, embarazo o periodo de lactancia hasta los dos años del hijo/a, y ser mayor de 65 años.

Tambien los congresistas han aprobado en el mencionado dictamen de ley que:

▶️Eliminan la alternancia en la fórmula presidencial.

▶️ Eliminan la paridad horizontal.

▶️Permiten que empresas financien locales donde funcionan comités

▶️Elevan causal de cancelación a movimientos regionales y reducen causal de cancelación de partidos: En este caso aquel movimiento regional que no llega al 10% de votos validos y como también no coloque dos consejeros regionales será cancelado.

Y en caso de los partidos Políticos los han bajado la valla que dice:

A)Si, al concluirse el último proceso de elección general, no se hubiera alcanzado al menos cinco (5) representantes al Congreso en más de una circunscripción y, al menos, cinco por ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional en la elección del Congreso.

B) En caso de haber participado en alianza, si esta no hubiese alcanzado al menos cinco por ciento (5%) de los votos válidos. Dicho porcentaje se eleva en uno por ciento (1 %) por cada partido político adicional.

Y otros modificatorias más lo podrá leer en el dictamen de los proyectos de ley mencionados que han sido aprobados como Ley también por nuestros congresistas ancashinos también.

¿Si Vivian Olivos FP, Gustavo Cordero FP, Janet Rivas PL y Javier Padilla RN, congresistas periodo 2021-2026, se presentan como candidatos para las elecciones 2026 apoyarías con tu voto?

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