La Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Banco Central de Reserva (BCR) dar cumplimiento al mandato contenido en la Ley 32251 y en consecuencia, hacer uso correcto del escudo nacional y el uso del lema nacional “Firme y Feliz por la Unión” en la acuñación de las monedas y billetes que emite.
“Está constituido por un timbre una corona cívica de encina, cerrada, vista de plano, y el blasón está sostenido a cada lado por dos estandartes nacionales con la bandera nacional, uno pequeño adelante y uno grande atrás, y las banderas nacionales entrelazadas en la parte inferior”, decía la referida norma.
Renuencia
De esta forma, se declaró fundada en parte la demanda de cumplimiento (Expediente 01303-2023-PC/TC), presentada por Carlos Tenicela Ninamango, al haberse acreditado la renuencia de la gestión de Julio Velarde en el BCR.
“En la demanda se señala que el BCR no viene cumpliendo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto Ley 11323, del 31 de marzo de 1950, y la Resolución Legislativa del 25 de febrero de 1825, que prescriben, respectivamente, el uso correcto del escudo nacional y el uso del lema nacional «Firme y Feliz por la Unión» en la acuñación de las monedas y billetes que emite”, indicó el máximo intérprete de la Carta Magna.
Ley 32251
Si bien un argumento se basaba en el Decreto Ley 11323, sus parámetros siguen vigentes en la actual Ley 32251.
“El mismo que deberá materializarse a partir de la emisión del próximo circulante de monedas y billetes”, precisó el Tribunal Constitucional.