Mediante Ordenanza Municipal N.° 008-2025-MDA-CM, la Municipalidad Distrital de Aucallama dispuso la institucionalización de los actos cívicos y embanderamiento general cuya finalidad es reafirmar y fomentar los sentimientos de identidad nacional y local, así como la revaloración de principios como la identidad, civismo, respeto y amor por la patria, a los símbolos patrios y a nuestra ciudad, entre la comunidad y/o ciudadanos.
Dicha norma, se materializa en el marco del 205. ° Aniversario de la Independencia del Perú, razón por el cual todas las edificaciones deben izar la Bandera Nacional (sin el Escudo Nacional) en los techos o azoteas de las casas o viviendas, edificios particulares, establecimiento comerciales, industriales, talleres y fábricas, centros de trabajo o laborales del sector privado, instituciones privadas, clubes, colegios privados, entre otros.
La norma dispone, además, que el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional del Perú en el centro) deberán ser izados en los techos o azoteas de las Instituciones Públicas de nuestro distrito.
Cabe señalar que la referida ordenanza contempla la configuración de INFRACCIONES y SANCIONES ante el NO embanderamiento general con multas que van desde el 1%, 3% y 13% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, según el tipo de locación y ubicación geográfica.
