Congreso aprobó bicameralidad en claro conflicto de intereses con ley diseñada a la medida de sus propias aspiraciones políticas

El Congreso de la República aprobó una reforma electoral que permitirá el retorno de la bicameralidad en el Perú. De esta manera, en las próximas elecciones, los peruanos deberán elegir representantes tanto para la cámara de senadores como para la de diputados.

La aprobación de esta norma generó controversia, ya que en un referéndum anterior, la ciudadanía se expresó en contra de la implementación de las dos cámaras. Sin embargo, los parlamentarios optaron por darle luz verde a esta medida, desoyendo la voluntad popular manifestada en las urnas.

Pero, el problema no queda ahí. Entre las reformas aplicadas a la normativa electoral, la Comisión de Constitución modificó el artículo 90 de la Constitución, estableciendo lo siguiente: “Para ser elegido senador se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido cuarenta y cinco años al momento de la postulación (…)”

Este cambio convierte al Perú en el único país que exige la edad mínima más alta del mundo para ser senador, con 45 años, mientras que para postular a la presidencia de la República solo se requieren 35.

Este cambio limita la participación política de los peruanos y que de haber estado vigente, muchos de los actuales congresistas ni siquiera habrían podido postularse.

Esto reduce la competencia, especialmente en un país donde la mayoría de la población tiene menos de 45 años. De hecho, muchos congresistas del actual Parlamento no podrían postularse bajo esta exigencia”.

Sin embargo, ¿por qué los parlamentarios harían una norma que limita su postulación al Senado? Bueno, como era de esperarse, esta reforma no los afecta en nada, pues además de la edad mínima, otro de los requisitos para ser senador es haber sido congresista.

Este grupo de congresistas probablemente se presentará como candidatos al Senado en las elecciones de 2026, aprovechando un beneficio que, para muchos, es un claro conflicto de interés. Si bien es cierto que estos políticos tienen experiencia y trayectoria, no es menos cierto que esta reforma de la ley parece diseñada, en gran medida, para proteger sus propias aspiraciones políticas.

Congreso promulga ley electoral sobre bicameralidad que aumentaría número de legisladores a 237 en el año 2031

Debido a que el gobierno de Dina Boluarte se lavó las manos en presentar observaciones, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, promulgó la ley sobre las reglas para elegir el Congreso bicameral en las elecciones generales del 2026. Dicha norma, ademá, provocaría que aumente el número de parlamentarios, como mínimo, a 237 para los comicios del 2031.

La ley dice que el Congreso bicameral tendrá 130 diputados y 60 senadores, pero líneas abajo señala que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) establecerá que haya un representante por cada 160 mil electores en nuestro país.

En la práctica eso incrementa el número de congresistas. En los comicios regionales y municipales del 2022, hubo 24.7 millones de electores. Tomando de referencia esa cifra, habría 158 diputados y 79 senadores.

Cuando esa parte fue discutida en la Comisión de Constitución del Congreso, el presidente de este grupo, el fujimorista Fernando Rospigliosi, dijo que ese cambio aplicaría a partir del año 2031.

Y en efecto, la ley dice en una de sus disposiciones finales que la parte referida a que haya un congresista por cada 160 mil electores, aplicará luego de terminada las elecciones generales del 2026.

La promulgación de esa ley se da en un contexto en que el Congreso busca tirar la casa por ventana para acoplar sus instalaciones para el sistema bicameral, sin medir el uso de recursos públicos. La reforma del sistema con doble cámara parlamentaria tiene un tope.

El Congreso solo puede usar máximo el 0.6% del presupuesto nacional y para este año, sin embargo, sus recursos llegan al 0.56%, operando todavía con la unicameralidad.

Con 237 parlamentarios, es inminente que esta institución requerirá más recursos públicos, debido a la cantidad de asesores que requiere, despachos, oficinas y otros requerimientos.

Ese dictamen fue maquinado desde la Comisión de Constitución, que preside el fujimorista Fernando Rospigliosi, y contó con el apoyo de sus aliados de Alianza Para el Progreso (APP), Perú Libre y sus demás bancadas satélites.

Flexibiliza la valla electoral para alianzas en los comicios del 2026

La ley, además, establece una valla electoral de 6% para las alianzas en los comicios del 2026, sin importar el número de partidos políticos que la conformen. El argumento para aprobar esa modificación fue que, debido a la proliferación de agrupaciones políticas inscritas para las elecciones generales, es necesario que haya coaliciones que permitan una mejor oferta.

Una bancada promotora de esa norma fue Avanza País, con los congresistas Adriana Tudela y Alejandro Cavero.

Cuando el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) era el magistrado Jorge Luis Salas Arenas, observó la propuesta porque consideró que iba a ocasionar que lleguen al Congreso partidos políticos con poca representatividad. Sin embargo, la comisión de Rospigliosi pasó por alto los cuestionamientos y siguió para adelante con su iniciativa.

Congreso contra el reloj y los movimientos regionales

Las reglas electorales todavía pueden ser modificadas. El Congreso tiene plazo para cambiarlas hasta abril, mes en que la mandataria Dina Boluarte está obligada a convocar al proceso para las elecciones generales del 2026.

Una norma que es de interés de la coalición que gobierna el Parlamento es la que permite a los actuales congresistas a postular a ser gobernadores o alcaldes en las elecciones regionales y municipales del 2026.

Esa propuesta, además, elimina los movimientos regionales.

El problema para la coalición Fuerza Popular – APP – Perú Libre es que no tiene los 87 votos para ratificar la aprobación de esta ley. A mediados del año pasado, la iniciativa recibió luz verde en el Pleno, pero cuando iba a ser sometida a segunda votación en diciembre, no tenía los dos tercios a su favor.

Javier Arévalo alerta que la bicameralidad incluyó contrarreforma en lucha anticorrupción

Este jueves 21, durante una ceremonia por el quinto aniversario del Subsistema Nacional Subespecializado en Extinción de Dominio, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, alertó que el Congreso incluyó una contrarreforma en la bicameralidad que generaría impunidad en altos funcionarios que cuentan con antejuicio político.

«Se ha publicado esta ley de reforma constitucional y en el artículo 100, tercer párrafo, está hablando de la acusación a altos funcionarios. En caso de resolución acusatoria de contenido penal, el fiscal de la Nación evalúa conforme a sus atribuciones el ejercicio de la acción penal ante la Corte Suprema», explicó el titular del Poder Judicial.

Y luego comparó con lo que disponía dicho artículo antes que el Congreso apruebe la bicameralidad. «¿Qué decía antes? En el caso de resolución acusatoria de contenido penal, el fiscal de la Nación formula denuncia ante la Corte Suprema en el plazo de cinco días, el vocal supremo penal abre instrucción correspondiente», detalló.

Para contextualizar las declaraciones del magistrado Javier Arévalo, es necesario precisar que conforme al artículo 99 de la Constitución, los altos funcionarios cuentan con la prerrogativa del antejuicio político. Cuando el titular del Ministerio Público necesita formalizar la investigación preparatoria, primero presenta una denuncia constitucional ante el Congreso contra el funcionario imputado. El Pleno finalmente evalúa, debate y vota un informe final sobre esa acusación. De ser aprobado, el fiscal de la Nación queda facultado para formalizar la indagación y acusarlo ante la Corte Suprema.

Lo que ha trastocado el Congreso con su contrarreforma es que ahora el fiscal de la Nación, luego de que el Pleno apruebe una acusación constitucional, no está obligado a proceder con la acción penal en el plazo de cinco días, como antes lo señalaba la carta magna. Es decir, con base en su criterio, el jurista decidirá si procede ante la Corte Suprema.

Por eso, el titular del Poder Judicial enfatizó el problema que ha generado el Congreso con esta contrarreforma incluida en la bicameralidad y sus consecuencias. «Estamos dejando abierta la posibilidad que a futuro un fiscal politizado o una Corte Suprema politizada, que ve el tema de investigación preparatoria, pueda no procesar. Es un retroceso terrible en la lucha contra la corrupción de los altos funcionarios que se ha aprobado y que nadie se ha dado cuenta», advirtió.

¿Cómo favorece esta ley a los congresistas investigados?

En el caso de la suspendida Patricia Benavides, 14 congresistas están investigados por la fiscal suprema Delia Espinoza. Cuando ella decida formalizar indagación preparatoria deberá presentar denuncias constitucionales contra estos parlamentarios y será el Pleno la instancia final que evalúe la procedencia.

De recibir luz verde la acusación, el titular del Ministerio Público no estará sujeto a un plazo para proceder con la demanda ante la Corte Suprema. Es la trampa que incluyó el Congreso en la bicameralidad y que juega en pared con las pretensiones de blindaje.

La trampa incluida por el Congreso en la bicameralidad

Así estaba el artículo 100 de la Constitución antes de la bicameralidad

Así estaba el artículo 100 de la Constitución antes de la bicameralidad

La trampa que incluyó el Congreso con la bicameralidad

Ejecutivo promulga ley con 53 cambios a la Constitución, entre ellos la bicameralidad

Pese a que casi 14 millones de peruanos (85% de votantes) rechazaron el retorno a la bicameralidad en el referéndum del 2018, la presidenta Dina Boluarte promulgó ayer la ley N° 31988 aprobada por 91 parlamentarios que, además, lleva de contrabando otras 52 modificaciones a la Constitución, entre ellas el retorno de la reelección consecutiva.

El cambio más visible se aplica al artículo 90 de la carta magna, pues ahora se establece que, a partir del 2026, el Congreso estará compuesto por un Senado integrado por 60 legisladores y una Cámara de Diputados con 130 miembros, ambos elegidos por un periodo total de 5 años. Sin embargo, agrega que en ambos casos el número puede ser incrementado solo mediante una ley orgánica.

Cabe recordar que en 1993 la Constitución del fujimorismo optó por la unicameralidad bajo el argumento de que sería menos costoso para el país, y hoy opina todo lo contrario.

La norma -que contó con el voto en bloque de Fuerza Popular, dirigida por Keiko Fujimori, y Perú Libre entre otras bancadas- señala que las personas que deseen postular al Senado deben tener al menos 45 años y haber asumido el cargo de congresista o diputado, lo que parece dirigido a los actuales parlamentarios. Mientras que para ser diputados la edad mínima es de 25 años.

Asimismo, abre la puerta a la reelección inmediata, tanto de diputados como de senadores, y permite que el candidato a la Presidencia o Vicepresidencia de la República no solamente pueda postular a la Cámara Alta, como era antes, sino también a la de diputados.

Si bien se mantiene la posibilidad de que los diputados y senadores puedan ser también ministros, ya no podrán votar en comisiones o en el pleno del Congreso en su calidad de parlamentario, como sucede en la actualidad.

También modifica el artículo 134 de la Constitución recortando la potestad del jefe de Estado de disolver el Congreso por determinadas causales, precisando que solo podrá cerrar la Cámara de Diputados, mas no la de senadores. Sin embargo, no ha tocado la polémica vacancia presidencial por “incapacidad moral permanente”, por lo que continúa siendo una espada de Damocles.

Además, la norma elimina la cuestión de confianza obligatoria para el premier y su gabinete ministerial al inicio de su gestión, señala en el artículo 130 de la carta magna. Acudirán a la Cámara de Diputados a exponer su política y ya no necesitarán de su respaldo para continuar en el cargo.

Remoción de autoridades

La norma también indica que los miembros de la Junta Nacional de Justicia, así como el defensor del Pueblo, pueden ser removidos por causa grave por la Cámara Alta, mediante los votos de los dos tercios del número legal de sus miembros. Esto no figuraba en la Constitución actual.

Y en el caso defensor del pueblo se establece que deberá presentar un informe ante la Cámara de Diputados una vez al año o cada vez que se lo soliciten.

La congresista de Cambio Democrático-Juntos por el Perú, Ruth Luque, informó acerca de la promulgación de la ley de retorno a la bicameralidad por medio de sus redes sociales. La parlamentaria indicó lo siguiente: “Hoy se publica la modificatoria de más de 50 artículos de la Constitución, sin referéndum, sin participación ciudadana”.

Luciano López: falta una reforma política

El abogado constitucionalista Luciano López consideró que no es adecuado regresar a la bicameralidad, porque no hay una reforma política.

A través de sus redes sociales, indicó que se dificultará la reforma constitucional con el próximo Congreso, “porque ahora la valla de votación se eleva”.

Precisó que para hacer reformas constitucionales sin referéndum, se requerirá “87 votos en la Cámara de Diputados y 41 en la cámara de senadores, en dos legislaturas ordinarias sucesivas”.

El Ejecutivo promulgó la ley del retorno a la bicameralidad

El Gobierno promulgó este miércoles la ley que reforma la Constitución para el restablecimiento de la bicameralidad en el Perú, disposición que fue aprobada a inicios de marzo de este año por el pleno del Congreso de la República. 

De acuerdo con la nueva ley (31988), publicada hoy el diario oficial El Peruano, el Poder Legislativo del Estado reside en el Congreso de la República, el cual está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.   

La ley puntualiza que el Senado está conformado por un número mínimo de 60 senadores, elegidos por un período de cinco años en un proceso electoral y establece que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional. 

En tanto, de acuerdo a la norma, «la Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de ciento treinta diputados, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley». 

Además, la ley indica que La presidencia del Congreso de la República recae de manera alternada sobre los presidentes de cada cámara (…) los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo. 

De acuerdo con la Ley 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República, se modifican los artículos 2, 39, 56, 57, 78, 79, 80, 81, 82, 86, 87, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 117, 118, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 139, 142, 150, 157, 161, 162, 182, 183, 191, 194, 201, 203 y 206 de la Constitución Política.

Uno de esos cambios tiene que ver con la reelección de parlamentarios. El texto de la norma señala, por ejemplo, que para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado, es decir, abre la puerta para una reelección inmediata de legisladores que hoy son parte del actual Congreso. 

La norma legal fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

El pasado 6 de marzo, el Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Por tratarse de una reforma constitucional, se requerían dos votaciones con resultado a favor por encima de 87 votos en dos legislaturas diferentes y consecutivas, con el fin de aprobarse sin recurrir a un referéndum. La primera votación ocurrió el 16 de noviembre de 2023, votación que alcanzó 93 votos a favor. 

Esta reforma modifica la Constitución peruana y permite que a partir de las próximas elecciones generales se elijan ya no a 130 congresistas como hasta la fecha, sino a 190 parlamentarios que estarán agrupados en dos cámaras, la de senadores con 60 miembros y la de diputados con 130 integrantes. 

Bicameralidad con reelección

En El Poder en tus Manos de RPP se ha informado que la ley del retorno a la bicameralidad, no sólo modifica la Constitución respecto de la distribución y número de congresistas,  introduce 74 cambios en 56 artículos de la carta magna. 

Uno de esos cambios tiene que ver con la reelección de parlamentarios. El texto de la norma señala, por ejemplo, que para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado, es decir, abre la puerta para una reelección inmediata de legisladores que hoy son parte del actual Congreso. 

Deja sin efecto el artículo 90-A de la Constitución que establece que los congresistas no pueden ser elegidos por un nuevo periodo de manera inmediata.

Este cambio ha sido motivo de críticas de especialistas en materia constitucional, como el abogado y docente universitario, Heber Joel Campos: “un gesto valioso de este Congreso hubiese sido precisar que la reelección de congresistas no opera para los congresistas actuales, de este modo el pueblo hubiese entendido que detrás de esta reforma había un genuino interés de mejorar la calidad de la representación política en el Perú, antes que la búsqueda de un beneficio particular”, dijo a El Poder en tus Manos.

Por su parte, el politólogo Fernando Tuesta Soldevilla, afirmó que “en general, la ley [de la bicameralidad] está bien, incluso me ha sorprendido en algunos artículos. Siempre se pueden hacer observaciones, pero creo que es un gran avance», indicó.

Pero también observó que para muchos congresistas la finalidad de aprobar esta ley responda a un interés reeleccionista: “Siempre está la observación de un Parlamento que tiene poca legitimidad, que es probable que muchos congresistas lo hayan aprobado porque quieren la reelección, pero más allá de eso regresar a la bicameralidad es mucho mejor, que es un modelo histórico de Parlamento desde inicios de la república hasta el año 93″, sostuvo.

Algunas funciones asignadas

Los futuros 130 diputados formularán leyes y serán los 90 senadores quienes serán el filtro prinicipal de las leyes que serán aprobadas. Por otro lado, será la cámara de Senadores la que tendrá en sus manos la designación de funcionarios en puestos claves como del Contralor General de la República, del presidente del Banco Central de Reserva y parte de su directorio, así como del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), entre otros. 

Gustavo Adrianzén de acuerdo con el retorno a la bicameralidad: “Tenemos que exigirles cuentas a los diputados y senadores”

El nuevo presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, dijo en RPP que está de acuerdo con el retorno a la bicameralidad, aprobada por el Congreso de la República, y que estaría mal que el Poder Ejecutivo interfiera en este tipo de decisiones.

En su primera entrevista desde que asumió el cargo, el jefe del Gabinete se refirió sobre la decisión del Congreso -del pasado 6 de marzo-, que aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad, con 93 votos a favor, 28 en contra y 1 abstención. De esta manera, a partir de las próximas elecciones, el nuevo Parlamento contará con dos cámaras: una de senadores y otra de diputados, y se elegirán a 190 legisladores.

“Volveremos a la bicameralidad, que esperamos nos traiga un poco más de sosiego en el Parlamento, donde la precipitación para aprobar una ley no sea como en algunas ocasiones hemos visto. Sino que, luego de que diputados hagan lo suyo, el Senado tenga la oportunidad de reflexionar sobre ello. Yo estoy de acuerdo”, dijo en Enfoque de los Sábados.

“Aquí el mensaje más importante respecto a la bicameralidad es no olvidar que nosotros elegimos y elegiremos en el 2026 a los diputados y senadores, a quienes tenemos que exigirles cuentas”, agregó.

El jefe del Gabinete también se refirió sobre la suspensión de Inés Tello y Aldo Vásquez, miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), por parte del Congreso. En ese sentido, indicó que existe un impacto en la comunidad internacional porque “se ha politizado la justicia y se ha judicializado la política”.

“El impacto que tiene en la comunidad internacional, yo lo vi durante el tiempo que estuve en la OEA, todo el tema de la autonomía del sistema de administración de justicia, es muy sensible a la región, porque todos somos testigos como se ha politizado la justicia y cómo se ha judicializado la política, en extremos que resultan intolerables, pero entonces lo que se ha pedido es respeto a las autoridades del sistema de justicia y yo lo único que dije fue que nadie está excepto del control constitucional”, afirmó.

Sin embargo, Gustavo Adrianzén indicó que “no debe olvidarse también que este control debe realizarse en el marco estricto del debido proceso y garantizando siempre el derecho de la defensa de quién pueda estar comprometido”.

Reactivación económica

Gustavo Adrianzén indicó que el Ejecutivo tiene varios proyectos para impulsar la reactivación económica como Chavimochic, Chinecas y Tía María. Asimismo, afirmó que serán convocados los gremios laborales y empresariales para tener diálogos y llegar a acuerdos.

“Estuvimos hace dos días en Chimbote, inaugurando centros educativos de primera calidad y ahí tuvimos oportunidad de hablar de Chinecas y el éxito que está significando y de aquellos pasos que nos faltan dar para concretarlo. Yo me imagino que Chinecas en los próximos meses va a terminar de ser la realidad que todos esperamos para bien de la región”, señaló.