Caso Cócteles: fiscal Pérez pide que se excluya solo a Oré Guardia y continuar con juicio a Keiko Fujimori

El fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista y catedrático Arsenio Oré Guardia, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.

Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado, Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa escucharon a la fiscalía, la procuraduría y los abogados defensores antes de tomar una decisión. Los magistrados han pasado a discutir en privado su decisión. La audiencia se encuentra en receso.

Pérez explicó que frente a la sentencia del Tribunal Constitucional el Juzgado Penal Colegiado tiene dos alternativas. La primera postura, que comparte la fiscalía, es ejecutar única y exclusivamente la exclusión del abogado y catedrático de derecho penal, Arsenio Oré Guardia, en una decisión razonable.

La segunda alternativa o postura, que la fiscalía no comparte, es la exclusión de todos los acusados por obstrucción a la justicia. Lo que suceder, dijo, es esperar el nuevo pronunciamiento del fiscal superior y coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.

¿Ustedes tienen las atribuciones y facultades para extender los alcances de la sentencia a las personas que no fueron incluidas en el proceso de Amparo? preguntó el fiscal a los jueces. «Un proceso de Amparo en el que no fui emplazado, a pesar que me reconoce como agraviado», anotó Pérez.

Agregó que los otros procesados que se sientan incluidos en esta sentencia tendrán que accionar y pedir su derecho en ejecución de sentencia. El Juzgado Penal Colegiado no tiene la facultad para excluir a todos, cuando existen las vías legales para que ellos pueden hacerlo, explicó.

El fiscal José Domingo Pérez también se pronunció en contra del pedido de los 14 abogados de incluir en los alcances de la sentencia el delito de organización criminal.

La procuraduría general del Estado respaldó la posición del Ministerio Público. Solo se debe acatar respecto de Arsenio Oré y que los demás acusados esperen.

Antes de la intervención del fiscal, los abogados pidieron que se cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que se afectaron los abogados de Arsenio Oré Guardia porque José Domingo Pérez investigó un hecho donde el fiscal aparecía como agraviado.

Algunos abogados han pedido la nulidad del proceso no solo por obstrucción a la justicia, sino también por organización criminal y que el caso sea devuelto a la fiscalía, para que se reformule la acusación y se realice un nuevo control de la acusación.

Preguntas del Juzgado

Luego de escuchar al fiscal, la procuraduria y los abogados, los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado realizaron una serie de preguntas al fiscal.

La presidenta del Juzgado, Juana Mercedes Caballero le preguntó al fiscal que resoluciones se emitieron después del 7 de enero de 2019. Pérez respondió que en esa época el caso se encontraba en investigación preparatoria y todavía no se había presentado la acusación fiscal.

En la disposición N° 93 del 11 de diciembre de 2018 la fiscalía amplió las investigaciones a Oré Guardia y otros por obstrucción a la justicia. En las disposiciones 146 del 6 de diciembre de 2019 y la 206 del 18 de diciembre de 2020 se amplían las investigaciones por obstrucción de las investigaciones en organización criminal y se incluye a Keiko Fujimori y otros.

Abogados: la sentencia debe cumplirse para todos

Christian Salas, abogado de Fuerza Popular

Christian Salas, abogado de Fuerza Popular

Luego de escuchar al fiscal, el Juzgado Penal Colegiado volvió a escuchar la posición de los abogados defensores. Christian Salas Beteta precisó que el TC no establece que el fiscal José Domingo Pérez sea el perjudicado, sino que al precisar los hechos señala que sería interesado directo en el resultado de la investigación.

«El fiscal debería ceder la intervención del Ministerio Público a su fiscal adjunta, ya no debería intervenir por la sentencia del TC», anotó.

Salas subrayó que la sentencia no dice que anula las resoluciones y disposiciones respecto de Arsenio Oré Guardia, sino que declara la nulidad de todos los actos fiscales posteriores al 7 de enero de 2019, lo que incluye la acusación fiscal por obstrucción a la justicia.

El abogado Percy García explicó que no es cierto que el Tribunal Constitucional no notificará al fiscal José Domingo Pérez, pues en el proceso intervino el fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.

Humberto Abanto indicó que la sentencia pone en evidencia que el fiscal José Domingo Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia, lo que afectó no solo Arsenio Oré Guardia, sino a todos los demás investigados por los mismos hechos.

Percy García Cavero, abogado de Arsenio Oré Guardia

Percy García Cavero, abogado de Arsenio Oré Guardia

También organización criminal

«Las resoluciones emitidas por el fiscal Pérez son nulas y la nulidad alcanza a todos los procesados incluidos en esas decisiones, que sean imputados por obstrucción a la justicia, no excluye solo a Oré Guardia. No hay una nulidad parcial», argumentó Gonzalo del Río.

Preciso que esta nulidad alcanza al delito de organización criminal respecto a obstrucción de la justicia.

La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza indicó que la sentencia debe cumplirse en sus propios términos y argumentos. Lo que se anula son todas las disposiciones sobre obstrucción a la justicia, pues Oré Guardia no fue el único investigado por este delito, sino también se incluyó a otros procesados.

También rechazaron la posición de la procuraduría, de que cada uno de los investigados por obstrucción a la justicia recurran individualmente a las instancias constitucionales o en ejecución de una sentencia, para solucionar un vicio procesal que ocurrió cuando el fiscal intervino en una investigación donde era agraviado.

Caso cócteles: Fiscal reiterará en juicio pedido de 30 años y 10 meses de prisión para Keiko Fujimori

Este martes, 9 de julio, continúa el juicio del caso Cócteles y el fiscal del Equipo Especial Lava Jato, José Domingo Pérez Gómez, reiterará en audiencia pública, este martes 9 de julio, el pedido de 30 años y 10 meses de prisión para Keiko Fujimori como presunta cabecilla de la organización «La cúpula» infiltrada en el partido político fujimorista Fuerza Popular.

Pérez pide esa pena para la hija del dictador Alberto Fujimori, en calidad de presunta autora de los delitos de organización criminal y lavado de activos; y presunta autora mediata por dominio de organización de los delitos de obstrucción a la justicia y falsa declaración en procedimiento administrativo.

El fiscal Pérez les informó a los jueces del Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, Juana Caballero, Naylo Coronado y Max Vengoa, que necesitará una hora de la audiencia del martes, para concluir la presentación de la acusación. Es posible que necesite algo más de tiempo, ya que debe precisar los presuntos hechos ilícitos que atribuye a cada uno de los más de 40 acusados y las penas que solicita para ellos.

Hay que recordar que el fiscal Pérez presentó la acusación del ‘caso cócteles’ por escrito en marzo del 2021. En la actualidad, está realizando un resumen oral de la acusación para conocimiento de los jueces y a la opinión pública. Según lo observado el 2 de julio, el discurso del fiscal parece está dirigido más a la opinión pública y a los medios de comunicación, que al debate jurídico.

El fiscal Pérez también pedirá 30 años y 10 meses de prisión para los que considera, junto a Keiko Fujimori, como integrantes de la cúpula de la organización criminal: Vicente Silva Checa, Pier Figari Mendoza, Ana Herz Garfías, Jaime Yochiyama Tanaka, José Chlimper Ackerman y Adriana Tarazona. A los presuntos cómplices principales, Pérez les atribuye autoría en los delitos de organización criminal y lavado de activos, autor mediato en falsa declaración y coautor no ejecutivo de obstrucción a la justicia.

En la investigación del caso Cócteles, los abogados aparecían como autores periféricos que habrían actuado luego que empezó la investigación fiscal a las actividades de la presunta organización, pero en los últimos discursos del fiscal José Domingo Pérez se les coloca en el centro de las actividades ilícitas, parte esencial de «La cúpula», alegato que no tiene relación con la acusación escrita, ni las penas solicitadas.

Audiencia pública del juicio en el caso Cócteles

Audiencia pública del juicio en el caso Cócteles

La procuraduria

Luego de la intervención del fiscal José Domingo Pérez, corresponderá el turno de los abogados que representan al Estado, los procuradores. Ante la eventualidad de que Pérez necesite más de una hora para terminar, los jueces solo han programado para el martes 9 a la fiscalía y los procuradores.

A los representantes del Estado les corresponde establecer a cuánto asciende el daño económico causado por los presuntos delitos cometidos por la organización criminal y el lavado de activos. A partir de esa cuantificación o valorización de daños, los procuradores pedirán el pago de la reparación civil, un monto económico que, en caso de ser condenados, deberán pagar en forma individual o de manera solidaria.

Miércoles: la defensa

Abogada Giulliana Loza va a contradecir la acusación fiscal

Abogada Giulliana Loza va a contradecir la acusación fiscal

El Cuarto Juzgado Penal Colegiado ha programado que a partir del miércoles 9 de julio se desarrollen los alegatos de apertura de los abogados de los más de 40 acusados. Ellos deberán explicar qué pretenden en el juicio y cómo contradecirán los alegatos y hechos descritos por la fiscalía.

El orden en que intervendrán los abogados se definirán el martes, aunque lo más probable que se inicie con la intervención de la abogada Giulliana Loza, en representación de Keiko Fujimori, por ser la principal acusada.

Ese mismo día se debe definirse el tiempo que tendrá cada abogado para su intervención. Un tiempo prudencial que garantice el debido proceso y el derecho de defensa. Ese tiempo, no puede ser igual al del fiscal, pues eso alargaría el juicio público afectado el derecho de los acusados a un juicio en un tiempo razonable.

La única excepción podría ser de la abogada defensora de Keiko Fujimori, al ser la principal acusada y tener que responder sobre cuatro delitos. Darle a los abogados el mismo tiempo que el fiscal supondría unas 40 audiencias continuadas. Esto es más de cinco meses de alegatos, teniendo en cuenta que en un mes se pueden realizar ocho audiencias, dos veces por semana.

Otro aspecto que el tribunal debe decidir es la situación de los acusados especiales, es decir, aquellos que están sometidos a un proceso de colaboración eficaz. Ellos también fueron citados al juicio, pero no se presentaron físicamente en las primeras audiencias debido a su condición especial. El fiscal no los incluyó en su alegato oral de acusación del martes 2 de julio. Sería necesario abordar la situación de este grupo de siete acusados para definir su situación jurídica.