Ciudadano solicitará la suspensión del alcalde de Chancay, tras confirmación de sentencia

Una solicitud formal de suspensión contra el alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, será presentada este jueves 19 de marzo por el ciudadano Mauro Tafur Olacua. El pedido surge tras la confirmación de una sentencia condenatoria contra el burgomaestre, hecho que, según el solicitante, configura una causal directa para separarlo del cargo.

Tafur Olacua fundamenta su requerimiento en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, instando al Concejo Municipal a convocar una sesión para evaluar la situación.

El ciudadano, respaldado por su abogado, sostiene que la permanencia de la autoridad afecta la legalidad y la confianza pública, calificando la sentencia como un hecho objetivo que requiere una respuesta administrativa inmediata.

Casación de Juan Álvarez: Una maniobra dilatoria sin sustento jurídico

OPINIÓN: Por Víctor Gómez, director periodístico de Enfoque Real

En relación con la intención del señor Juan Álvarez Andrade de interponer recurso de casación contra la sentencia que confirma su condena por delito de peculado, corresponde señalar con claridad lo siguiente:

Desde el punto de vista estrictamente jurídico, dicho recurso carece de sustento real y viabilidad efectiva.

La normativa procesal penal es clara: la casación no constituye una tercera instancia ni un mecanismo para reabrir el debate probatorio. Su finalidad es exclusivamente revisar errores de derecho de especial relevancia. En el presente caso, la sentencia ha sido emitida en doble instancia, con fundamentos suficientes y dentro de criterios jurídicos ya consolidados en la jurisprudencia nacional.

Adicionalmente, es importante precisar que el sistema procesal penal contempla dos tipos de casación:

Casación ordinaria, que exige el cumplimiento de requisitos objetivos estrictos, como un determinado nivel de pena o cuantía económica, los cuales no se cumplen en este caso.

Casación excepcional, que solo procede cuando existe un problema jurídico de relevancia nacional que justifique el desarrollo de doctrina jurisprudencial.

En el caso concreto, no solo está descartada la casación ordinaria por falta de requisitos legales, sino que tampoco se configura un verdadero supuesto de casación excepcional. No existe un debate jurídico novedoso ni un vacío interpretativo que amerite pronunciamiento de la Corte Suprema. Por el contrario, los cuestionamientos que se pretenden plantear giran en torno a la valoración de hechos y pruebas, aspectos que no son materia de revisión en sede casacional.

En ese contexto, la interposición de este recurso no responde a una estrategia jurídica seria, sino que constituye, en los hechos, una maniobra dilatoria destinada a prolongar innecesariamente el proceso.

Debe decirse con firmeza:

la casación en este caso es, jurídicamente, una pérdida de tiempo.

Las probabilidades de admisión son reducidas y las de éxito aún menores, lo que evidencia que no existe un sustento técnico suficiente que permita revertir la decisión adoptada por el órgano jurisdiccional.

En consecuencia, insistir en este recurso no contribuye a la justicia ni al esclarecimiento de los hechos, sino únicamente a postergar el cumplimiento de una sentencia válidamente emitida.

Cae Juanelo alcalde de Chancay y crece presión sobre Rosa Vásquez por su permanencia en el cargo

La Sala Penal de Huacho ratificó en segunda instancia la condena de cinco años de prisión suspendida contra el alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, por el delito de peculado doloso. El fallo confirma que la autoridad incurrió en la entrega irregular de la administración de los servicios higiénicos del Puerto de Chancay a terceros, configurando el uso indebido de bienes públicos en beneficio privado.

Con esta decisión judicial, Álvarez Andrade deberá dejar el cargo una vez que se oficialice la resolución. El Concejo Municipal deberá convocar a una sesión extraordinaria para votar su suspensión, la cual podría ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), instancia que tendrá la última palabra.

El caso reaviva el debate sobre la permanencia de autoridades cuestionadas en la región, como es el caso de la gobernadora regional de Lima, Rosa Vásquez que enfrenta una situación similar tras haber sido condenada en primera instancia a nueve años y cinco meses de prisión por peculado doloso agravado. Aunque su sentencia aún está en apelación, una eventual ratificación la obligaría a dejar el cargo.

Fuente: Diario el Chasqui

Sentencia de Juanelo en segunda instancia, obliga a concejo municipal iniciar procedimiento para la suspensión

La reciente confirmación de la sentencia en segunda instancia contra el alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, abre un escenario legal que obliga al concejo municipal a tomar decisiones inmediatas. Más allá del discurso político y de la intención del burgomaestre de acudir a la Corte Suprema mediante un recurso de casación, la ley establece con claridad cuáles son los pasos que deben seguir los regidores.

De acuerdo con la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuando una autoridad edil cuenta con una sentencia condenatoria por delito doloso confirmada en segunda instancia, corresponde al concejo municipal iniciar el procedimiento respectivo. En este caso, al no tratarse aún de una sentencia firme, los regidores deben proceder con la suspensión del alcalde.

Esta medida implica que el concejo municipal convoque a una sesión extraordinaria, garantizando el derecho a la defensa de Álvarez Andrade. De aprobarse la suspensión, el cargo será asumido temporalmente por la teniente alcalde, mientras se resuelve la situación judicial en instancias superiores.

El escenario podría agravarse para el alcalde si la sentencia queda consentida o ejecutoriada. En ese caso, la ley obliga a los regidores a declarar la vacancia definitiva del cargo, decisión que requiere el voto favorable de dos tercios del número legal de miembros del concejo. Este acuerdo, además, debe ser remitido al Jurado Nacional de Elecciones para la acreditación del reemplazo oficial.

Especialistas advierten que la inacción del concejo municipal frente a una causal evidente podría generar responsabilidades para los regidores, quienes están obligados a ejercer su función de fiscalización. No actuar podría configurar una omisión de funciones.

En paralelo, el panorama judicial de Juan Álvarez Andrade es complejo. El alcalde fue sentenciado en primera instancia – iniciando su probable salida forzada del cargo que ostenta -, el 22 de agosto de 2025 a cinco años de pena privativa de la libertad por el delito de peculado doloso, además de una inhabilitación de tres años para ejercer cargos públicos. Aunque aún puede presentar un recurso de casación ante la Corte Suprema, este no suspende las obligaciones administrativas que recaen sobre el concejo municipal.

Así, mientras el proceso judicial sigue su curso, el foco se traslada al ámbito político local: los regidores de Chancay deberán decidir si cumplen con el mandato legal y activan los mecanismos de suspensión, marcando el inicio de una etapa decisiva tanto para la gestión municipal como para el futuro político del alcalde.

Se va “Juanelo”: justicia ratifica condena contra alcalde y tendría que dejar el cargo

Esta tarde, la Sala Penal de Huacho ratificó en segunda instancia la sentencia de cinco años de pena privativa de la libertad —en calidad de suspendida— contra el actual alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade. La autoridad fue hallada responsable del delito de peculado doloso, tipificado en el artículo 387 del Código Penal Peruano.

La condena se origina por la entrega irregular de la administración de los servicios higiénicos del Puerto de Chancay a terceros. Según el fallo judicial, este hecho constituyó un acto de apropiación y disposición ilegal de bienes públicos en beneficio de particulares.

¿CÓMO SE DARÍA SU SALIDA?

Ante esta ratificación, la autoridad municipal deberá dejar el cargo conforme a la normativa electoral y municipal vigente, lo que derivaría en una suspensión. Este acto se consumiría cuando se oficialice el documento oficial.

El procedimiento establece que el Concejo Municipal de Chancay debe convocar a una sesión extraordinaria para votar por la suspensión de la autoridad. Cabe precisar que esta decisión puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ente que resolvería en última instancia antes de emitir la credencial de la regidora Giuliana Carrizales, quien asumiría la alcaldía distrital.

JUANELO YA CAYÓ Y LA CHOLITA ¿PARA CUÁNDO?

Un escenario similar enfrenta la gobernadora regional de Lima, Rosa Vásquez. En diciembre de 2025, Vásquez fue sentenciada en primera instancia a nueve años y cinco meses de prisión por peculado doloso agravado, tras un fallo del Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Ate.

Actualmente, dicha sentencia se encuentra en proceso de apelación. De ratificarse la condena, la gobernadora también se vería obligada a dejar el sillón regional. El caso, impulsado por la Fiscalía Anticorrupción de Huaura y la DIRCOCOR, se fundamenta en actos de corrupción durante su gestión como alcaldesa de Huarochirí, vinculados a irregularidades en el Centro Cívico de Matucana.