Congreso blindó a ministro de Economía José Arista y se salva de ser censurado

El Pleno del Congreso rechazó la moción de censura contra el ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo, tras una votación en la que 57 se pronunciaron en contra, 41 a favor y 14 se abstuvieron. A pesar que el titular del MEF fue cuestionado por “falta de liderazgo e incompetencia” a ocho meses de su gestión, no se alcanzaron los votos para su destitución. La iniciativa fue enviada al archivo gracias a los votos en bloque de la bancada de Fuerza Popular (FP) y Alianza para el progreso (APP).

Congresistas de diferentes bancadas presentaron la iniciativa para censurar a José Arista por un supuesto mal manejo en el sector para reducir la pobreza y para impulsar mejoras. Por ello se le acusa de una presunta “incompetencia” para asumir un rol responsable sobre la paralización de obras en diferentes gobiernos regionales y locales y por vulnerar los derechos laborales de los trabajadores del Estado, así como la línea de carrera en el rubro salud.

En el debate, la congresista Kelly Portalatino, sustentó la iniciativa afirmando que la situación financiera del territorio nacional se deterioró bajo la gestión del titular del MEF, e indicó que se paralizaron más de 2,400 proyectos de inversión y se incurrió en la falta de asignación presupuestal para sectores importantes como Salud y Agricultura; no obstante, finalmente, el ministro de Economía se salvó de ser censurado.

Pleno del Congreso aprueba dictamen que incorpora el delito de criminalidad sistemática al Código Penal

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, con 73 votos a favor, 20 en contra y 15 abstenciones, el texto sustitutorio del dictamen que incorpora el delito de criminalidad sistemática en el Código Penal.

Esta norma fue aprobada en primera votación, por lo que deberá pasar por una segunda dentro de siete días para su confirmación.

Según el dictamen, el delito de criminalidad sistemática es aquel que realiza extorsión en más de una vez usando artefactos explosivos, con la finalidad de alarmar a la población. En ese sentido, la pena que se debe interponer es la cadena perpetua.

Por pedido del presidente de la Comisión de Justicia, Isaac Mita, pasó a un cuarto intermedio el texto sustitutorio del dictamen y tras unos minutos finalmente se pasó a la votación. El dictamen solo tiene un artículo. 

Durante el debate, la legisladora Ruth Luque advirtió que incluir la criminalidad sistemática o el terrorismo urbano no resuelven ni afronta el problema central de la ciudadanía. En ese sentido, recalcó que la generación de un tipo penal no va a terminar solucionando la inseguridad.

Congreso aprueba ampliar horario de votación para las próximas elecciones

El Pleno del Congreso de la República aprobó este miércoles ampliar el horario de votación para los futuros procesos electorales. El texto sustitutorio contó con el voto favorable de 83 congresistas, mientras que 8 votaron en contra y 7 en abstención. Además, fue exonerado de segunda votación.

El documento fue sustentado por el congresista Fernando Rospigliosi, presidente de la Comisión de Constitución.

La norma modifica la Ley Orgánica de Elecciones. La actual legislación indica que las mesas de sufragio se abren a las 8:00 a.m. y cierran a las 4:00 p.m. No obstante, tras la reforma, las mesas deberán ser instaladas antes de las 7:00 a.m. y mantenerse abiertas hasta las 17:00 horas.

En ese sentido, señala que los miembros de mesa deberán reunirse a las 6:00 de la mañana, para garantizar que se cumpla con el nuevo horario.

Por otra parte, la norma incorpora un artículo 236-A, para promover el sufragio del personal activo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. Con ese objetivo, la norma estipula que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), reasigna al personal de las FF.AA. y PNP en actividad a las mesas de sufragio de las localidades donde han sido asignados.

«Dicho personal ejercerá su derecho al voto solo para la elección de la fórmula presidencial, de senadores por distrito nacional, de representantes al Parlamento Andino, y para las consultas populares de carácter nacional. El Ministerio de Defensa enviará, individualmente, la información solicitada por cada fuerza armada», señala el documento.

Para ello, si la localidad a la que han sido destacados es una circunscripción diferente a la que indica el DNI del efectivo policial o militar, los ministerios del Interior y de Defensa están obligados a remitir a la ONPE, dentro de los cien días calendario previos a las elecciones, la información sobre el personal, así como el nombre del local de votación al que han sido asignados o el que se encuentre más cercano.

La ley aprobada deberá ser remitida al Poder Ejecutivo para que proceda con su promulgación o la observe y retorne al Parlamento.

Salvador del Solar reaparece y defiende disolución del Congreso en 2019: «Fue en el marco de la Constitución»

El ex primer ministro del Gobierno de Martín Vizcarra, Salvador del Solar, reapareció ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso para defenderse de la denuncia constitucional que existe en su contra debido a la disolución del Congreso en el año 2019. El actor y político de 54 años argumentó que no se puede discutir un asunto jurídico del cual ya ha sido resuelto por el Tribunal Constitucional en su momento.

«Se han referido a diferentes argumentos para señalar la cuestión de confianza de 3 de septiembre de 2019, así como la posterior disolución del Congreso. Con los 10 minutos de tiempo que tengo no voy a entrar a discutirlos porque jurídicamente ya lo está. Este asunto fue elevado al Tribunal Constitucional, dijo que todo sucedió dentro del marco de la Constitución», dijo en la SAC.

En esa misma línea, del Solar aseguró que es consciente que los hechos ocurridos en aquel año pueden tener argumentos a favor o en contra por el mismo hecho de que se trata de un tema polémico; sin embargo, destacó que es igual de cierto que esto ya se trata de algo que nuestro ordenamiento jurídico considera cosa juzgada y que ya no puede revisarse.

«También habló sobre el pronunciamiento del Tribunal Constitucional de mayo de 2023 respecto a lo emitido por los magistrados anteriores en torno a la disolución del Congreso. En ese sentido, el ex ministro de Cultura recalcó que en ningún momento se invalidó la sentencia previa.

«Algunos de los argumentos que han utilizado los denunciantes que han precedido en el uso de la palabra se han referido a una sentencia más reciente del 30 de mayo del 2023. El Tribunal Constitucional en la actual composición de magistrados que tiene efectivamente señaló en esa sentencia que no comparte los criterios que sus antecesores utilizó para considerar que la cuestión de confianza y la disolución fueron constitucionales, pero en ningún momento esa sentencia señala que la sentencia previa fue inválida ni que debe haber otro juicio sobre esto», añadió.

¿Qué dice la sentencia del Tribunal Constitucional del 30 de mayo?

El objetivo principal de la sentencia del Tribunal Constitucional del 30 de mayo de 2023 fue aclarar y delimitar las competencias entre el Poder Ejecutivo y el Congreso respecto al manejo y la interpretación de las cuestiones de confianza, particularmente en el contexto de su rechazo de plano. La sentencia buscaba resolver un conflicto competencial surgido a raíz de la interpretación del rechazo de plano de una cuestión de confianza por parte del Congreso y cómo esta debería ser tratada legalmente.

En cuanto al cierre del Congreso, sucedido en septiembre de 2019, el Tribunal Constitucional en esta sentencia de mayo de 2023 destaca que, aunque formalmente se votó a favor de la cuestión de confianza propuesta en ese momento, denegó materialmente la misma a través de sus acciones, específicamente al negarse a recibir al Presidente del Consejo de Ministros para debatir y posponer el proceso de selección de magistrados del Tribunal Constitucional, lo cual fue visto como una denegación fáctica de la confianza.

Esta interpretación de la denegación de la confianza, donde el Poder Ejecutivo interpretó las acciones del Congreso como una negación, fue fundamental para justificar la disolución del Congreso bajo el argumento de que se había rehusado la confianza de manera material, a pesar de la votación formal a favor.

Asimismo, Francisco Saravia, expresidente y actual magsitrado del TC, para Canal N afirmó lo siguiente: “Con esta sentencia queremos poner un límite, queremos pasar la página, queremos que esta situación no se repita. Es decir, que el Poder Ejecutivo no sea el intérprete o la voz del otro poder (Legislativo) para decir usted me ha denegado la confianza”, explicó. En otras palabras, esta denuncia constitucional no tendría efecto contra aquellos denunciados constitucionalmente.

Jueces piden pronunciamiento de la Corte Suprema sobre reformas del Congreso contra el PJ

La histórica Asociación de Jueces para la Justicia y Democracia – JUSDEM solicitó al presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela convocar a una Sala Plena de la Corte Suprema para evaluar y pronunciarse sobre la andanada de reformas legales que promueve el Congreso de la República en menoscabo de la independencia judicial, la protección de los Derechos Humanos y la lucha contra la delincuencia común y organizada.

Los magistrados hicieron este pedido a través de una carta abierta que remitieron a Arévalo Vela está mañana, ante el silencio que mantiene la más alta institución judicial del país sobre las diversas leyes que viene aprobando una mayoría parlamentaria, cuyos partidos están involucrados en diversas investigación por corrupción de funcionarios.

«El Congreso busca aprobar el proyecto de ley que modifica la Ley de Carrera Judicial, Ley de Carrera Fiscal y el Código Penal, estableciendo que es falta muy grave el dictado de detención preliminar, prisión preventiva o sentencia condenatoria si fueran revocadas, extendiéndose las sanciones a los fiscales», precisan los jueces.

Anotan que dichas modificaciones legales buscan establecer pena privativa de libertad de 10 a 15 años e inhabilitación, si se revoca una detención preliminar, prisión preventiva o una condena de prisión efectiva, «criminalizando el criterio jurisdiccional y violando el principio de independencia judicial previsto por el artículo 139.2 de la Constitución».

Prohibición de las medidas cautelares

Igualmente, subrayan que el Congreso ha votado trece proyectos de ley para modificar el Código Procesal Constitucional, «prohibiendo las medidas cautelares y actuaciones inmediatas del fallo cuando este sea demandado, creando una zona exenta de control. Ha modificado la regla de votación de los procesos competenciales variando el quorum de 5 a 4 votos para favorecerse como demandante».

Los jueces le recuerdan a Arévalo Vela, que el parlamento también, «busca obligar a los jueces a aplicar solo las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) en las que el Perú haya sido parte, restringiendo el efecto de la res iudicata ( cosa juzgada) y res interpretata ( eficacia interpretativa como precedente vinculante) y afectándose los derechos colectivos y difusos de comunidades campesinas y nativas, grupos LGTB entre otros».

Sobre el control difuso y la existencia del Poder Judicial

Finalmente, enfatizan JUSDEM, el Congreso «pretende prohibir la facultad de control difuso de los jueces, una institución que históricamente materializa la independencia judicial frente al legislador y que data de la sentencia Marbury vs. Madison de 1803, que permite a los jueces hacer prevalecer la Constitución frente a leyes inconstitucionales conforme a su artículo 138 y en aplicación del principio de separación de poderes. Sin esta cláusula pétrea el Poder Judicial sometido, deja de ser un poder»

«Por lo expuesto solicitamos a usted se sirva convocar a Sala Plena de la Corte Suprema y se emita un pronunciamiento en defensa de la independencia judicial, atendiendo a que no podemos guardar silencio al pretender sometérsenos y destruir la democracia así como el Estado Constitucional de Derecho, siendo su defensa una obligación fundamental de todo juez; por lo que también deben interponerse las demandas de inconstitucionalidad contra las cuestionadas leyes», anotan los jueces en la Carta Abierta.

larepublica.pe

Congreso aprueba crear Registro Único Consolidado de personas afectadas por derrames o fugas de hidrocarburos

Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del dictamen que plantea la creación del Registro único consolidado de personas afectadas por derrames o fugas de hidrocarburos, a cargo del Ministerio de Energía y Minas, con la finalidad de identificar, evaluar y documentar a todas las personas afectadas para salvaguardar sus derechos.

El dictamen recaído en los proyectos de ley 6598 y 7460, obtuvo 79 votos a favor, 0 en contra y 02 abstenciones. De esta manera, se dejó expedita la norma para su eventual promulgación u observación por el Poder Ejecutivo.

El texto sustitutorio indica que el procedimiento para la inscripción en el registro será establecido por la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Medio Ambiente que deberá incluir criterios claros y justos para determinar la elegibilidad y la extensión del impacto sufrido por los afectados.

Al sustentar el dictamen, el legislador Paul Gutiérrez Ticona (BMCN), presidente de la Comisión de Energía y Minas, dijo que existe un vacío normativo que busca atender la falta de un registro de personas afectadas a cargo del sector de Energía y Minas.

La legisladora Margot Palacios Huamán (NO-A), autora de uno los proyectos de ley, señaló que su propuesta hará justicia a los afectados y que el Estado tenga la capacidad de exigir a una empras privada a remediar como corresponde.