Eliminación de movimientos regionales: anuncian marcha nacional contra la reforma aprobada en el Congreso

Ayer, 29 de mayo, el Pleno del Congreso de la República aprobó la reforma para la reelección de para alcaldes y gobernadores regionales, pero eliminó los movimientos regionales para unas próximas elecciones. Esta medida, dada en primera votación, ha generado molestias por parte de estas asociaciones.

Freddy Vracko, presidente de la Asociación de Movimientos Regionales del Perú, dialogó con Infobae Perú para conocer sus impresiones frente a esta iniciativa. El representante aseveró que el día de mañana estarán programando una conferencia para indicar cuáles son las acciones que tomarán con los dirigentes.

De esta manera, adelantó que realizará una movilización, pero está en evaluación la fecha y el lugar. Asimismo, aseguró que no esperarán a una segunda votación, por lo que tomará medidas judiciales.

“Te voy adelantando [que será] una base de tipo legal como una acción de amparo, porque hay gente que habla de una inconstitucionalidad, pero tendríamos que esperar a la segunda votación y no vamos a esperar eso. […] Y la segunda acción, seguramente, será una movilización ciudadana y eso sí, lo vamos a acordar mañana y lo informaremos a las 12 del día en la conferencia”, contó a este medio.

Documento que incorpora el texto para la eliminación de Movimientos Regionales| CongresoDocumento que incorpora el texto para la eliminación de Movimientos Regionales| Congreso

El titular aseveró que están llegando a Lima 72 dirigentes de los movimientos regionales para que se reúnan y acuerden las medidas que se tomarán. Mientras tanto, se reunirán con algunas bancadas en el Parlamento.

Rechazan aprobación

La presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano, defendió la incorporación de este texto alegando que los ciudadanos que deseen participar lo realicen “a través de un partido”. Esto debido a que recién se consideró esta parte en la reforma.

Para Vracko existe una vulneración del derecho fundamental de participación en los procesos electorales regionales y municipales. Además, precisa que están “cansados” del trato recibido por parte de figuras políticas dominantes que consideran como “jefes” o “dueños” de los partidos políticos.

“Me parece que están los partidos mafiosos que manejan la política del Perú. Han hecho lo que están acostumbrados, ¿no? A robarle a la ciudadanía, porque lo que están haciendo, de la forma inclusive en la que la han realizado ayer, no tiene ningún estudio, no ha habido un proyecto en comisión previa, simplemente”, sostuvo.

Movimientos regionales en Perú. (El Buho)Movimientos regionales en Perú. (El Buho)

En tanto, manifestó que la reelección de los alcaldes y gobernadores dependerá finalmente de la decisión de la población.

Congresistas rechazan reforma

El congresista Carlos Anderson criticó duramente a los partidos indicando que este texto es “inconstitucional”, debido a que la política es controlada por “familias”, quienes intentan evitar la competencia electoral.

En sus declaraciones, puntualizó que no pertenece a ningún movimiento político ni regional, pero cuestionó la legitimidad de que los partidos tradicionales impidan a la sociedad organizarse en movimientos regionales.

“Es inconstitucional. Los partidos políticos, que son en realidad de dueños y de familia, se quieren asegurar que no tengan competencias. […] si la sociedad decide organizarse en movimientos regionales, ¿por qué se lo va a impedir el estamento de partido”, señaló a Canal N.

Por su parte, la parlamentaria fujimorista Patricia Juárez aseveró que la duración de los movimientos es solo cuando son las elecciones. “Finalmente, se disuelven, no rinden cuentas a la ciudadanía ni a nadie”, agregó; a pesar de reconocer que fue creado de acuerdo a la ley. Cabe precisar que la incorporación se da por la parlamentaria de Fuerza Popular, Martha Moyano, debido a que en el dictamen aprobado en noviembre de 2023 no figuraba.

“Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de partidos políticos de alcance nacional o alianzas entre estos, conforme a ley. Tales partidos y alianzas concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica”, se lee en el documento.

Congreso aprobó, en primera votación, el dictamen que propone modernizar el Sistema Previsional Peruano

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, en primera votación, el dictamen que propone una nueva Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (SPP) con la finalidad de reformar el sistema pensiones para que sus beneficiarios accedan progresivamente a una pensión justa.

La fórmula se sustenta en los proyectos de ley 344/2021-CR, 5121/2021-CR, 866/2021-CR, entre otras, fue aprobada por 56 votos a favor, 47 en contra y diez abstenciones.

Durante el debate, la congresista Susel Paredes (Cambio Democrático-Juntos por el Perú) presentó una cuestión previa para que el dictamen vuelva a la Comisión de Economía para un mayor estudio, pero su propuesta fue rechazada por 56 votos.

Disposiciones del dictamen

Entre sus disposiciones, se señala que queda prohibido el retiro extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios del sistema por parte de los afiliados durante su etapa activa.

“Acceden a este pilar las personas afiliadas al SNP que a la edad de jubilación cumplen con las unidades de aporte requeridos para una pensión y los afiliados al SPP (…). El Estado complementa los recursos necesarios para el pago de una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial”, se detalla en el pilar contributivo.

La propuesta también incluye la pensión por consumo, que es un aporte voluntario con fin previsional proveniente de los gastos por consumo realizados por los afiliados debidamente sustentados en comprobantes de pago que contengan el Documento Nacional de Identidad (DNI) correspondiente.

El comprobante de pago emitido, que será considerado para la pensión por consumo, podrá tener un valor máximo de hasta S/ 700.

Congreso: Perú Libre presenta proyecto de ley para eliminar la pensión vitalicia para expresidentes

El parlamentario de Perú Libre, Waldemar Cerrón, presentó ante el Congreso de la República el proyecto de ley que busca eliminar la pensión vitalicia para expresidentes.

¿Qué dice el PL?

De acuerdo a la propuesta legislativa, su objetivo es derogar la Ley N’ 26519 para aplicar el «derecho de igualdad» frente a las pensiones que se encuentran dispuestas en los regímenes de jubilación aplicables en el país.

«La presente propuesta legislativa tiene por objeto derogar la Ley N’ 26519, Ley que establece pensión para expresidentes Constitucionales de la República; con la finalidad de aplicar el derecho de igualdad frente a las pensiones que se encuentran dispuestas en los regímenes de jubilación aplicables en el país», se lee en el oficio. 

Sin embargo, el proyecto de ley indica que los expresidentes recibirían beneficios por el tiempo que estuvieron al cargo del Ejecutivo, se les asignarían dos efectivos policiales y una movilidad como parte de su resguardo de seguridad, ello durante el mismo periodo en que estuvieron al frente del Perú.

«Establecer como beneficios para los expresidentes constitucionales de la República; los beneficios laborales que le corresponde por el tiempo que ostenta el cargo y dos efectivos policiales y una movilidad como parte del resguardo policial y por el tiempo que ha ostentado el cargo», agrega el texto. 

Implementación inmediata

Por otro lado, el PL precisa que su aplicación sería inmediata y se cancelarían todos los pagos por el concepto de pensión vitalicia que estén pendientes o por cobrar.

«La presente ley, es de aplicación inmediata, desde su entrada en vigencia, cancelándose todo pago por concepto de pensión vitalicia que se encuentra pendiente o por cobrar», sostiene la misiva. 

Pedido de Fujimori

En entrevista con Exitosa, el abogado de Alberto Fujimori, Elio Riera, se refirió al pedido del pago de gasolina y asistente al expresidente, señalando que este requerimiento junto al de pensión vitalicia para su defendido se presentó en el amparo de lo legal. Además, indicó que la solicitud se realizó hace un mes, sin embargo aún no se hace efectivo.

Congreso aprueba la reelección inmediata para alcaldes y gobernadores regionales en primera votación

El Pleno del Congreso aprobó en primera votación la reforma que habilita a los gobernadores regionales y alcaldes ser reelegidos por un periodo adicional inmediato. El texto, que obtuvo luz verde de la Comisión de Constitución en noviembre del 2023, plantea la modificación de los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú.

No obstante, la propuesta también incluyó, a última hora, la modificación del artículo 35 de la Carta Magna mediante un texto sustitutorio, que elimina, en la práctica, a los movimientos regionales al no mencionarlos en dicho apartado.

Es preciso señalar que, al tratarse de una reforma constitucional, el dictamen ahora debe ser ratificado en una segunda votación en la siguiente legislatura ordinaria con un mínimo de 87 legisladores a fin de que sea aprobado.

Debate con cambios
El dictamen, inicialmente sustentado por la presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano, se elaboró a partir de la acumulación de seis proyectos de ley presentados meses atrás por las bancadas de Fuerza Popular, Avanza País y Alianza Para el Progreso.

El documento recibió el respaldo de 91 congresistas; mientras 25 votaron en contra y 3 se abstuvieron.

En su exposición, la presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano, indicó que la propuesta de reelección de autoridades subnacionales a sido calificada como «jurídicamente viable tanto por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) como la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)» en las opiniones remitidas a su grupo de trabajo.

Es preciso señalar que la no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes rige en el Perú desde el año 2015 tras realizarse cambios en la Constitución. Se trata de la Ley N° 30305, que fue publicada entonces con la rúbrica de Ollanta Humala como presidente de la República; y Ana María Solórzano como titular del Congreso, entre otros.

Congreso: proponen expulsar a escolares de colegios particulares que no paguen mensualidad

El congresista Alejandro Muñante, exmiembro del partido Renovación Popular, ha promovido el Proyecto de Ley N° 5073/2022-CR. Esta iniciativa, apoyada por el Grupo Parlamentario Renovación Popular, busca establecer medidas para regular la prestación de servicios educativos de gestión privada. Sin embargo, las implicaciones de esta propuesta han generado controversia debido a sus posibles efectos negativos en el sistema educativo. Además, se sabe también que los coautores de la propuesta son: Jorge Montoya, José Cueto, Javier Padilla, Jorge Zeballos, María Jáuregui.

Propuestas polémicas en la ley de Muñante

Según el parlamentario este Proyecto de Ley N.º 5073/2022-CR tiene como objetivo principal combatir la informalidad en la prestación de servicios educativos de educación básica de gestión privada. Según el documento, «la presente ley tiene por objeto perfeccionar el derecho fundamental de la educación como un servicio público, así como modificar los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 14, 16, 17, 18 y 21 de la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados». No obstante, esta iniciativa ha sido criticada por algunos sectores que señalan que las nuevas regulaciones podrían dejar a muchos alumnos fuera del sistema educativo debido a problemas financieros. El artículo 16.9 establece que:

  • «Pasados los tres meses de no pago de las pensiones de enseñanza, la IEP, en coordinación con la UGEL, cita al padre de familia para que previo acuerdo se establezca un cronograma de pagos.»
  • «En caso de incumplimiento, la IEP hace conocer al padre de familia que se está dando por concluido el servicio educativo y se le orienta para realizar el traslado del estudiante a una institución educativa pública»​​.

Restricciones y control centralizado

El proyecto de ley también incluye disposiciones que podrían reducir la autonomía de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) en cuanto a la fiscalización y control de las instituciones educativas privadas. Según el texto del proyecto, «el Ministerio de Educación cuenta con competencia para establecer los requisitos, las condiciones y los plazos aplicables a los procedimientos de:

  • Ampliación de servicio educativo,
  • Traslado,
  • Reapertura,
  • Fusión o división,
  • Cierre o receso de servicios educativos,
  • Cierre de la institución educativa privada,
  • Cualquier otra modificación a la autorización de funcionamiento»​​.

Esta centralización del control podría limitar la capacidad de las UGEL para responder de manera eficaz a las necesidades locales, afectando así la supervisión y regulación descentralizada.

Consecuencias económicas y educativas

La implementación de este proyecto de ley podría tener efectos adversos en la oferta educativa y en el acceso de los estudiantes a la educación privada. Según el análisis del impacto económico del decreto, el impacto económico se traducirá en:

  • La desaceleración del crecimiento de la oferta educativa,
  • El menor acceso a esta por parte de los niños y niñas de los niveles C y D,
  • La ventaja competitiva creada por defecto en favor de los nidos existentes gracias a la desigualdad que el Estado introduce en el mercado»​​.

Además, el artículo 16.1 estipula que ‘la institución educativa privada puede retener los certificados de estudios, libretas de notas y demás documentos de evaluación correspondientes a los grados de estudios no pagados’, lo cual podría perjudicar gravemente a los alumnos y sus familias al dificultar su continuidad educativa.

El proyecto de ley promovido por Alejandro Muñante ha generado un debate significativo sobre su eficacia y las consecuencias reales que podría tener en el sistema educativo peruano, cuestionando si realmente se logrará una mejora sustancial en la calidad y equidad de la educación.

Alberto Fujimori: Congreso le paga galones de combustible y sueldo de un asistente

Este lunes 27 de mayo, se conoció que el expresidente Alberto Fujimori recibe un total de 150 galones de gasolina de manera mensual y contaría con un asistente, el cual percibiría una remuneración de 3.685.19. soles. Estos beneficios habrían sido concedidos por el Congreso, pese a contar con una denuncia constitucional en su contra.

En ese sentido, según la documentación a la que tuvo acceso el diario Perú21, Fujimori recibe vales de combustible y cuenta con los servicios de un asistente, después de que, a través de su abogado, emitiera la solicitud al Parlamento para que las autoridades de dicho poder del Estado determinen aceptar o no el referido requerimiento

Esta información fue concedida tras realizar una solicitud al portal de Transparencia, luego de conocerse que el expresidente solicitó que se le asignara una pensión vitalicia de manera mensual. Esta acción generó críticas de diferentes sectores públicos, ya que el exjefe de Estado fue sentenciado por el Poder Judicial tras concluir que el exmandatario cometió actos de corrupción y vulneró los derechos humanos de las víctimas en los casos La Cantuta y Barrios Altos.

Fujimori recibe vales de combustible desde abril de este año

El informe n.º 483-2024-GFR-AAP-DHR/CR, emitido por el Área de Administración de Personal del Congreso, indica que el Legislativo no ha dispuesto conceder una pensión vitalicia a Alberto Fujimori. No obstante, tendrá el beneficio de vales de combustible, los cuales le permitirán al exjefe de Estado desplazarse a determinado destino.

Óscar Demetrio Estrada es el nombre del asistente personal que tiene como función acompañar al exmandatario en las distintas actividades que disponga Alberto Fujimori. El sueldo que recibirá mensualmente será de 3.685.19 soles, monto que será recaudado con fondos del Estado, es decir, con el dinero de todos los peruanos.

Vale precisar que la Ley N° 26519 otorga pensiones vitalicias a los expresidentes. Sin embargo, esta norma prohíbe que los exmandatarios acusados constitucionalmente tengan acceso a dicho beneficio, por lo que Alberto Fujimori se encontraría impedido de acceder a dicha remuneración.

¿Qué dice la Ley 26519?

El artículo 2 de la Ley 25619 establece que el derecho a una pensión vitalicia queda suspendido para los expresidentes acusados constitucionalmente por el Congreso. Esta sanción se levanta si una sentencia judicial los declara inocentes. Es importante señalar que, Alberto Fujimori fue acusado constitucionalmente en 2001 tras ser vacado por incapacidad moral permanente. Desde entonces, fue sentenciado por crímenes de lesa humanidad, incluyendo la Masacre de Barrios Altos y La Cantuta.

El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado recordó que la Ley 26519 elimina la pensión vitalicia para expresidentes acusados constitucionalmente y condenados. Maldonado destacó que Fujimori enfrenta una denuncia constitucional y ha sido condenado por delitos graves.

«Me parece que no procede. Fujimori no solo fue acusado y destituido por el Congreso (…). Fujimori está incluso en una situación muy grave, pues supera ese estándar. Además, fue condenado por graves delitos, que constituyen graves violaciones de derechos humanos», declaró Maldonado a La República.