¿Trabajarás los feriados 8 y 9 de diciembre? Sunafil te explica cuánto debe pagarte tu empleador

Si perteneces al régimen privado y tienes que trabajar los feriados del jueves 8 y viernes 9 de diciembre, la Sunafil te explica a cuánto ascenderá tu remuneración a fin de mes.

Si laboras de forma presencial o remota, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración mensual.

Por ejemplo, en el caso de que tu remuneración mensual sea de 1025 soles, tu remuneración diaria es de 34.17 soles. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1025/30).

Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería lo siguiente:

– Una remuneración por el trabajo realizado: 34.17 soles
– Una remuneración por la sobretasa del 100%: 34.17 soles

En total sería 68.34 soles por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual.

Entonces, 68.34 soles x 2 feriados laborados = 136.68 soles.
A fin de mes, recibirás en total 1161.68 soles.

En caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.

Infracciones
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales. Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), pueden fluctuar entre 1058 soles a 241 638 soles.

Datos:

La remuneración diaria por el feriado ya está incluida en la remuneración mensual.

El jueves 8 será feriado por la fecha católica de la Inmaculada Concepción y, por primera vez, este viernes 9 será feriado por la batalla de Ayacucho, tanto para el sector público como el privado.

La Sunafil solo tiene competencia para fiscalizar el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores contratados bajo el régimen laboral de la actividad privada.

Viernes 9 de diciembre es feriado nacional por la Batalla de Ayacucho

El Gobierno peruano declaró el viernes 9 de diciembre como feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América, según la norma promulgada en el diario oficial El Peruano.

La norma que introduce el nuevo feriado calendario, de acuerdo a la Ley Nº 31381, modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, mediante el cual se consolidó la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos de la actividad privada, por lo que este día no laborable también alcanza al sector privado.

Feriado 8 de diciembre

El jueves 8 de diciembre también es feriado nacional por el Día de la Inmaculada Concepción, por lo que este fin de semana largo puede ser aprovechado por miles de peruanos para relizar turismo interno hasta el domingo 11 de diciembre.

Los feriados declarados en el Perú son los siguientes:

– Año Nuevo (1 de enero)

– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

– Día del Trabajo (1 de mayo)

– San Pedro y San Pablo (29 de junio)

– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

– Combate de Angamos (8 de octubre)

– Todos los Santos (1 de noviembre)

– Navidad del Señor (25 de diciembre)

¿El 9 de diciembre es día no laborable?

De acuerdo a la norma publicada en el diario oficial ‘El Peruano’, el 9 de diciembre ha sido declarado feriado nacional, por lo que está regido por una ley y son descansos remunerados que no se compensan. Mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno y de ser tomados, los trabajadores deben compensar luego esas horas.

En caso que se trabaje en un feriado nacional, el empleador puede compensar ese día con descanso el tiempo trabajado, pero si el trabajador trabaja este día y no hay compensación con descanso, el empleador debe pagar: el valor del trabajo realizado en el feriado con una sobretasa del 100% de ese valor.

El pago del feriado se incluye dentro del sueldo mensual que percibe el trabajador.

Si el feriado coincide con el descanso semanal obligatorio de un trabajador, no hay pago adicional.

Aunque el gobierno peruano no ha dado a conocer si la semana de Navidad y Año Nuevo 2023 será fin de semana largo para el sector público, lo más probable es que declare al viernes 23 y viernes 30 de diciembre como días no laborables.

Feriado 6 de agosto: ¿Qué beneficio recibirán los trabajadores?

Esta semana tenemos un nuevo día no laborable, luego que el Gobierno promulgara la ley que declara el 6 de agosto como feriado nacional.

El feriado fue establecido en la Ley 31530, en la cual se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

¿Por qué es feriado?

Según indican, el nuevo feriado nacional fue establecido en conmemoración de la Batalla de Junín.

Este fue uno de los últimos enfrentamientos que sostuvieron los ejércitos realistas y patriotas en el proceso de la Independencia del Perú en 1824. Este evento se convirtió en un antecedente importante a la Batalla de Ayacucho.

La ley indica que los ministerios de Educación, de Cultura y de Defensa estarán encargados de programar las actividades oficiales conmemorativas de la Batalla de Junín y su significación histórica, a cumplirse en las instituciones educativas públicas y privadas y en todas las entidades del sector público.

¿Cuánto deberán pagarme?

En caso te corresponda laborar durante el próximo feriado, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que deberán pagarte triple.

«Si trabajas en feriado, sin compensación de otro día de descanso, debes recibir un triple pago: 1 remuneración por el feriado (ya incluida en tu remuneración mensual) + 1 remuneración por el trabajo realizado + 1 remuneración como sobretasa», precisa la Sunafil.

Por ejemplo: Si tu sueldo mensual es S/ 1,200, al día ganas un aproximado de S/40. Si trabajas durante el feriado sin intercambiar esa jornada por un día de descanso, entonces recibirás dos pagos de S/40 adicionales por ese día, es decir, en un solo día ganarás S/120.

Otra opción para las empresas es intercambiar el día feriado laborado con un nuevo día de descanso. Esto solo corresponde si el feriado no coincide con el descanso semanas del trabajador.

Congreso: aprueban declarar feriado nacional el 6 de agosto, día de la Batalla de Junín

El pleno de la representación nacional aprobó esta noche el proyecto de ley que propone declarar feriado nacional el 6 de agosto de cada año en todas las entidades e instituciones públicas en conmemoración de la Batalla de Junín.

La presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Isabel Cortez Aguirre, sustentó la iniciativa legislativa que fue aprobada con 94 votos a favor, 9 abstenciones y 8 en contra. La norma fue exonerada de segunda votación.

«El propósito de la iniciativa es reconocer el aporte histórico y político de la batalla de Junín en el logro de la independencia del Perú y de América», señaló Cortez Aguirre.

Durante el debate de la norma, el legislador Ilich López, de la bancada de Acción Popular, señaló que declarar el 6 de agosto como feriado nacional no solo permitirá rememorar el valor de un día histórico sino también incentivar la actividad económica de la región de Junín.

La propuesta legislativa modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713, ley que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada,

Con la aprobación de la norma, los días feriados nacionales son los siguientes:

-Año Nuevo (01 de Enero)

-Jueves y Vienes Santo (movibles) 

-Día del Trabajo (01 de Mayo)

-San Pedro y San Pablo (29 de Junio)

– Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio).

 Batalla de Junín (06 de Agosto)

-Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

-Combate de Angamos (08 de Octubre) 

-Todos los Santos (01 de Noviembre) 

-Inmaculada Concepción (08 de Diciembre)

– Navidad del Señor (25 de Diciembre)

La Batalla de Junín tuvo lugar en Las Pampas de Chacamarca el 6 de agosto de 1824.

Feriado, 24 de junio: quiénes no trabajan este viernes

Este viernes 24 de junio se celebrará el Día del Campesino en todo el Perú. Una fecha especial para quienes se encargan de trabajar la tierra y llevar los alimentos esenciales a nuestra mesa. Por ese motivo, con el fin de rendirle homenaje, será feriado no laborable para trabajadores del sector público.

Este feriado no laborable también aplicará para algunas personas que trabajan en entidades privadas. Sin embargo, la gran duda es saber en qué casos estos últimos podrán disfrutar de su fin de semana largo (viernes, sábado y domingo). A continuación, te contamos los detalles.

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto Supremo N.º 033-2022-PCM, estableció que la medida podrá alcanzar a los empleados del sector privado que hayan llegado a un acuerdo con el empleador.

Los centros de trabajodel sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma de cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo, es el empleador”, señala el documento.

¿Qué trabajadores no podrán acogerse a la medida?

Según lo indicado, “los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables establecidos”.

Asimismo, el documento agrega: “Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidadagua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores, y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable declarado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad”.

Cabe destacar que, por ser un feriado recuperable o un día no laborable, no se pagará un pago extra por el tiempo trabajado. Los trabajadores estatales tendrán que recuperar estas horas y en un plazo límite de diez días.

Gobierno oficializa feriado no laborable para el lunes 13 de junio

El Gobierno oficializó la declaratoria de día no laborable a nivel nacional para los trabajadores del sector público el lunes 13 de junio, en cuya fecha la selección peruana jugará el partido de repechaje de clasificación al Mundial Qatar 2022 contra Australia.

A través del Decreto Supremo 068-2022-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que dicho feriado será sujeto a compensación y para fines tributarios dicho día es considera hábil.

En ese sentido, indica que en el sector público el día no laborable se compensa en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Asimismo, el decreto indica que sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean esenciales e indispensables para la sociedad, durante el día no laborable establecido.

Ver Decreto Supremo AQUÍ