La Corte Suprema confirmó este lunes la prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo Terrones, procesado por el intento de golpe de Estado que protagonizó el 7 de diciembre de 2022.
El máximo tribunal declaró infundado el recurso de apelación presentado por su defensa, que buscaba el cese de esta medida restrictiva.
De acuerdo con la resolución, la sala evaluó el auto de fojas ciento noventa y ocho, en el que previamente se había rechazado el pedido de levantar la prisión preventiva.
Tras la revisión, se ratificó que existen graves elementos de convicción respecto a los delitos imputados de rebelión y abuso de autoridad, así como riesgos procesales que justifican la continuidad de la medida.
Como se recuerda, Castillo, quien intentó disolver el Congreso y gobernar por decreto en diciembre de 2022, fue detenido pocas horas después de su anuncio fallido y permanece recluido mientras avanza la investigación fiscal en su contra.
El Ministerio Público lo acusa de haber intentado alterar el orden constitucional y utilizar indebidamente su investidura para imponer medidas contrarias a la Carta Magna.
El expresidente Pedro Castillo insistió en su pedido al Poder Judicial para que se anule el juicio oral que afronta por su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
El exmandatario presentó un recurso de apelación para revocar la resolución que emitió la jueza constitucional de Lima Ana Osorio, el último 25 de agosto, en la que declaró “improcedente” la demanda de habeas corpus de Castillo que buscaba la nulidad de la resolución que programó la instalación del juicio oral para el 4 de marzo de este año. Además, el expresidente pedía la nulidad de todo lo actuado en la etapa de juzgamiento a fin de que se nombre un nuevo colegiado supremo para que se avoque al conocimiento de este proceso.
Tras verificar que dicho recurso cumplió los requisitos exigidos por el código procesal constitucional, la magistrada resolvió el último 1 de septiembre «conceder con efecto suspensivo» esta apelación y remitirla a la Primera Sala Constitucional de Lima, instancia que si lo admite a trámite deberá convocar a una audiencia virtual para su evaluación con la participación de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión al respecto en los próximos días.
La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por funcionarios públicos pidió 34 años de prisión para el expresidente Pedro Castillo como su inhabilitación por 3 años y 6 meses para ejercer cargo público al acusarlo por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública en agravio del estado y la sociedad.
La resolución apelada
La defensa legal del exmandatario presentó esta demanda de habeas corpus contra la Sala Penal Especial de la Corte Suprema por una vulneración del derecho a la libertad personal – debido proceso en la modalidad del derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial y derecho a una defensa eficaz.
En el recurso se señala que el demandante considera que no va a ser juzgado por un tribunal imparcial, que es uno de los principios fundamentales del debido proceso y de la tutela jurisdiccional efectiva, ya que incluso han rechazado la recusación que se presentó contra la juez suprema Carbajal Chavez y pese a todo ello se ha instalado ilegalmente el juicio oral contra el actor.
No obstante, la jueza constitucional de Lima Ana Osorio determinó que en este caso se verifica que en ninguno de los extremos de la demanda de habeas corpus se acredita vulneración alguna contra el derecho fundamental a la libertad personal del favorecido, por lo que consideró al recurso como inestimable.
La magistrada a cargo del sexto juzgado constitucional de Lima precisa en su resolución emitida el último 25 de agosto, a la que tuvo acceso RPP, que los jueces demandados al momento de la instalación del juicio oral han garantizado el derecho de defensa del accionante, al no contar con abogado particular, asignándole un defensor público y otorgándole un tiempo razonable para que este parlamente con el mismo y pueda establecer su estrategia de defensa.
“En consecuencia, la negativa del accionante a contar con un Defensor Público debe ser considerada como una estrategia legal, pues ha venido realizando un conjunto de acciones sistemáticamente con el fin de dilatar el desarrollo del juicio oral, situación que no se encuentra dentro del contenido constitucionalmente protegido del derecho a una defensa eficaz”, precisa la jueza Osorio en su resolución.
La Corte Suprema evaluará el jueves 21 de agosto el nuevo pedido del expresidente Pedro Castillo para que se ordene el cese del mandato de prisión preventiva que se le impuso por su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.
En una audiencia virtual a realizarse desde las 3:00 p. m., el juez supremo Juan Carlos Checkley analizará la solicitud que hizo el exmandatario para que se le permita afrontar en libertad el proceso penal que se le sigue por este caso.
La defensa legal del exjefe del Estado sostiene que, tras una exhaustiva investigación, se ha determinado que no hay suficientes elementos de convicción para sostener la prisión preventiva dictada contra su patrocinado en este proceso penal y que además no se cumplen los requisitos establecidos en la ley para mantener vigente esta medida restrictiva.
Checkley Soria escuchará este jueves los argumentos del expresidente Pedro Castillo, desde el Penal de Barbadillo ubicado en el distrito limeño de Ate, donde está actualmente recluido, así como de su defensa legal y del representante del Ministerio Público asignado al caso, a fin de emitir una decisión respecto a este pedido de cese de prisión preventiva.
En la actualidad, este proceso penal se encuentra en la etapa de juicio oral en la que el Ministerio Público pidió que se imponga al exmandatario la pena de 34 años, a raíz de este caso.
Sobre Pedro Castillo también pesa un mandato de prisión preventiva como parte de la investigación preparatoria que afronta por los casos acumulados Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.
Pedro Castillo continuará en prisión. El Poder Judicial declaró infundado el pedido de la defensa legal del expresidente en el que solicitaba anular la prisión preventiva en su contra por el intento de golpe de Estado en diciembre del 2022, tras el anuncio del cierre del Congreso en un mensaje a la Nación. El juez supremo Juan Carlos Checkley emitió una resolución que determina que los argumentos presentados por la defensa legal de Castillo «no tiene sustento», tras cuestionar a los fiscales que intervienen en su caso.
Durante la audiencia virtual sobre el cese de prisión preventiva, realizada el lunes 23 de junio, el abogado del expresidente argumentó que, al no haber fiscales supremos que revisen el caso de su defendido, se debe poner fin a la prisión preventiva, ya que se vulneró el debido proceso al carecer de “la legitimidad exigida por la regla procesal”.
Decisión del Poder Judicial sobre Pedro Castillo
En ese sentido, la defensa legal, luego de presentar fotografías y resoluciones que acrediten sus argumentos, solicitó que se imponga la libertad de Castillo con restricciones.
Sin embargo, el juez supremo rechazó los mencionados argumentos porque los fiscales supremos pueden contar con el auxilio de los adjuntos, de acuerdo con los artículos 36 y 43 de la Ley Orgánica del Ministerio Público. De la misma manera, Checkley señaló que para solicitar anular una prisión preventiva es necesario presentar nuevos elementos de convicción; sin embargo, tal hecho no sucedió durante la audiencia mencionada.
«Los fiscales están legitimados constitucional y legalmente para participar en dichas audiencias; el argumento de la defensa no tiene sustento para el cese de la prisión preventiva», remarcó.
Con esta decisión, Castillo Terrones continuará recluido en el penal de Barbadillo hasta diciembre de este año, mientras afronta el juicio oral en su contra.
«Declarar infundada la solicitud de cese de prisión preventiva formulada por la defensa legal del acusado José Pedro Castillo Terrones y consecuentemente se declara la vigencia de la medida de prisión preventiva que fuera prolongada por 18 meses por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema», se lee en la resolución.
Este martes 29 a las 9 de la mañana inició la audiencia del juicio oral en el penal de Barbadillo contra el expresidente Pedro Castillo por su intento de golpe de Estado ocurrido el pasado 7 de diciembre de 2022. La Fiscalía ha solicitado una condena de 34 años de prisión y el pago de una reparación civil de S/ 65 419 038.53 al Estado Peruano. En el proceso también se investiga a los exministros Bettssy Chávez, Aníbal Torres y Willy Huerta.
Este martes se instaló el juicio oral contra el expresidente Pedro Castillo, quien es acusado de liderar un intento de golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022. La audiencia, presidida por el juez José Neyra de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, tuvo lugar en una sala judicial contigua al penal de Barbadillo, donde Castillo cumple prisión preventiva desde el día de la intentona golpista.
El Ministerio Público, representado por la fiscal Galinka Meza, solicita 34 años de cárcel para Castillo por los delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública, además de tres años y seis meses de inhabilitación para cargos públicos. Meza destacó que este juicio «no tiene precedentes en la historia de Perú», subrayando su relevancia por tratarse de un ataque directo al orden constitucional.
Castillo rechaza defensa y coacusados comparecen Durante la sesión, Castillo se presentó sin representación legal, tras haber prescindido de sus cuatro abogados previos y rechazar un defensor público. «No acepto someterme a esta pantomima», afirmó ante los magistrados, quienes le asignaron un abogado de oficio conforme a la normativa judicial.
En una carta difundida en su cuenta de X momentos antes del inicio, el exmandatario insistió en que está «secuestrado» y que su discurso del 7 de diciembre fue una respuesta a demandas populares, no un delito.
Junto a Castillo, comparecieron seis coacusados: los ex primeros ministros Aníbal Torres y Betssy Chávez, el exministro del Interior Willy Huerta, y los exoficiales de la Policía Nacional Manuel Lozada, Justo Venero y Eder Infanzón.
La Fiscalía pide 25 años de prisión para Chávez, Huerta y los expolicías, y 15 años para Torres, todos señalados como coautores en el presunto delito de rebelión. Infanzón fue declarado reo contumaz al no presentarse, presumiéndose que está en Suiza.
La exministra Betssy Chávez en la audiencia de la instalación del juicio oral. | Fuente: Andina
En su imputación, la fiscal Meza dijo que Castillo habría coordinado con Torres y Chávez el mensaje televisado que anunció la disolución del Congreso, la intervención del sistema judicial y un gobierno de excepción. Además, ordenó impedir el ingreso al Legislativo y proteger las viviendas de sus padres y coacusados, mientras intentaba llegar a la embajada de México para solicitar asilo, frustrado por su detención en flagrancia.
Castillo: «Hice lo que el pueblo me pidió»
En su exposición, la Fiscalía también resaltó que el mensaje de Castillo generó «alarma y zozobra» en el país, configurando el delito de perturbación pública. La Procuraduría del Estado, por su parte, solicitó una reparación civil conjunta de 65,4 millones de soles (unos 17,7 millones de dólares) por los daños patrimoniales ocasionados.
Castillo, en su intervención, asumió plena responsabilidad por el discurso, eximiendo a sus coacusados de cualquier participación. «Hice lo que el pueblo me pidió», afirmó, negando que hubiera un levantamiento armado o coordinación delictiva.
El exministro Aníbal Torres llega a la audiencia con su abogado Duberlí Rodríguez. | Fuente: Andina
Fuera del penal de Barbadillo, simpatizantes de Castillo, muchos ligados al partido Todo con el Pueblo, se reunieron con carteles que lo califican como víctima de un «linchamiento político». Algunos intentaron ingresar a la sala, pero fueron contenidos por la Policía Nacional.
El tribunal anunció que el juicio continuará el jueves 6 de marzo con los alegatos de las defensas de los coacusados. Las audiencias, programadas tres veces por semana (martes, jueves y viernes), se realizarán en la sede de la Dinoes.