Abogada Romy Chang cuestiona colaboración eficaz de Andrés Hurtado: «Va encaminado a prisión preventiva»

El conductor de televisión Andrés Hurtado, conocido también como Chibolín, fue capturado por la Diviac, el pasado jueves 19 de septiembre en una clínica de San Borja. Días después respondió un interrogatorio durante el control de identidad, en el cual se supuso que podría acogerse a la colaboración eficaz.

Sin embargo, esta suposición viene siendo descartado cada vez por más abogados, incluso por su propia defensa, Elio Riera, quien durante declaraciones para Canal N, señaló que Andrés Hurtado no se acogería a la colaboración eficaz. A esto se sumó la opinión de la experta Romy Chang.

¿Qué dijo Romy Chang al respecto?

Durante el programa ‘VIII Mandamiento’, la abogada penalista Romy Chang fue clara al indicar que ve poco probable que Andrés Hurtado ‘Chibolín’ sea considerado colaborador eficaz por la Fiscalía.

Chang citó lo dicho por Elio Riera, quien precisó que «su cliente no se acogerá a la colaboración eficaz porque es patrocinado dice que es inocente y no aceptará la comisión de ningún delito».

«Yo veo como una estrategia bien complicada de sostener porque hay bastantes elementos que se han presentado y que va a tener que explicar. Más bien me da la impresión que el fiscal Alcides Chinchay le ha dicho ‘no me interesa tu colaboración eficaz'», indicó Chang.

Agregó que esta impresión se debe a base de todo lo que Andrés Hurtado ha venido diciendo, pues no mostraría ser una persona confiable, ya que se le ha descubierto que ha mentido constantemente. «Es una persona donde la boca del mentiroso, lo cierto se hace dudoso», señaló.

«Probablemente, el fiscal haya dicho ‘¿qué gano aceptando esta colaboración?’. Así como va, esto viene muy encaminado hacia una prisión preventiva», finalizó.

Rosa María Palacios sobre colaboración eficaz de Chibolín

Durante su programa ‘Sin guion’, la periodista RMP precisó que ve complicado que el juez le pueda otorgar el beneficio de colaborador eficaz a Andrés Hurtado.

«Decir la verdad puede terminar siendo sumamente complicado, no porque todo lo que haya hecho sea delictivo, (…) sino que necesita entregar información real, verdadera, corroborable, que establezca que efectivamente estas en una organización criminal donde hay roles asignados donde hay un conjunto de personas que participan en una actividad ilícita y que conoces esa actividad ilícita en detalle», precisó.

Agregó que no es muy certero que Hurtado sepa más de lo que ya ha contado hasta la fecha, por lo que no sería de mucha ayuda para el juez tener su testimonio.

Romy Chang: «Jurídicamente sí es posible una prisión preventiva contra el presidente, incluso en el ejercicio de sus funciones»

La abogada penalista Romy Chang consideró que la decisión del fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, de investigar al presidente de la República, Pedro Castillo, era necesaria.

“Era necesario un cambio de interpretación, de lo que la fiscal de la Nación anterior había resuelto”, dijo en Ampliación de Noticias RPP.

Chang cuestionó el criterio de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos. “Según ella, conforme con el artículo 117 de la Constitución, al presidente de la República no se le podía investigar por nada hasta que culminara su mandato, lo cual era absurdo”.

“El fiscal Pablo Sánchez ahora está encaminando las cosas, y dadas las evidencias, elementos, denuncias, declaraciones de aparentes colaboradores, está buscando que se lleve a cabo una investigacion y se esclarezcan los hechos”, apuntó.

De esta manera, Chang precisó que ahora el presidente de la República, Pedro Castillo, deberá brindar sus descargos como investigado.

“La declaración del presidente, pero ya no como testigo, con lo cual ya no es posible que le manden el pliego de preguntas y responder por escrito. Ahora el presidente debe ir a dar sus descargos porque ya hay una imputación en su contra, un hecho que se tiene que esclarecer”, indicó.

Asimismo, sostuvo que Castillo “a la luz de su derecho a la no incriminación, no dar su declaración, lo cual significa que pierde la oportunidad de buscar justificar los hechos por los cuales se le está investigando”.

La penalista añadió que ahora el fiscal de la Nación puede “ordenar el elevantamiento de las comunicacioines telefónicas, allanamientos y medidas de restricción como es el tema de impedimento de salida del país, incluso hasta la misma prisión preventiva, que es la más drástica que se tiene respecto en un proceso penal”.

Chang apuntó si hay riesgo de que las pruebas se puedan perder, también hay un riesgo de obstaculización de la investigación,podría proceder la prisión preventiva.

“La prisión preventiva procede cuando hay diferentes y suficientes elementos que puedana acreditar el delito y cuando hay un riesgo de ocultamiento de pruebas. Si eso es así, juridicamente sí es posible una prisión preventiva contra el epresidente, incluso en el ejercicio de sus funciones”, aseveró Chang.