Asociación de AFP: Suspenden temporalmente solicitudes de retiro de hasta 4 UIT

Esta mañana, la Asociación de Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) informó que suspendió temporalmente la recepción de solicitudes para el retiro de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) autorizado por la Ley 32002.

En un amplio comunicado, difundido en redes sociales, señalan que esto se debe a que se está realizando «mantenimiento» en el portal www.solicitaretiroafp.pe. «El servicio estará temporalmente inactivo», indican los responsables.

FACILIDADES

Sin embargo, la Asociación AFP negó que esta situación afecte  de alguna manera la programación de los desembolsos, hasta 1 UIT cada 30 días calendario, tras el registro de la solicitud efectuado por los afiliados anteriormente.

«Agradecemos su comprensión y renovamos nuestro compromiso de brindarles todas las facilidades para que puedan registrar sus solicitudes de retiro», finaliza el aviso de la asociación de AFPque sorprendió a los aportantes.

MEF aprueba el nuevo valor de la UIT para el 2024

A través del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas ha informado sobre la actualización del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mediante el decreto supremo N° 309-2023-MF.

Como se recuerda, la UIT en 2023 era de S/4.950, para el próximo año se ha establecido que el valor de la UIT en 2024 será de S/5.150, reflejando un incremento del 4,04% (S/200).

La medida adquiere gran relevancia para los ciudadanos y empresas peruanas, ya que dicho valor funciona como punto de referencia en normativas tributarias. Su impacto se refleja en multas, impuesto a la renta y otros tributos dirigidos a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

¿Qué es la UIT?

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) representa el monto en soles fijado por el Estado, utilizado para calcular impuestos, sanciones, multas y otros aspectos tributarios. Algunas cifras se expresan en cantidades específicas (por ejemplo, 5 UIT) o como porcentajes (por ejemplo, 20% UIT).

Cabe señalar que el valor de la UIT cambia anualmente, aplicando desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, y es determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Gobiernos regionales y municipios solo ejecutarán obras por administración directa no mayores a 50 UIT (s/247,500.00)

El sábado último, en Normas Legales del Diario El Peruano, se publicó la Ley N° 31876 que establece las medidas que regulan el proceso de ejecución de las obras por administración directa.

El monto total de la inversión no será mayor a cincuenta (50) unidades impositivas tributarias (UIT), es decir S/247 mil 500.

En su décimo artículo establece que, en el marco de la ejecución de una obra por administración directa, está prohibida la adquisición bajo cualquier modalidad, de maquinaria y equipos con cargo al presupuesto de la obra.

La norma aprobada por insistencia lleva la rubrica del presidente y vicepresidente del Congreso de la República, respectivamente. 

Congreso: Plantean nuevo proyecto para que afiliados retiren hasta 4 UIT de AFP

La bancada Perú Bicentenario presentó un nuevo proyecto de ley para posibilitar el retiro del dinero aportado a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) por parte de sus afiliados.

En la iniciativa legislativa se plantea que se pueda retirar hasta 19 800 soles desde las cuentas individuales de capitalización de los afiliados a las AFP. Esta suma es equivalente a cuatro unidades impositivas tributarias (UIT).

La iniciativa, planteada por el congresista Guido Bellido, establece la intangibilidad del monto que el afiliado decida retirar de su AFP en función a la norma que se propone aprobar.

Ello impide que el dinero retirado pueda ser materia de descuento, embargo, retención o de alguna afectación derivada de órdenes judiciales o administrativas, salvo en casos de deudas por pensión de alimentos.

Retiro tendrá tres etapas

Asimismo, en el proyecto de ley se estable el mecanismo para efectuar el retiro de los fondos aportados a las AFP. En ese sentido, se indica que este tendrá tres etapas.

Las dos primeras comprenderán abonos equivalentes a una UIT cada uno. El que se efectuará en la tercera etapa, equivaldrá a dos UIT.

Argumentos del proyecto

El argumento esbozado para la presentación de este proyecto de ley -alcanzado a la mesa de partes del Congreso en la víspera- es el de que diversas regiones han sufrido pérdidas económicas representativas desde fines del año pasado, cuando se iniciaron las protestas políticas.

Dicha situación redunda en mayor desempleo y endeudamiento, tanto en las personas naturales como en las micro y pequeñas empresas, se indica. En ese sentido, la posibilidad de disponer de los fondos aportados a las AFP puede constituir una “medida de contingencia” que ayudará a palear esa situación. Andina