Abogado indica que Juanelo está inhabilitado y regidores tendrán que cumplir las normas: “Hay una condena y se debe suspender al alcalde”

¡El alcalde está inhabilitado! El abogado y procurador público de Chancay, José Ramos Casazola, se pronunció con respecto a la situación del alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, señalando que la autoridad distrital se encuentra inhabilitada, lo cual le impide ejercer el cargo y es motivo suficiente para su suspensión.

En ese contexto, precisó que el pedido de suspensión solicitado por la ciudadana Judith Apolinar es legítimo; sin embargo, observó que hubo un error procesal; puesto que, al solicitar la suspensión, no se tomó en cuenta que el Poder Judicial debía remitir la sentencia condenatoria debidamente certificada. Esta carencia obligó al concejo municipal a suspender la sesión donde se iba a debatir la sanción a la autoridad.

“La ciudadana Judith Apolinar, dentro de sus medios de prueba, plantea que se solicite al Poder Judicial la sentencia condenatoria certificada… Ahí radica el problema de ayer. De acuerdo con la ley, los funcionarios responsables de tramitar dicha copia eran el secretario general y el propio alcalde. Lo que ha hecho el concejo es correcto; no se puede resolver un proceso con una copia simple”, manifestó el abogado.

Durante la entrevista con Enfoque Real, Ramos Casazola cuestionó la postura del abogado de Juan Álvarez, indicando que este intentó justificar la ausencia del documento argumentando que el concejo debía reunirse primero para recién solicitar la copia.

“Trata de justificar la falta de esa prueba señalando que primero debía sesionar el concejo; eso es incorrecto. Si el concejo tiene 30 días para resolver, lo lógico era que la prueba ya estuviera disponible, pues ya había sido solicitada por la peticionante”, agregó Ramos, quien sostuvo que la responsabilidad recae en el secretario y el alcalde, y no en los regidores.

Asimismo, el procurador indicó que a la solicitante le faltó asesoría legal estratégica para evitar estos inconvenientes que, finalmente, le permiten al alcalde ganar tiempo y permanecer en el cargo.

Por otro lado, “Pepe” Ramos argumentó que, en cuanto se obtenga la copia certificada, el concejo municipal deberá convocar obligatoriamente a una nueva sesión. De aprobarse la suspensión, el alcalde podrá ejercer su derecho de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que este resuelva en última instancia.

Además, aclaró que para suspender a una autoridad basta con una sentencia de segunda instancia. Con esto, rebatió los argumentos de otros juristas que sostienen que se requiere un fallo de casación para proceder contra el alcalde portuario.

“No entiendo, la verdad es una sola, hay una condena en segunda instancia y se debe suspender al alcalde, no hay nada más que interpretar. El alcalde tiene derecho a la defensa y a dilatar el proceso, pero para poner orden están los regidores”, sostuvo.

Finalmente, expresó que, si los regidores no hacen cumplir las normas establecidas, deberán asumir una responsabilidad legal e histórica ante el pueblo que les otorgó su confianza mediante el voto.

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