Ex jefe de la Divpol Alberto Heinstein Laureano Espíritu asciende al grado de General PNP

La provincia de Huaral ha manifestado su reconocimiento y satisfacción tras el ascenso al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú del Coronel PNP Alberto Heinstein Laureano Espíritu. El nombramiento fue oficializado mediante la Resolución Suprema N.° 381-2025-IN, publicada el pasado 15 de diciembre en el diario oficial El Peruano.

Trayectoria de Liderazgo y Presencia en la Calle

El ascenso del General Laureano, que será efectivo a partir del 1 de enero de 2026, es visto por la ciudadanía y la institución como un premio a la «meritocracia de campo». Durante su gestión en Huaral, Laureano Espíritu destacó por ser un oficial de acción, liderando operativos directamente en las zonas críticas y manteniendo una política de puertas abiertas y cercanía con la población.

Posterior a su paso por la provincia, su capacidad estratégica lo llevó a asumir la Jefatura de la Policía de Carreteras a nivel nacional, consolidando su perfil como uno de los mandos con mayor proyección dentro de la PNP.

Respaldo Institucional y Ejecutivo

La promoción fue ratificada por el Presidente de la República, José Enrique Jerí Oré, y el Ministro del Interior, Vicente Tiburcio Orbezo. El proceso de ascenso se fundamentó en los estrictos criterios de:

  • Resultados operativos tangibles.
  • Trayectoria profesional impecable.
  • Liderazgo y vocación de servicio.

Desde la provincia de Huaral, se extienden los mejores deseos al General PNP Alberto Laureano en este nuevo desafío, confiando en que su liderazgo seguirá fortaleciendo la seguridad en todo el territorio peruano.

Abogado de Ciro Castillo apeló detención preliminar y allanamiento: dice que no hay «elemento probatorio» de riesgo de fuga

La Fiscalía y efectivos de la Policía ejecutaron ayer, lunes, una orden de allanamiento a los domicilios de Ciro Castillo, gobernador regional del Callao, y otros investigados en el caso ‘Los socios del Callao’. Además, se ordenó detención preliminar, por 15 días, contra Castillo Rojo; no obstante, este se encuentra no habido.

El Ministerio Público señala que el gobernador regional del Callao habría liderado, junto a dos funcionarios nombrados en su gestión, una presunta organización criminal que habría operado evitando los procesos de selección establecidos por ley y dirigiendo más de 60 contrataciones públicas en dicha gobernatura y el Comité de Administración del Fondo Educativo (CAFED) del Callao, causando un perjuicio económico al Estado de S/ 1 461 121.10.

Ante ello, Humberto Abanto, abogado de Castillo Rojo, presentó un recurso de apelación al Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, solicitando que se «revoque totalmente» lo decidido contra su patrocinado y que se declare infundados no solo el requerimiento de detención preliminar sino también el «allanamiento con descerraje, registro domiciliario, registro personal, incautación y/o decomiso de bienes del inmueble» contra su defendido. 

Argumentos

Según alega Abanto, «la condición de líder de una organización criminal» que señala la Fiscalía contra Ciro Castillo se basa en «dos hechos ilícitos»: «ser gobernador regional del Callao y haber designado a personas en cargos públicos, conforme a las atribuciones de su puesto de máxima autoridad regional».

«Ningún dato objetivo se aporta acerca de que haya participado en los procedimientos de contratación cuestionados, por razón de [su] cargo; y que hayan sido ejecutados por órdenes [suyas]. Se sustituye los datos objetivos por simples suspicacias«, indica.

Respecto al riesgo de fuga, el letrado indica que la sustentación se basa en “su condición de autoridad política [que] le otorga capacidades logísticas y económicas” y en que “funcionarios de alto nivel disponen de redes de apoyo”. Dichos argumentos, según el escrito, «no son más que afirmaciones genéricas aplicables no solo a cualquier autoridad, sino a toda persona por encima de la línea de pobreza. No se aporta elemento probatorio alguno que se oriente a sustentar la alta probabilidad de que el imputado fugue».

«Por otra parte, la resolución establece que el investigado Ciro Castillo Rojo Salas ‘podría influir en funcionarios activos’ y ‘facilitar la desaparición de documentos’, pero sin precisar quiénes serían esos funcionarios ni precisar cuáles serían esos documentos. Peor aún, no da cuenta de cuáles son las disposiciones de protección de declaraciones y documentos impartidas por el Ministerio Público u ordenadas por el JIP, que hayan sido infringidas o afronten un peligro concreto de ataque por parte de mi defendido», señala el recurso.

«El Juzgado, al hacer uso de expresiones hipotéticas -como ‘podría’ o ‘es razonable inferir’-, pone en evidencia la ausencia de hechos actuales que sustenten la medida. Cabe agregar que la motivación debe ser concreta y no basada en suspicacias, conjeturas o presunciones genéricas, en especial, cuando se afecta el derecho fundamental a la libertad. Los peligros no pueden ser únicamente abstractos, es indispensable que concurran peligros concretos para justificar la decisión de interferir dentro del contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental», agrega.

Asimismo, el abogado considera que el juez, «al realizar el examen de idoneidad, no explica por qué cada investigado presenta un peligro concreto de fuga», ya que «no hay datos sobre conductas previas, intentos de ocultamiento o circunstancias personales que nos coloquen frente a una situación riesgosas que exija ser conjurada por la medida solicitada». «Se limita a repetir argumentos abstractos», sostiene.

Finalmente, señala que la judicatura, al sostener que existe un “riesgo inminente de eliminación o borrado de información” por parte de Castillo Rojo, «incurre en una motivación aparente porque no se acompaña datos objetivos que demuestren que los investigados han intentado destruir pruebas o que poseen medios para hacerlo».

«El principio de necesidad exige que la restricción de derechos fundamentales se funde en circunstancias específicas que revelen urgencia real. Sin embargo, el texto se limita a enunciar un riesgo abstracto aplicable a cualquier investigación», puntualiza. 

Policía indica que ejecuta trabajos para capturar a Ciro Castillo

Según el general PNP Luis Alberto Lira Limo, director de la Dirección Contra la Corrupción (DIRCOCOR), la última vez que se le vio a Ciro Castillo fue en una actividad pública fue «hace 4 días».

«Hace cuatro días se le vio en una actividad social, participando. A partir de que comenzamos el trabajo ya no se le ha visto al presidente regional. Justamente estamos ahorita efectuando el trabajo, con dirigencia del Ministerio del Interior, para lograr ubicarlo», indicó.

«En la mañana, hemos detenido a cuatro; hace una hora hemos tenido uno más, cinco. Faltan efectuar allanamientos y ojalá que en esos allanamientos que se tiene [pendientes], se le puede encontrar a él y a los otros dos funcionarios que falta por detener», puntualizó.

Médicos del hospital de Chancay operan en pasadizos por colapso total

El Hospital Hidalgo Atoche de Chancay quedó expuesto en una escena inaceptable, los médicos tuvieron que intervenir quirúrgicamente a un paciente en pleno pasadizo, ante la ausencia de sala de operaciones, equipos médicos y medicamentos, exponiendo una crisis que pone en riesgo directo la vida de los pacientes y evidencia un colapso institucional sin precedentes.

El personal de salud denunció que no funciona la autoclave, no hay insumos básicos y que el Gobierno Regional no ha respondido a los reiterados pedidos de auxilio. La situación, lejos de ser aislada, revela una precariedad sostenida que obliga a dichos profesionales a trabajar en condiciones que vulneran todos los protocolos de seguridad y atención médica.

La gravedad del hecho resulta aún más indignante si se recuerda que el Hospital de Chancay fue, años atrás, un referente regional, al punto de recibir pacientes de otras provincias por la calidad de su atención. Hoy, las intervenciones en pasadizos son la evidencia más cruda del abandono y la ausencia de gestión. La salud pública se encuentra en emergencia y las autoridades ya no pueden seguir mirando al costado.

Fuente: Central de Noticias

Poder Judicial aplica control difuso tras sentencia del TC y rechaza prescribir delitos de lesa humanidad

El juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional del Poder Judicial, Fernando Valdez Pimentel, declaró inaplicable la Ley 32107, que precisa prescribir los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes de 2002, en el marco del caso Víctor Polay Campos, líder del MRTA, y de otros investigados acusados de asesinatos ocurridos entre 1989 – 1992.

La resolución del Poder Judicial se da luego, de que la Ley 32107 aprobada inicialmente por el Congreso el 8 de julio de 2024, sea presentada por la defensa de Polay, tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC) en la cual dicha ley no alcanzó la mayoría necesaria de cinco votos para ser declarada inconstitucional.

Argumentos de jueces para declarar inaplicable Ley 32107

El juez Valdez Pimentel se basó en la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) para ejercer el control difuso, luego de que la resolución del TC quedará con 4 votos en contra y 3 a favor de declarar inconstitucional la Ley 32107, por lo que la decisión del máximo órgano de interpretación de la Constitución Peruana concluyó en declarar constitucional la mencionada ley que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. Además, basó su decisión en una combinación de control constitucional interno y la primacia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

El Juzgado rechazó la obligatoriedad de aplicar automáticamente la Ley 32107, argumentando que si bien las leyes declaradas constitucionales por el TC son de aplicación general, el Juzgado aplicó el principio de control concreto. Es decir, que la decisión del juez se aplicará en el caso particular de Víctor Polay y otros acusados.

Asimismo, añadió que citando la propia jurisprudencia del TC (Exp. N.° 1680-2005-PA/TC), el juez señaló que puede inaplicar una norma si su uso en un caso particular resulta incompatible con la Constitución. En este caso, la aplicación de la Ley 32107 iría contra el mandato constitucional de sancionar crímenes graves.

Finalmente, el magistrado Valdez Pimentel declaró que el fallo del TC sobre la Ley 32107 no constituye un precedente vinculante, lo que otorga al juez la libertad de utilizar otras fuentes interpretativas.

Caso Las Gardenias que involucra a Víctor Polay

Al referirse en el caso concreto Las Gardenias, el juez enfatizó que dada la «especial gravedad de los hechos investigados» (asesinatos y secuestros cometidos por el MRTA contra la población civil) y la condición de «líderes y mandos intermedios» de los imputados, la aplicación de la prescripción implicaría «consagrar su impunidad».

Agregó que los crímenes de lesa humanidad afectan a la humanidad en conjunto, y el interés colectivo en su persecución penal es incompatible con cualquier límite temporal.

En consecuencia, el juzgado ordenó que el proceso contra Víctor Polay Campos y otros implicados «debe proseguir conforme a su trámite regular».

Alfredo Barnechea se disculpa por expresiones contra el JNE, pero insiste en cuestionar nulidad de Acción Popular

El excandidato presidencial, Alfredo Barnechea, reapareció luego de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) retirara a Acción Popular de las Elecciones 2026 al haber encontrado irregularidades en los comicios internos por delegados el último 7 de diciembre. En ese sentido, Barnechea ofreció disculpas a los miembros del JNE tras haber tenido comentarios «poco ofensivos» y cuestionar la legalidad de la anulación de la candidatura del partido de la lampa.

«Yo creo profundamente en las instituciones y en los defectos de la naturaleza humana, entre los cuales me incluyo yo que cometo errores. Quiero pedirles disculpas, expresas y públicas», expresó, y luego indicó que al momento de hacer esas declaraciones se encontraba en el parto de su hija. Sin embargo, el sábado 13 de diciembre, mencionó que estaba en «una plaza» y tuvo que salir de un matrimonio.

«No estaba en mi momento de mayor lucidez, ni recuerdo lo que dije, pero pareciera que me excedí en algunos adjetivos», dijo.

¿Qué dijo Alfredo Barnechea sobre el JNE?

El pasado sábado 13 de diciembre, Barnechea tuvo comentarios — “poco ofensivos” como lo define él— contra el JNE luego del retiro de Acción Popular de las Elecciones 2026. Durante una entrevista, el excandidato presidencial mencionó que se encontraba «sorprendido e indignado» con la decisión del órgano electoral. Asimismo, calificó como «extraño» e «ilegal» que el JNE publique dicha decisión un día sábado y advirtió a los miembros del Jurado que los denunciaría penalmente.

«Quiero decirles a los miembros del JNE que no saben con quién se están enfrentando, que los vamos a perseguir en todas las instancias, vamos a averiguar todo sobre ellos, porque se han portado de una manera ilegal, excluyendo a un partido histórico (…) No es una amenaza», dijo.

Barnechea defiende legalidad de elecciones internas de Acción Popular

Por otro lado, Barnechea cuestionó la decisión del JNE al indicar que ello podría significar el «exterminio de un partido histórico» como Acción Popular.

«Que el Jurado Nacional de Elecciones tome una decisión tan dráticas y tan apresurada y tan poco meditada sobre un partido histórico es algo que me llama la atención», comentó.

Violento accidente de tránsito en la carretera Huaral – Aucallama deja dos heridos

Un violento accidente de tránsito se registró la mañana de este miércoles en el kilómetro 7 de la carretera Huaral – Aucallama, a la altura del sector Santa Elena, tras la colisión entre un bus interprovincial de la empresa Z Bus, de placa F6N-960 – que se dirigía a Lima -, y un vehículo menor de color negro, con placa AAZ-172.

Como consecuencia del fuerte impacto, dos personas resultaron heridas: un pasajero del bus y el conductor del automóvil. Ambos fueron auxiliados por personal de serenazgo y trasladados de inmediato al hospital de Huaral para recibir atención médica.

De acuerdo con la versión preliminar del conductor del bus, el vehículo menor se desplazaba a excesiva velocidad en dirección a Huaral, lo que lo obligó a realizar una maniobra evasiva para evitar un accidente de mayores proporciones.

Las autoridades correspondientes iniciaron las investigaciones para determinar las causas exactas del accidente y establecer responsabilidades, puesto que algunos refieren que el chofer del vehículo negro estaría en estado de ebriedad.