MTC extiende cierre del Serpentín de Pasamayo hasta 2028: vehículos de transporte público no podrán circular

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció la ampliación de la restricción temporal vigente desde 2018, que limita el acceso y la circulación de vehículos de transporte de pasajeros por el Serpentín de Pasamayo, en el tramo comprendido entre los kilómetros 44 y 75 de la Panamericana Norte. La medida se aplicará las 24 horas del día y permanecerá vigente hasta 2028, afectando una de las principales rutas del litoral central del país.

La disposición, establecida mediante la Resolución Directoral N.º 041-2018-MTC/15 por la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT), tiene como objetivo reforzar la seguridad vial y reducir los riesgos para los usuarios. El cierre del Serpentín de Pasamayo regirá desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, periodo durante el cual se evaluará su continuidad.

Estos vehículos no podrán circular tras cierre del Serpentín de Pasamayo

La medida alcanza a microbuses, minibuses y ómnibus de las categorías M2 y M3 que prestan servicios de transporte de pasajeros, los cuales no podrán circular por el Serpentín de Pasamayo. Estas unidades deberán utilizar de manera obligatoria la Variante de Pasamayo, vía de doble calzada y carriles segregados, diseñada para el tránsito de vehículos de transporte de personas en todas sus modalidades.

El cumplimiento de la restricción estará a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP), con el apoyo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), que coordinará las acciones de control en la zona. Asimismo, las autoridades regionales y provinciales deberán aplicar la medida de acuerdo con las autorizaciones otorgadas dentro de sus competencias.

El MTC precisó que la restricción será evaluada de manera permanente durante su periodo de vigencia, a fin de disponer modificaciones, ampliaciones o medidas complementarias si fueran necesarias. Para ello, la DGTT recabará información de las autoridades nacionales y locales, así como de la empresa concesionaria encargada de la vía. La medida podrá complementarse con señalización adicional, cuya implementación estará a cargo del sector competente del ministerio.

Restricción responde a fallas estructurales no resueltas

Para Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, la restricción del tránsito de pasajeros por el Serpentín de Pasamayo no es una medida reciente, sino una norma vigente desde 2018, emitida tras uno de los accidentes más trágicos registrados en esta vía. El especialista recordó que el 2 de enero de ese año un camión colisionó con un bus interprovincial en una curva, provocando que la unidad se desbarrancara hacia el acantilado. “Murieron más de 50 personas”, precisó, hecho que obligó al MTC a restringir la circulación de buses y combis.

Quispe explicó que las investigaciones evidenciaron fallas graves tanto en el comportamiento de los conductores como en las condiciones de la vía. Según indicó, el conductor del camión no redujo la velocidad pese a la señalización existente. “El conductor del camión, pese a que advirtió una señal restrictiva que debió disminuir la velocidad a 40 km/h, no lo hizo. Continuó la marcha y al llegar a la curva se ve obligado a invadir el carril contrario”, afirmó.

Advirtió que esta conducta no es un hecho aislado y se repite en diversas carreteras del país, especialmente en tramos de doble sentido con curvas cerradas, como el Serpentín de Pasamayo. A ello se suma la ausencia de guardavías adecuados, pese a tratarse de una vía concesionada. “Este tramo de la vía no tenía guardavías suficientes bien instalados”, sostuvo. También alertó sobre el desprendimiento constante de arena del talud, lo que obliga a una limpieza permanente de la calzada y aumenta el riesgo de invasión del carril contrario.

Pese a ello, el especialista consideró que la restricción vigente es una medida acertada, aunque insuficiente si no va acompañada de una solución estructural. En ese sentido, propuso que el Serpentín sea utilizado solo por vehículos de carga y en un solo sentido, previa evaluación técnica. “Ese tramo solamente debe ser de utilidad para vehículos de transporte de carga y debería ser en un solo sentido, no en dos”, indicó, sin descartar un esquema reversible con horarios definidos. Mientras tanto, destacó que la Variante de Pasamayo ofrece mejores condiciones, aunque advirtió que durante la temporada de neblina también se requiere mayor control y prudencia por parte de los conductores.

Matrícula 2026: esta es la edad que establece el Minedu para inscribir a tus hijos en inicial

El Ministerio de Educación (Minedu) ha puesto fin a las dudas de miles de padres de familia al ratificar oficialmente la normativa para el proceso de matrícula en el nivel inicial para el año escolar 2026. La entidad ratifica que los estudiantes deberán tener 3 años y confirmó que la fecha de corte se mantendrá fija en el 31 de marzo.

Minedu explicó que esta medida tiene un criterio metodológico que protege el desarrollo integral de niños y niñas, «respeta sus ritmos de maduración y prioriza su bienestar emocional, social y cognitivo en una etapa clave del aprendizaje».

¿Cuál es la edad para matricular a tus hijos en la etapa inicial? Minedu lo explica

Según lo establecido, para que un niño o niña pueda ser matriculado en el grupo de 3 años, deberá haber cumplido dicha edad a más tardar el 31 de marzo de 2026.

Minedu explica que el enfoque propuesto responde a estudios internacionales y nacionales que evidencian que niños de menor edad, dentro de un aula, enfrentan mayores dificultades cognitivas en compresión lectora, matemáticas y convivencia escolar. Asimismo, podrían experimentar niveles de inseguridad y fracaso escolar.

“La edad cronológica es un criterio protector, no arbitrario. Respetar el corte al 31 de marzo permite asegurar que los niños ingresen al sistema educativo cuando cuentan con la madurez necesaria para aprender, convivir y desarrollarse plenamente”, mencionó el ministro de Educación, Jorge Figueroa Guzmán.

¿Cuándo inicia la matrícula escolar 2026?

El Ministerio de Educación informó que la Matrícula 2026 tendrá dos modalidades: una presencial y otra digital.

En la modalidad presencial, las familias presentarán su solicitud de vacante del 2 al 11 de enero de 2026 en las instituciones educativas que sean de su preferencia, pero que no sean colegios que estén focalizados en la matrícula digital.

«Del 12 al 18 de enero se realizará la revisión de las solicitudes; del 19 al 30 de enero, la asignación de vacantes, y, finalmente, del 31 de enero al 4 de febrero de 2026, se efectuará el registro de los estudiantes en el SIAGIE», indicó Minedu.

En el caso de la modalidad digital, los padres podrán comenzar su proceso ‘en línea’ a partir del 19 de enero en 2711 instituciones educativas públicas de 20 UGEL focalizadas de Lima Metropolitana, Callao, Tacna, Arequipa, Moquegua y Lima Provincias.

“¡El Perú a toda máquina!” será lema obligatorio en la publicidad del Ejecutivo

La Presidencia del Consejo de Ministros aprobó una política de comunicación social que obliga a las entidades del Poder Ejecutivo a utilizar un logo institucional acompañado de la frase “¡El Perú a toda máquina!” en toda la publicidad informativa dirigida a la población.

La disposición fue formalizada mediante la Resolución Ministerial 366-2025-PCM, publicada este martes en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El documento establece que la Secretaría de Comunicación Social será la encargada de definir el desarrollo visual del logo y los criterios para su aplicación.

En los considerandos de la norma se explica que la frase “¡El Perú a toda máquina!” representa una idea de acción constante y sin pausas, vinculada al enfoque de la actual gestión frente a la delincuencia y otros desafíos prioritarios del país.

Cabe mencionar que esta resolución lleva la firma del presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez Miranda.

Huaral sin agua: cuando la intervención del Estado fracasa y nadie asume responsabilidades

Por Andrés Tello Velasco (abogado)

En Huaral, el problema ya no es solo la escasez de agua.

El problema es una intervención estatal prolongada que no ha resuelto nada y que hoy es parte del conflicto.

La empresa EMAPA Huaral se encuentra bajo intervención del Estado desde el año 2019, a través del Régimen de Apoyo Transitorio (RAT), administrado por el OTASS, creado con la reforma del sector saneamiento del 2017.

Han pasado más de cinco años.

Cinco años de control estatal directo.

Y, sin embargo, el abastecimiento de agua se ha deteriorado y la población vive hoy peor que antes.

Una intervención que dejó de ser solución y se volvió problema. El RAT fue concebido como una medida excepcional y temporal para rescatar empresas en crisis.

En Huaral, esa excepcionalidad se perdió: la intervención se volvió crónica, sin fecha de cierre, sin metas públicas claras y sin rendición de cuentas real.

Cuando una intervención dura años y no mejora el servicio, ya no es apoyo: es incapacidad institucional.

Cambios constantes, cero continuidades

Desde el inicio de la intervención en 2019, EMAPA Huaral ha tenido una alta rotación de autoridades designadas, incluyendo: sucesivos presidentes del directorio, distintos representantes y equipos de gestión vinculados a OTASS.

Cada cambio reinicia prioridades, congela decisiones y diluye responsabilidades. Nadie responde por los resultados porque nadie permanece el tiempo suficiente para asumirlos. No se puede exigir eficiencia operativa cuando la conducción cambia permanentemente.

El núcleo del problema nunca fue atacado

La falta de agua en Huaral no es un fenómeno reciente ni imprevisible. Es consecuencia de: altas pérdidas de agua por fugas y conexiones ilegales, ineficiencia comercial (medición deficiente, baja cobranza), infraestructura colapsada, sin mantenimiento preventivo real.

Estos problemas no se corrigen con comunicados, diagnósticos ni compras aisladas. Se corrigen con gestión firme, continuidad y decisiones impopulares. Nada de eso se ha consolidado en más de cinco años.

La población no cree más

Hoy la ciudadanía de Huaral ya no cree en la narrativa de la “recuperación en proceso”.

La gente no mide la intervención por informes técnicos ni por presentaciones institucionales.

La mide por una pregunta simple: ¿hay agua en el grifo o no?

Y hoy la respuesta es clara: no hay abastecimiento suficiente, y la situación se ha agudizado.

Conclusión: la responsabilidad ya no es heredada, es actual

Después de más de cinco años de intervención directa del Estado, ya no es válido seguir culpando al pasado.

La responsabilidad es presente y concreta.

El sector debe responder con claridad:

¿Qué metas se fijaron para EMAPA Huaral desde 2019?

¿Cuántas se cumplieron?

¿Por qué, pese al control estatal, el servicio es hoy más deficiente?

El agua es un derecho básico, no un experimento administrativo interminable.

Si la intervención no ha funcionado, corresponde corregir el modelo, transparentar los resultados y asumir responsabilidades políticas y técnicas.

Huaral no necesita más años de intervención.

Necesita agua.

Huaral, 29 de diciembre del 2025.

Educación inicial 2026: Minedu ratifica ingreso desde los 3 años cumplidos a esta fecha

El Ministerio de Educación (Minedu) ratificó que el ingreso al nivel de educación inicial para las instituciones educativas públicas y privadas es a partir de los 3 años cumplidos hasta el 31 de marzo.

Con esta medida, el sector de educación buscar proteger el desarrollo integral y respetar los ritmos de maduración en esta etapa clave del aprendizaje.

Criterio pedagógico del Minedu

Según los estándares de aprendizaje desarrollados por el Minedu, para el ingreso al nivel de educación inicial se respetará el criterio de los 3 años cumplidos siguiendo los criterios pedagógicos. 

De esta manera, los niños y niñas que hayan cumplido años hasta el 31 de marzo podrán ser matriculados en el año académico escolar del nivel inicial con el fin de proteger y priorizar el bienestar emocional, cognitivo y social. 

Según la consideración del Minedu, se está teniendo en cuenta que durante la primera infancia, solo algunos meses de diferencia, pueden marcar «cambios significativos», según precisa. 

Diferencias en el desarrollo del lenguaje, la autorregulación emocional, las habilidades sociales y el pensamiento lógico son parte de las consideraciones que se podrían presentar en el aula. 

«La edad cronológica es un criterio protector, no arbitrario. Respetar el corte al 31 de marzo permite asegurar que los niños ingresen al sistema educativo cuando cuentan con la madurez necesaria para aprender, convivir y desarrollarse plenamente«, indicó el ministro de Educación, Jorge Figueroa Guzmán.

No se modificará la fecha

De acuerdo a diversos estudios nacionales e internacionales, se evidenció que los niños menores de edad que cuentan con menor edad en las aulas, a diferencia podrían enfrentar mayores dificultades en comprensión lectora, matemática, comunicación oral y convivencia escolar

Además, según tales estudios, se suelen registrar mayores niveles de inseguridad, menor participación en clase y un mayor riesgo de fracaso escolar temprano.

Por tal razón, el Minedu precisa que modificar la fecha de corte ampliaría la diferencia de edad entre estudiantes de un mismo grado hasta en 16 meses, marcando una amplia diferencia en edad entre alumnos de la misma aula.

Principalmente es en la etapa inicial es cuando los infantes son altamente sensibles a experiencias de estrés, frustración o exigencias inadecuadas, por lo que se prevé un mejor manejo de su bienestar emocional.

Por ello, el Minedu ha ratificado que a partir de los 3 años cumplidos hasta el 31 de marzo se permitirá el ingreso para la educación inicial para el 2026.

Estado podría anular contrato con Cosco Shipping por incumplimiento de inversión

…»El Gobierno aceptó aprobando adenda un recorte de más de US$ 420 millones en la inversión comprometida del Megapuerto Chancay, sin retirar el beneficio que permite devolver el IGV durante la etapa de construcción»… (fuente Diario La República)

Análisis.-

El «CONTRATO ORIGINAL» firmado con el Estado Peruano el 2016 que la prensa nunca resaltaba y ahora cobra relevancia no ha cambiado su cláusula de resolución por incumplimiento de inversión y ejecución de obras que está vigente.

La «EXCLUSIVIDAD» cuestionada se otorgó sin norma legal que la ampare el 2021 cuando COSCO SHIPPING a través de su Gerente General Carlos Tejada Mera ex Comandante General de la Marina de Guerra del Perú quien condiciono con presunto chantaje empresarial a su propio país la inversión de US$ 1,213 millones a cambio de citada exclusividad tal como se ha hecho publico en el conocido portal de investigación «Ojo Público.», consecuentemente la Exclusividad en el uso del puerto por parte de la empresa estatal china debería dejarse sin efecto.

«INVERSIÓN» de US$ 1,213 se estableció en adenda firmada por Tejada gerente de Cosco el 2021 al contrato original del 2016 dónde ahora vemos que no se ha cumplido. ¿ será porque su negocio no da fruto ?

«CUENTO CHINO» ¿ todo habría sido un cuento chino del gerente de Cosco Almirante (r) Carlos Tejada Mera y la noticia que daban los medios de prensa era para que el pueblo crea que en la inauguración del Megapuerto Chino construido en Chancay ya se había invertido lo pactado ?

NORMA MODIFICADA NO LOS AYUDA, es más en esta última adenda del 2025 para reducir la inversion china «modifica» el artículo 2 de la Resolución Ministerial N.° 555-2017-MTC/01.02, que calificó al proyecto para acceder al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV),

sin embargo el artículo 3 sigue vivo en esta misma normativa y establece que el objetivo principal del contrato madre del 2016 es el «cumplimiento de la ejecución de obras e inversión» que a mi entender no se ha cumplido.

ESTADO PERUANO DEBE EJERCER AUTORIDAD, en mi opinión el Estado Peruano debe ejercer autoridad dentro de la ley aplicando la cláusula de resolución de contrato por incumplimiento de inversión así como las obras que iban de la mano,

sumado a ello considerar los incumplimientos anteriores del contrato original del año 2016 en obras, plazos e inversión firmado por José Picasso Salinas de la Compañía minera Volcán que compro la empresa peruana el 2015 a cargo del proyecto portuario y la primera adenda al contrato firmada el año 2018 por el otro ex Comandante General de la Marina de Guerra del Perú Almirante José Noriega Lores que tampoco cumplió con los compromisos pactados con el Estado siendo gerente y apoderado de la peruana que la formo con 30 mil soles de capital social y luego se convirtió en una subsidiaria de la Volcán.

RESGUARDANDO NUESTRA SOBERANIA NACIONAL el Estado debe denunciar los hechos ante tribunales competentes que tomen decisión y transitoriamente hasta resolver la disputa legal- asuma el control del puerto ubicado en Chancay evaluando diversas formas de participación para que este sea un verdadero y potente aporte de nuestro recurso estratégico como lo es nuestro mar territorial y sea controlado por el Estado Peruano resguardando nuestra soberanía y seguridad nacional.

Confio que el tiempo me dará la razón.

(Fotografía / Diario La República)

Comandante (r)

Gregory Paredes Saavedra

,Armada Peruana