ONPE: Se han presentado 613 solicitudes para revocar a alcaldes y gobernadores

Hasta la fecha se han presentado 613 solicitudes a nivel nacional para revocar a alcaldes y gobernadores regionales. Es así como la población responde a las promesas incumplidas y a los hechos de corrupción que involucran a autoridades que fueron escogidas en octubre del año 2022.

Uno de los que más resalta en la lista es Wilfredo Oscorima, gobernador de Ayacucho, quien está involucrado en el caso Rolex. A él lo acompaña el gobernador de La Libertad, César Acuña, el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, e inclusive el alcalde de Miraflores, Carlos Canales.

En el caso de los gobernadores regionales también destaca la compra del kit para revocar a Rohel Sánchez de Arequipa, Ciro Castillo del Callao y Werner Salcedo de Cusco. Esta cifra de solicitudes del kit de revocatoria no es definitiva, puesto que el plazo para adquirirlo vence el 26 de septiembre.

PASOS PARA LA REVOCATORIA

“Nosotros entregamos el kit de revocatoria al promotor, luego el promotor tiene que recolectar las firmas, luego de cumplir con el mínimo que está establecido que es el 25% de los vecinos, los ciudadanos tienen que llenar unos planillones”, explicó Melissa Garro, vocera de la ONPE.

Luego el Reniec validará los datos y de no encontrar irregularidades, todo quedará en manos en última instancia del Jurado Nacional de Elecciones, que ya ha anunciado para el 8 de junio de 2025 la consulta ciudadana para revocar a sus autoridades.

JNE señala que el número mínimo de firmas para la revocatoria es el 25% de los electores de la jurisdicción

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el cronograma electoral para la consulta de revocatorias de autoridades regionales y municipales, programada para el 8 de junio de 2025. Esta consulta permitirá a los ciudadanos revocar a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales, así como a alcaldes y regidores provinciales y distritales del periodo 2023-2026.

La resolución 0120-2024-JNE establece que entre el 3 de junio y el 26 de septiembre de 2024, los promotores de revocatorias podrán adquirir los kits electorales necesarios para recabar las firmas de adherentes. «El número mínimo de firmas para proceder con la revocatoria es el 25% de los electores de la jurisdicción», detalló el JNE.

El 8 de junio de 2024 será el cierre del Padrón Electoral que se utilizará en la consulta. Este incluirá a los ciudadanos que cumplan la mayoría de edad hasta el día de la revocatoria en 2025. Además, el 11 de octubre vencerá el plazo para que los promotores remitan al Reniec las firmas recolectadas para su verificación.

Finalmente, el JNE convocará oficialmente a la consulta popular el 10 de marzo de 2025, tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales, incluyendo el número de firmas necesarias. «La Constitución Política del Perú reconoce el derecho ciudadano a participar en la revocación de autoridades», resaltó el organismo electoral. 

Revocatoria: En dos primeras semanas ya se presentaron más de 400 solicitudes para adquirir kits

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició el lunes 3 de junio del 2024 la recepción de solicitudes para adquirir los formatos necesarios para revocar autoridades regionales y municipales, correspondiente al periodo de gobierno regional y municipal 2023-2026. La fecha límite para la adquisición de los referidos kits electorales será hasta el 26 de setiembre del presente año.

En las primeras dos semanas de este proceso, la ONPE recibió más de 400 solicitudes para adquirir el kit de revocatoria, informó el organismo electoral.

Las solicitudes las recibe en su sede central del Jr. Washington n.° 1894, Cercado de Lima, en las 20 oficinas regionales de coordinación (ORC) o a través de la mesa de partes virtual de la institución electoral.

La solicitud para adquirir el kit de revocatoria puede ser presentada por cualquier ciudadano, siempre y cuando su Documento Nacional de Identidad (DNI) consigne como domicilio la circunscripción en la cual se pretenda revocar a una autoridad. Debe estar fundamentada y no requiere ser probada.

LOS REQUISITOS SON LOS SIGUIENTES:
. Formulario P5-B, correctamente llenado y firmado, en el cual se fundamenta el pedido de revocatoria.

. Comprobante de pago. El precio actual del Kit es de S/ 85.70. Se puede pagar de forma presencial en la sede de la ONPE o virtual por http://xn--pgalo-xqa.pe/ (código 03830)

. Carta poder simple. Solo en caso de que se nombre a un/a representante.

En un plazo máximo de 9 días hábiles, ONPE dará respuesta a cada solicitud y si existe alguna observación, se brindarán dos días hábiles para subsanarla. Se debe solicitar un kit electoral por cada circunscripción de las autoridades que se solicite revocar: una para distrital, una para provincial y una para regional, de ser el caso. No pueden ir juntas en una sola solicitud. De cumplir con todos los requisitos, la ONPE entregará el kit electoral para continuar con el proceso.

Luego de la entrega del kit y la recolección de firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción), se deberá solicitar a la Subgerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de las firmas recolectadas. Culminado el trámite en el Reniec, corresponde al promotor presentar la solicitud de revocatoria, ya sea en la mesa de partes de la ONPE (presencial o virtual) o en las ORC. El promotor deberá anexar copias de la “Constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes” y del “Acta de etapa de verificación automática y semiautomática”, ambas expedidas por el Reniec.

La ONPE resolverá las solicitudes de revocatoria presentadas en un plazo no mayor de 30 días calendario. En caso de ser denegada procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución.

EL JNE CONVOCA A CONSULTA POPULAR,PARA LAS SOLICITUDES QUE HAN SIDO ADMITIDAS
La revocatoria de autoridades es un proceso de control ciudadano mediante el cual se puede separar de sus cargos a las autoridades regionales, municipales provinciales o distritales. Es un derecho político reconocido a los ciudadanos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú, así como en la Ley N.º 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos y su correspondiente modificatoria Ley 30315.

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Más de 75.000 fonavistas recibirán su dinero por primera vez

La comisión ad hoc del Fonavi dio luz verde a la incorporación de más de 75.000 adultos mayores que, a pesar de sus aportes al fallido sistema, no han recibido ni un sol porque residen en lugares donde el Estado ejecutó obras de saneamiento y electrificación, y con ello, la ley daba por honrada la deuda. Incluso, el Tribunal Constitucional puso un candado que afecta a un universo de más de 328.000 fonavistas excluidos.

Sin embargo, el Congreso del 2020 insistió en que el acceso a estos beneficios no representaba ningún beneficio, y es de ahí que la actual comisión ad hoc –facultada a manejar la entrega de aportes– busca honrar la deuda a este grupo de jubilados ya que, en este caso, las redes de desagüe no son patrimonio del fonavista y dichas obras se realizaron con dinero privado, según Jorge Milla, representante de la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú – Fenaf.

“Nunca estuvo integrada a su vivienda, sino todo lo contrario, es propiedad de la empresa concesionaria”, agrega la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas.

¿Cómo recuperar los aportes?

Milla explica que este grupo de fonavistas ha presentado documentos probatorios en años anteriores, mas los factores ya mencionados limitaron que participen en las 20 listas de devoluciones.

“Si ya han sustentado sus documentos, se incluirán en el grupo 21, que estará listo para octubre, estimamos”, mencionó a La República. Desde la comisión ad hoc explican que la decisión que se tomó –de manera consensuada y por unanimidad– representa un acto de justicia y respeto a la dignidad humana. Es menester precisar que faltan retribuirse S/42.000 millones de los empleadores, pero el TC negó que se devuelva todo. Apenas reintegrarán S/6.000 millones. El fondo actual es de S/2.300 millones.

Rafael López Aliaga: compran kit para revocar al alcalde de Lima por no cumplir promesas electorales

Este lunes 3 de junio, se conoció que se ha adquirido el primer kit de revocatoria contra el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, por el presunto incumplimiento de promesas realizadas durante su campaña electoral. Esta iniciativa podría generar una situación desfavorable para el líder del partido político Renovación Popular.

Mediante las redes sociales, se conoció que el periodista Alonso Ramos anunció que el ciudadano Ciro Silva ha sido el promotor de esta iniciativa. Este hecho podría generar un revés en la gestión de López Aliaga, quien viene desempeñándose como burgomaestre de la capital desde enero de 2023.

Entre los cuestionamientos que se le realizan al también excandidato presidencial en las elecciones de 2021, está el incumplimiento en la compra de motos para la lucha contra la delincuencia, una problemática que ha venido creciendo en los últimos meses y que afecta a los ciudadanos de la capital, quienes sufren a diario múltiples actos vandálicos por parte de grupos criminales.

Además, en el documento se lee que otra de las razones para revocar a López Aliaga del cargo es por no ejecutar un buen plan de gobierno para la región de Lima y por no «convertir» a la capital en una potencia mundial, lema que fue protagonista en la campaña electoral del actual burgomaestre. Sin embargo, hasta el momento, dicha promesa no ha podido concretarse.

Ciro Silva, promotor de esta iniciativa alega que López Aliaga incumplió promesas electorales. Foto: Kevinn García / URPI-LR

Ciro Silva, promotor de esta iniciativa alega que López Aliaga incumplió promesas electorales. Foto: Kevinn García / URPI-LR

Revocatoria contra Rafael López Aliaga. Foto: Difusión.

Revocatoria contra Rafael López Aliaga. Foto: Difusión.

López Aliaga hasta el momento no ha podido ejecutar su plan Hambre Cero

Asimismo, el ciudadano Ciro Silva menciona que el alcalde capitalino no ha podido concretar su plan Hambre Cero, otra promesa principal que emitió en el 2022 el líder de Renovación Popular y que en los programas periodísticos se evidenció que la ayuda alimentaria a las ollas comunes no ha sido eficiente.

Congreso elimina los movimientos regionales y aprueba reelección de alcaldes y gobernadores

Con un cambio de último minuto a la propuesta legislativa inicial para la reelección de alcaldes y gobernadores, el pleno del Congreso aprobó la eliminación de los movimientos regionales. Para lograr ambos objetivos se modificarán tres artículos de la Constitución.

En el texto aprobado se omite la existencia de los movimientos regionales y determina que “los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de partidos políticos de alcance nacional o alianzas entre estos”.

El documento original para la reelección de los alcaldes y gobernadores comprendía la modificación de los artículos 191 y 194 de la Constitución Política. Pero luego se agregó el cambio al artículo 35.

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Para fundamentar esta eliminación, los congresistas dijeron que “las reglas de competencia entre los partidos políticos y los movimientos regionales son desiguales, lo que afecta la competencia entre estos”.

Para los congresistas los movimientos regionales han promovido la desinstitucionalización de la democracia

También pusieron como justificación que, “el nivel de fiscalización y democratización es distinto, propendiendo las organizaciones regionales a la personalización de la política, la que gira en torno a un líder carismático, o simplemente, fungen como “vientres de alquiler” para viabilizar candidatura, lo que en consecuencia las convierte en organizaciones “fusibles””.

Agregaron que, “se puede sostener que contrariamente a su objeto que era fortalecer la democracia, los movimientos regionales, han promovido la desinstitucionalización de la democracia, y hasta cierto punto la corrupción debido a su bajo nivel de fiscalización y reglas no igualitarias para la competencia política”.

La congresista Susel Paredes pidió una cuestión previa porque dijo que se trataba de una “medida de contrabando”. Solicitó que la medida vuelva a la Comisión de Constitución para “una reevaluación cuidadosa”. Pero su pedido no fue aprobado.

Esta es una “medida de contrabando que no ha tenido la discusión debida y es antidemocrática. He presentado una reconsideración”, enfatizó.

La no reelección inmediata de autoridades regía desde el 2015

Como se informó, el Pleno del Congreso aprobó este miércoles, en primera votación, la reforma que permitirá que los gobernadores regionales y alcaldes puedan ser reelegidos por un periodo adicional inmediato.

El texto de reforma constitucional se aprobó en la Comisión de Constitución que preside Martha Moyano, en noviembre del 2023. Y este miércoles el pleno del Congreso lo aprobó con 86 votos a favor, 25 en contra y 3 abstenciones.

La no reelección inmediata de las autoridades regionales y municipales rige desde el año 2015, cuando se hicieron cambios en la Constitución. La ley fue dada en el gobierno de Ollanta Humala quien firmó su promulgación y Ana María Solórzano como presidenta del Congreso.