Acción Popular: nueve investigados por caso ‘Los Niños’ presentan ley para restablecer la inmunidad parlamentaria

La bancada de Acción Popular, a iniciativa del congresista Wilson Soto Palacios y con el respaldo de ocho congresistas acciopopulistas – todos investigados en el caso ‘Los Niños’- presentaron una ley de reforma constitucional para restablecer la inmunidad parlamentaria.

Como se recuerda, el 4 de febrero de 2021, el Pleno eliminó la inmunidad parlamentaria en una sesión histórica con 103 votos a favor, 14 en contra y una sola abstención.

Sin embargo, este 2 de agosto, Acción Popular presentó el proyecto de ley que tiene por objeto reformar la Constitución para, según el documento presentado, restablecer la inmunidad parlamentaria a fin de “fortalecer la institucionalidad del Congreso”.

Se trata de los acciopopulistas Wilson Soto Palacios, José Arriola Tueros, Darwin Espinoza Vargas, Silvia Monteza Facho, Carlos Alva Rojas, Jorge Flores Ancachi, Elvis Vergara Mendoza, Juan Carlos Mori Celis y Luis Aragón Carreño, quienes buscan la modificación del artículo 93 de la Constitución Política del Perú, mismo que quedaría bajo los términos expuestos en el siguiente cuadro:

Artículo 93 | Los congresistas que representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.
No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas.
No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, durante el ejercicio de su mandato, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las 24 horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento, dentro del plazo improrrogable de 30 días calendario, caso contrario procede el silencio administrativo positivo.
El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia.
En caso de comisión de delitos antes de sumir el mandato, es competente el juez penal ordinario.

¿Qué argumentos plantean los impulsadores de esta ley?

De acuerdo a los plasmado en la ley presentada, las funciones que ejercen algunos congresistas implican la afectación o confrontación con algunos grupos interesados que “ven al parlamentario como una amenaza para el cumplimiento de sus intereses”.

En tal sentido, se agrega que por ello la Carta Fundamental les otorgó prerrogativas a los congresistas con la intención de contar con representantes que puedan decidir y actuar “sin mayores temores a ser intimidados o denunciados”.

“La inmunidad parlamentaria es una figura constitucional que confiere a los parlamentarios la prerrogativa del antejuicio político, con la finalidad de no ser procesados o apresados por la presunta comisión de actos delictivos, sin un previo proceso de Acusación Constitucional, que debe realizarse con las garantías mínimas de un debido proceso ante el Pleno del Congreso o la Comisión Permanente”, argumenta la iniciativa.

También se indica que el objetivo del antejuicio es preservar la fortaleza e institucionalidad del Congreso para que “no sea debilitado o disminuido ante la posibilidad de que sus miembros sean procesados o presos por motivaciones sociales, políticas y/o económicas”.

“La desprotección de los congresistas expuestos ante las denuncias y procesos penales que se les podrían abrir, o apresar directamente sin un previo proceso constitucional para levantarles la inmunidad, origina el debilitamiento del legislativo y pierda a su condición natural de ser el primer poder del Estado”, se añade.

Ley de reforma constitucional para el retorno de la inmunidad parlamentaria.
Ley de reforma constitucional para el retorno de la inmunidad parlamentaria.

DATOS

  • Acción Popular es la bancada que presenta a 13 de sus 15 congresistas bajo investigaciones de distintos tipos.
  • De acuerdo a la versión un colaborador eficaz, los congresistas acciopopulistas involucrados en el caso ‘Los Niños’ habrían sido captados por el expresidente Pedro Castillo “para que ante cualquier proceso de vacancia, censura o interpelación de ministros, ellos puedan votar en contra”.

¿Cuándo y por qué se eliminó la inmunidad parlamentaria?

En febrero de 2021, Pleno del Congreso aprobó, en segunda votación tal como señala el artículo 206 de la Constitución, la reforma constitucional que eliminó la inmunidad parlamentaria.

Aquella oportunidad se registraron 103 congresistas que votaron a favor de la modificación del artículo 93 de la Carta Magna, mientras que 14 votaron en contra, y uno se abstuvo.

La sesión debatió y se concluyó que la inmunidad parlamentaria ha servido de garantía para aquellos congresistas que, en su rol fiscalizador, puedan realizar severas acusaciones y cuestionamientos en contra de cualquier política pública del Estado, funcionario público, inclusive sobre la figura presidencial.

Sin embargo, esa importante protección legislativa sufrió graves y justificadas acusaciones morales a lo largo del tiempo, debido a la inconducta y letargo en los procesos de levantamiento de la inmunidad. Es así que se eliminó para no permitir que más personajes se escuden y protejan del alcance de la justicia.

Acción Popular impulsa proyecto de ley para declarar de interés nacional que Perú abandone la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Los parlamentarios de la bancada Acción Popular presentaron formalmente un proyecto de ley que busca declarar de interés nacional el procedimiento para que el Perú abandone la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Convención Americana sobre Derecho Humanos.

“Nuestra permanencia bajo los alcances de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisdicción de la Corte Interamericana no nos permite legislar para tipificar la pena de muerte en el país, como una medida disuasiva ante la comisión de delitos que evidentemente causan terror y zozobra a la población, como la extorsión, el sicariato, asesinato, violación de menores etc”, se lee en la iniciativa legislativa.

El proyecto de ley indica que esto no vulnera ningún dispositivo normativo por tener carácter de declarativo y ser una invocación al Presidente de la República para que pueda solicitar la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Wilson Soto fue quien desarrolló el proyecto de ley, que cuenta con las firmas de otros miembros de Acción Popular como Luis Aragón, Raúl Doroteo, Hilda Portero, José Arriola, Darwin Espinoza y Jorge Flores Ancachi.

José Alberto Arriola Tueros: hallan miles de dólares y soles debajo de colchón de congresista de Acción Popular

En el megaoperativo realizado este viernes por la Fiscalía de la Nación en marco del caso ‘Los Niños’, se hallaron miles de dólares y soles en la vivienda del parlamentario de Acción Popular José Alberto Arriola Tueros.

El programa ‘Milagros Leiva, Entrevista’ evidenció que el legislador acciopopulista tenía los fajos de billetes debajo de su colchón.

«José Arriola Tueros tenía debajo de su colchón fajos de dólares y soles (…) Nuestras fuentes nos dicen que se le han encontrado 72 mil dólares y 34 mil soles contantes y sonantes», expresó la periodista Milagros Leiva.

La mujer de prensa alertó que Arriola era vicepresidente de la Comisión de Presupuesto del Parlamento.

En la dilifencia fiscal de hoy, se realizó el allanamiento e incautación de bienes y documentos de 18 congresistas, quienes son investigados por organización criminal y otros delitos en el caso ‘Los Niños’.

De acuerdo al Ministerio Público, el golpista expresidente Pedro Castillo habría beneficado con obras y puestos de trabajo en el Estado a los legisladores investigados a cambio de que voten en contra de su vacancia.

ONPE sanciona al partido político Acción Popular

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sancionó a la organización política Acción Popular con una multa de 40.3 Unidades Impositivas Tributarias, por no haber cumplido con presentar su Información Financiera Anual (IFA 2021) en el plazo legal establecido, según la Resolución Jefatural N.º 000205-2023-JN/ONPE.

Con fecha 22 de marzo de 2023, la norma exhorta a la organización política a regularizar la infracción cometida, considerada muy grave, conforme a lo señalado en el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP). También, se fija notificar a la organización política el contenido de la resolución jefatural, de conformidad con el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas.

Además, la disposición comunica a Acción Popular que aún se encuentra dentro del plazo legal de 15 días hábiles, luego de ser notificada la resolución, para impugnar administrativamente la misma.

En los considerandos de la resolución se establece que, en su informe final de instrucción, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios concluye determinando la existencia de responsabilidad de la organización política debido a que se ha probado que no presentó su IFA 2021 en el plazo previsto por ley, razón por la cual se configuró la conducta omisiva tipificada como infracción en el numeral 4 del literal c) del artículo 36 de la Ley n.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias.

Igualmente, se señala que, sobre la presentación de la IFA por parte de la organización política, el 13 de julio de 2022, la Subgerencia de Verificación y Control remitió a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios el Informe n.° 001405-2022-SGVC-GSFP/ONPE. En este se dejó constancia de que la organización política no subsanó las observaciones efectuadas por la entidad y, en consecuencia, se tiene como no presentada la IFA 2021.

Posteriormente, a través del Informe n.° 001526-2022-SGVC-GSFP/ONPE, del 4 de agosto de 2022, se realizó una nueva verificación de las organizaciones políticas que, hasta ese momento, no cumplieron con presentar la IFA 2021 o no subsanaron las observaciones realizadas a la misma. En ese informe se concluye también que la citada organización política no cumplió con presentar su IFA 2021.

“Así las cosas, se encuentra acreditado que la organización política no presentó su IFA 2021 dentro del plazo legal otorgado, esto es, hasta el 1 de julio de 2022, configurándose así la conducta típica”, establece la resolución.

Raúl Doroteo: Poder Judicial condenó a cuatro años de prisión suspendida a congresista de Acción Popular

El congresista Raúl Felipe Doroteo Carbajo (Acción Popular) fue condenado por el Juzgado Unipersonal de Corte de Ica, que le impuso cuatro años de pena privativa de libertad suspendida por el delito de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica.

Según la sentencia, Doroteo Carbajo consignó ante el Jurado Nacional de Elecciones que era egresado en la carrera de Sistemas e Informática de la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL); sin embargo, dicha institución señaló que el sentenciado no tiene la condición de egresado, sino de matriculado.

En la audiencia, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Pisco condenó al parlamentario de Acción Popular como autor y responsable del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de falsa declaración en procedimiento administrativo y contra la Fe Pública – falsedad genérica en agravio del Estado, por lo cual se le puso la pena de cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de 2 años.

Así lo determino el Juzgado Penal Unipersonal, al señalar entre sus considerandos que el delito fue cometido cuando el sentenciado Doroteo Carbajo, en la declaración jurada que presentó en el año 2013 ante el JNE, consignó que era egresado en la carrera de «Sistemas e informática» en la USIL; sin embargo, dicha institución, mediante carta de fecha 14 de julio del 2014, señala que no tiene la condición de egresado, sino de matriculado.

Al verificarse que la información contenida en la Declaración Jurada de Vida de Candidato -suscrita por el propio postulante- es falsa, ya que este no tiene la condición de egresado, sino la de matriculado habiendo solamente cursado dos ciclos, al año 1995, además que estos estudios no tienen la calidad de «Universitarios», los que han debido de consignarse en el rubro correspondiente a «Estudios Técnicos» el cual contaba la Declaración Jurada.

El veredicto también establece que el sentenciado, durante el periodo de prueba, deberá cumplir reglas de conducta impuestas, bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 59 del Código Penal. Asimismo, el juzgado dispuso el pago de mil soles por concepto de Reparación Civil, el mismo que deberá de ser cancelado en el término de dos meses.

María del Carmen Alva rechaza dos propuestas de su bancada

Siguen las discrepancias en Acción Popular. Esta vez, María del Carmen Alva, rechazó la propuesta que hizo Elvis Vergara, la vocera de la bancada de la lampa, para que lidere las comisiones de Pueblos Andinos y de Ciencia y Tecnología.

Durante su intervención en el Pleno, Alva señaló: “Por favor, yo renuncio. He escuchado que estoy en la comisión como titular de pueblos andinos así como de ciencia y tecnología que no tienen nada que ver con mi profesión”.

Como se sabe, Maricarmen Alva, quien ocupó la presidencia del Congreso en la legislatura anterior, es abogada de profesión y es por eso que rechazó las disposiciones que realizó la bancada de Acción Popular para ella.

Por otro lado, la bancada de Cambio Democrático – Juntos por el Perú anunció que presentarán de manera formal, ante la Comisión de Ética, una denuncia contra Alva por el incidente que hubo con la parlamentaria Isabel Cortez, “Chabelita”.

En el documento presentado por la bancada, se exige “la máxima sanción posible” de parte de la Comisión de Ética ya que señalan que Maricarmen Alva transgredió los artículos 2, 4 y 6 del Código de Ética Parlamentaria.