Se acabaron los cafecitos, las aguas minerales, los sanguchitos, horas extras, las consultorías, los tragos por aniversarios

Disciplina y Calidad en el gasto público del Año Fiscal 2023, se implementa con retardo en Gobierno Regional Lima.

Como hemos señalado en anteriores artículos, con fecha 12 de junio del 2023, el Gobierno Regional Lima a través de la Gerencia General Regional publicó la Resolución Gerencial N° 124-2023, con la cual aprueba la Directiva N° 004-2023-GRL/GGR, denominada “DIRECTIVA DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO DEL AÑO FISCAL 2023 DEL PLIEGO 463 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA”.

En lo que respecta al rubro SERVICIOS BASICOS, la directiva señala que queda restringido el uso de artefactos que funcionen con resistencias eléctricas tales como hervidores, sangucheras, tostadoras, cafeteras, etc., en zonas no acondicionadas para dicho fin.

Ahora, los amantes del cafecito, tendrán que llevarlo en sus respectivos thermos.

Ya es tiempo también que Consejeros Regionales y Regidores, metan la mano al bolsillo y compren su propia agua mineral, gaseosa o sanguchito. Lo mismo que la totalidad de funcionarios públicos.

Para los aniversarios institucionales solo se realizaran eventos, talleres, seminarios y otros similares y las contrataciones relacionadas a estos, tales como servicios de alimentación, alquiler de equipos, mobiliario, toldos, estrados, entre otros, que sean estrictamente necesarios para el cumplimiento de las actividades programadas en los correspondientes Planes Operativos Institucionales de las entidades.

BASTA YA de pagos exorbitantes de comilonas por los aniversarios institucionales. Si quieren jarana, buena comida y harto trago, pues que hagan su chanchita.

La máxima autoridad administrativa de la entidad tendrá la responsabilidad del cumplimiento de esta directiva.
Queda prohibida la adquisición de cualquier tipo de bebidas de contenido alcohólico, con cargo a recursos públicos.

Está prohibido la contratación de impresiones publicitarias o la adquisición y/o confección de polos, gorros, casacas, maletines, chalecos, lapiceros, pancartas, paneles, letreros, agendas y todo artículo de índole publicitario, salvo en los casos que resulten estrictamente necesarios, debidamente justificada por el área usuaria y que cuenten con la autorización de la más alta autoridad administrativa de la entidad y con el visto bueno de Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, o la que haga sus veces, en la entidad.

Al término de su jornada laboral, el personal está obligado en apagar las luminarias, ventiladores, equipos de aire acondicionado, computadoras, fotocopiadoras y cualquier otro equipo que consume energía eléctrica.

Queda bajo responsabilidad del último trabajador que se retira de la oficina verificar el cumplimiento de la presente disposición respecto del área o ambiente donde presta servicios, lo cual será verificado por el personal de seguridad quien deberá informar a la Administración en caso se constate su incumplimiento.

No se deben efectuar gastos para compensar las horas extras, independientemente del régimen laboral del trabajador, en caso que por necesidad de servicio se requiera la presencia del trabajador fuera del horario de trabajo, se implementaran mecanismos compensatorios por horas de descanso.

BASTA DE CONSULTORÍAS

Solo se contratara consultorías de obras que comprendan el desarrollo de expedientes técnicos, estudios definitivos y supervisiones de obra, quedando prohibida la contratación de profesionales para la revisión, validación o evaluación de las mismas.

Los servicios de consultorías que se contraten para los fines mencionados deben contar con la autorización del Gerente General Regional en el caso de la entidad 001 Región Lima (sede central) y del Titular en el caso de las demás entidades.

Para ser autorizadas deben ser sustentadas por el área usuaria adjuntando la documentación que garantice la disponibilidad o previsión presupuestal respectiva.

Queda prohibido la adecuación o remodelación de ambientes, en los inmuebles que vienen funcionando las entidades, con fines estéticos y/o funcionales, salvo que se realice para cumplir las normas sanitarias de seguridad y salud en el trabajo, de defensa civil y de accesibilidad para personas con discapacidad, o por la implementación de nuevas dependencias funcionales, para lo cual se tiene que contar con la autorización de la máxima autoridad administrativa de las entidades.

La contratación de bienes y servicios menores a 8 UIT se debe sustentar mediante términos de referencias y/o un informe técnico, aprobado formalmente por el responsable del centro del costo que autoriza el gasto, documentos en el que se justifique la necesidad, las especificaciones técnicas y cuyo costo referencial debe sustentarse mediante el cuadro comparativo del estudio de mercado realizado por el órgano responsable de las contrataciones.

La Administración, a través de la Oficina de Logística, o quien haga sus veces en las entidades, consolida los requerimientos, a fin de realizar, cuando corresponda, adquisiciones de bienes y servicios en cantidades agregadas a un menor costo, evitando el fraccionamiento, reduciendo trámites administrativos y efectuando un adecuado control interno del abastecimiento y el consumo.

Se prohíbe el uso de papel bond, materiales de oficina en general, impresoras y fotocopiadoras de la entidad para asuntos de carácter personal o ajenos a los fines y servicios de competencia de la entidad.

Los requerimientos de materiales y útiles de oficina deben corresponder a las reales necesidades de cada área usuaria en concordancia con las funciones del cargo y a la cantidad de personal que presta servicios en el área.

Se debe optimizar la utilización materiales y útiles de oficina, reduciendo al mínimo el uso papel, mediante impresiones y fotocopias a doble cara, reutilizando las hojas de aquellos documentos que sean modificados para emplearse como hojas borrador, hojas de envío y otras modalidades de uso, sin afectar la calidad de los documentos y el cumplimiento de los objetivos y metas previstos por el área usuaria.

Fuente: Oscar Rolando Guerrero Torres

Austeridad pone sobre las cuerdas a funcionarios que se negaron a entregar información solicitada por la comisión que investigó al vicegobernador regional

La Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 fue publicada el 06 de diciembre del 2022 en el Diario Oficial El Peruano, la cual dispuso aprobar el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2023 por el monto de S/ 214, 790´274,052.00.

Es decir, la gobernadora regional actual y sus funcionarios, al momento de asumir el cargo, sabían del contenido de esta Ley y por tanto estaban obligados a su fiel cumplimiento desde el primer día de sus funciones.

Sin embargo, recién el 23 de marzo se da el Informe N° 028-2023-GRL-GRPPAT/OP-LAR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para la elaboración de la directiva de Austeridad, Disciplina y Calidad en el gasto público del año fiscal 2023 y que concluye recién el 09 de junio, luego de haber pasado por las diferentes reparticiones del Gobierno Regional.

Transcurrió medio año de la vigencia de la Ley 31638 y recién el 12 de junio del 2023, se publica la respectiva directiva llamada “de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público del año fiscal 2023”.

Esta directiva, pone sobre las cuerdas a la gobernadora regional y a los funcionarios responsables del Gobierno Regional, en primer lugar por haber demorado SEIS meses para su implementación, cuando la Ley de Presupuesto, fue publicada el 06 de diciembre del 2022.

Hace unos días, se realizó la sesión final de la comisión investigadora del consejo regional Lima, que investigó el presunto mal uso del vehículo asignado al Vicegobernador Regional Nicolás Barrera Morán, denuncia que fue publicada en un portal que dirige un periodista cañetano.

Sobre el uso de los vehículos del Estado, la Ley en mención, señala que los gobiernos regionales y los gobiernos locales, adoptan medidas de austeridad en materia de uso de vehículos, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución de su titular, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la vigencia de la presente norma. Dicha resolución se publica en la sede digital de las referidas entidades.

Cuando Rosa Vásquez Cuadrado, asume el cargo de gobernadora regional, se encontraba vigente este dispositivo y por tanto era su obligación, haber publicado la norma regional correspondiente sobre austeridad en materia de uso de vehículos. Como no había esa norma, el vicegobernador regional a quien inexplicablemente le han otorgado un vehículo a su disposición, fue denunciado periodísticamente por un presunto mal uso de esa unidad móvil.
Cuando la comisión investigadora de este presunto mal uso vehicular, solicita hasta en tres oportunidades, al gobierno regional se le entregue el cuaderno de bitácora de la camioneta asignada al vicegobernador regional, se niegan a realizarlo y por último, señalan que esa camioneta no tenía dicho cuaderno de bitácora.

Sin embargo la directiva N° 004-2023-GRL-GGR., firmada por el Gerente General del Gobierno Regional Lima, Leonardo Edison Vílchez Fernández, señala que:

“El conductor de cada vehículo, bajo la supervisión de la administración y del área de servicios, o la que haga sus veces en la entidad, conducirán UN CUADERNO DE CONTROL (BITÁCORA) del recorrido del vehículo, consumo de combustible, control de mantenimiento y kilometraje diario de uso, numero de galones de combustible utilizados por cada jornada, entre otros aspectos sobre la operatividad y uso de la unidad móvil”.

USO DE VEHICULOS Y DE COMBUSTIBLE

Dice la directiva 004 de la Gerencia General del Gobierno Regional Lima, que los vehículos asignados a las entidades y/o unidades orgánicas que lo conforman solo pueden ser usados para uso oficial, comisiones de servicio en cumplimiento de sus funciones, con la respectiva autorización del funcionario o directivo que corresponda y solo serán conducidos por personal autorizado de la Entidad.

Quedando terminante prohibido el uso de las unidades para uso particular o para otros fines que no sea el institucional, bajo responsabilidad del conductor, el usuario y del Directivo de la unidad orgánica a la cual está asignado el vehículo.

Solo se autorizara el uso de combustible para aquellos vehículos asignados a los funcionarios y cargos directivos formalmente autorizados y los que se utilicen en comisiones de servicio o actividades de campo propias de las actividades operativas que desarrollan los servidores de la entidad.

La Administración a través del área de servicios, o la que haga sus veces en la entidad, debe cautelar que los vehículos pernocten en la entidad, asimismo realizara el adecuado mantenimiento de cada uno de los vehículos, con el objeto que se encuentren operativos y garanticen un buen rendimiento, generando el correspondiente ahorro de combustible, asimismo, mensualmente evaluara la correspondencia entre el recorrido mensual de los vehículos y el combustible utilizado, proponiendo las medidas correctivas para racionalizar su uso.

Queda demostrado que cuando los funcionarios del gobierno regional Lima, se negaron a entregar la información oficial solicitada por la comisión investigadora del Consejo Regional Lima, ellos tenían conocimiento de esta Directiva, ya que de su contenido se desprende que regía desde el siguiente día de su aprobación hasta el mes de diciembre Año 2023.

Fue publicada en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Lima y de las entidades que lo conforman y difundida por la Secretaria General del Gobierno Regional a todas las entidades del Pliego, en un plazo que no exceda de cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación.

A las 22 entidades del pliego, les dan un plazo de 30 días calendario de aprobado la presente directiva para adecuar sus actos administrativos y de administración, referidas a las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en la ejecución del gasto público, que no cumplan con las presentes disposiciones.

Es decir que esta directiva entraría en vigencia en julio y solo tendría vigencia hasta diciembre del 2023. Así estamos. 

Fuente: Oscar Rolando Guerrero Torres

Enjuicia a GRL exigiendo reposición y el pago de más de 100 mil soles; sin embargo, la Dirección de Trabajo la contrata como locadora de servicios

Un hecho insólito vuelve a encender las alertas en la Dirección Regional de Trabajo del Gobierno Regional de Lima. Una servidora que ha enjuiciado al Gobierno Regional de Lima exigiendo la inmediata reposición de su cargo y el pago de más de 100 mil soles, fue contratada como locadora de servicios en la Dirección de Trabajo y Promoción del Empleo, de esa entidad regional.

Estrella Rossy Jaque Cabezas, el 15 de junio del 2022 presentó ante el Juzgado de Trabajo un escrito demandando al Gobierno Regional de Lima, y en la cual plantea como pretensión principal que se declare la existencia de una relación laboral de naturaleza indeterminada, del 19 de agosto de 2019 al 17 de mayo de 2022. Pide se declare la nulidad de su despido, que se ordene su reposición a su centro de trabajo, se le pague S/ 117,516.00 por sus beneficios sociales y convencionales por su labor de 2 años y 09 meses y también el pago de S/ 50,000.00 por indemnización por daños y perjuicios por responsabilidad contractual.

El 20 de junio, el juzgado con expediente 00503-2022-0-1308-JR-LA-01 1 admite la demanda sobre reconocimiento de vínculo laboral de naturaleza indeterminada, reposición y pago de beneficios laborales, debiendo tramitarse en la vía del proceso ordinario laboral.

Mientras este proceso lleva su curso, Estrella Jaque, ha sido contratada como locadora de servicio en la Dirección Regional de Trabajo del GRL. Según la Orden de Servicio N° 0001566, de fecha 5 de mayo de este año, se la contrata por un monto de 9 mil soles para realizar un servicio especializado en derecho administrativo y administración pública, teniendo plazo del servicio 55 días calendarios.

Jaque tiene vinculación laboral con la Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, donde el director es Kristoffer Sánchez Villalobos, recientemente cuestionado tras el informe de Contraloría que reveló que es el hijo de la asesora de Rosa Vásquez, Yanett Villalobos, también trabajadora de confianza del Gobierno Regional de Lima, evidenciando un presunto nepotismo.

¿Sabrá de todo esto la gobernadora o solo estará pintada? ¿Qué tanto poder tienen los funcionarios para sacar y poner a su antojo al personal del GORE? ¿Saben de esto los consejeros regionales o solo están dedicados a hacer tik tok o a cuidar sus negocios que mediante terceras personas estarían haciendo con el GORE? Volvemos con más destapes.

Fuente: Diario el Chaski

Madres e hijos son contratados en el GRL pese a estar prohibido por la Ley de Contrataciones del Estado

Aparecen nuevas denuncias por contratación irregular de familiares de funcionarios del Gobierno Regional de Lima. Un informe de la Contraloría General de la República, evidenció escandalosos casos en la actual administración de la gobernadora regional, Rosa Vásquez “La Cholita”, quien ha contratado a funcionarios impedidos de contratar con el Estado, contraviniendo de esta forma con lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado. Son dos casos los descubiertos y que salen a la luz no solo por el nivel jerárquico que tienen los servidores a nivel administrativo, sino que estos son personales de suma confianza de Rosa Vásquez, quienes valiéndose de ello habrían influenciado para contratar a sus hijos, aunque ellos lo nieguen contundentemente.

En marzo pasado, nuestro diario en exclusiva hizo pública una investigación periodística donde daba cuenta del presunto caso de nepotismo de la hija de la directora de la DRELP y las planillas doradas de la que gozaban algunos servidores. Tras ese informe, el OCI del Gobierno Regional inició una investigación y oh sorpresa, no era solo la hija de la directora de la DRELP, sino también el hijo de una asistenta de gobernación, de mucha confianza de “La Cholita”, quien también trabaja en la entidad regional. Es decir, madres e hijos eran contratados alegremente en el GORE.

Con Resolución Ejecutiva Regional N°015- 2023-GOB, de fecha 04 de enero del 2023, se designó a la señora Arístida Rufina Cisneros Flores en el cargo de confianza de directora regional de Educación del Gobierno Regional de Lima. Todo estaba bien, hasta que, en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas, apareció con fecha 15 de marzo del 2023, la proveedora Cristal Rufina Quispe Cisneros, quien tenía un monto aprobado de 7 mil soles. Dos meses después, el 3 de mayo tuvo una orden de servicio por más de 10 mil soles. Ante ello, se hizo la consulta en el portal de la Reniec, y se evidenció que la proveedora Cristal Rufina Quispe Cisneros es hija de la directora regional de Educación, Rufina Cisneros Flores, teniendo el parentesco en primer grado de consanguinidad. Una evidente infracción de la norma, pero más terrible aún, la directora salió a decir que su hija sí podía trabajar y ella no la había contratado. Efectivamente, Cristal, fue contratada en la DIREPRO, pero a pesar de la advertencia y la denuncia periodística, continuó laborando.

CASO VILLALOBOS

Por otro lado, el OCI halló la designación en el cargo de Kristoffer Elmer Sánchez Villalobos como director de promoción de empleo y capacitación laboral, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima. El apellido Villalobos es muy conocido en esta gestión ya que María Janett Villalobos Caballero, es asistenta de Gobernación y tiene un contacto directo con la gobernadora, Rosa Vásquez. Janett Villalobos, como asistenta registra cobros por el servicio de asistencia técnica administrativa del Gobierno Regional por más de 12 mil soles, entre marzo y mayo del presente año.

Al efectuar las consultas necesarias, se verificó que la señora María Janett Villalobos Caballero, es madre del actual funcionario regional, Kristoffer Elmer Sánchez Villalobos, sí, el director de promoción de empleo y capacitación laboral, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima. Según la Contraloría, la situación expuesta a conllevado a que el personal contratado como locadores permanezcan brindando servicios irregularmente, incumpliendo los impedimentos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y afectando el principio de legalidad, transparencia e integridad.

ALGUITO

La Contraloría remitirá el informe al Tribunal de Contrataciones del Estado, para que evalúe el inicio del respectivo procedimiento administrativo sancionador en el marco de sus competencias.

Fuente: Diario El Chaski

Gobierno Regional de Lima y Gobierno Central mienten con entrega de maquinarias en la zona afectada de la Perla Chaupis

La comunidad de la Perla Chaupis enfrenta su hora cero. Desde el jueves 13, diversas familias se encuentran en zozobra por la desaparición de sus parientes, quienes fueron sepultadas tras caer un alud en la comunidad de la Perla Chaupis; desde entonces el llamado de auxilio ha sido constante hacia las autoridades con el fin de rescatar las vidas sepultadas.

En diversas entrevistas, los familiares han enfatizado la falta de maquinarias para la remoción del lodo y piedras dejadas por el desastre; sin embargo, la respuesta dadas por nuestras autoridades han sido cuestionadas por los mismos afectados.

Tal es el caso del Gobierno Regional de Lima y del Gobierno Central, quienes, por el nivel de alerta y emergencia que se encuentra la Perla, están en la obligación de liderar, gestionar y ejecutar acciones inmediatas en favor del pueblo; sin embargo, no es así, a pesar de los comunicados y notas de prensa que publican en sus cuentas principales de Facebook y entrevistas dadas en los diversos medios nacionales, donde informan la permanencia de maquinarias.

“Debemos aclarar que las maquinarias pesadas del Gore Lima se encuentran en la zona devastada por el alud de tierra, en esta parte de Atavillos Bajo”, se puede leer en un comunicado posteado hace unas horas. “Tras recorrer la zona de emergencia en La Perla, la gobernadora regional Rosa Vásquez Cuadrado presenció un segundo alud de tierra, en el mismo punto crítico, en el distrito de Atavillos Bajo, disponiendo la permanencia de las maquinarias pesadas y los brigadistas de Defensa Civil del Gore Lima”, se lee en otra de las notas de prensas, también publicaciones.

Sobre ello, podemos señalar que lo anunciado o informado por ambas entidades no sería así, pues al acudir a la zona afectada pudimos encontrar solo un cargador frontal y un volquete del Ministerio de Vivienda y 2 volquetes del Gobierno Regional de Lima, ubicados al frente de la iglesia del lugar, a ello, le sumamos una maquinaria deteriorada de la entidad regional que permanece a un costado del puente la Perla. Esto respondería al asombro y cuestionamientos que han hecho los afectados a los diversos anunciados por los gobiernos, pues no se acercaría a la verdad.

MAQUINARIA DEL GOBIERNO REGIONAL:

MAQUINARIAS DEL ESTADO:

En estos momentos lo que hace falta son las retroexcavadoras, tractoras orugas, cargadores frontales potentes para continuar con la búsqueda de los sepultados.

Por su parte, la Municipalidad Provincial de Huaral, ha entregado una retroexcavadora y un volquete, los cuales vienen siendo utilizados en la habilitación del camino de Llancay a Huandaro, donde se habilitará un refugio para trasladar a las familias damnificadas.

Es preciso señalar, que la emergencia en la Perla Chaupis es de nivel 4, por ello, al Gobierno Regional de Lima y al Estado les corresponde liderar dicha emergencia, según la infografía mostrada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).  

Por eso nos preguntamos ¿por qué nos miente el Gobierno Regional de Lima y el Gobierno Central?

Mesa de trabajo para conocer problemática actual de las obras ejecutadas por el Gobierno Regional de Lima

En las instalaciones del salón Túpac Amaru de la Municipalidad Provincial de Huaral, se realizó una mesa de trabajo para conocer la problemática actual de las obras ejecutadas en la provincia por el Gobierno Regional de Lima, donde participaron representantes del Ministerio de Vivienda, el GORELI, la comuna huaralina, Emapa y dirigentes vecinales del sector 3 de Octubre, AA.HH El Ángel, Contigo Perú, La Huaca, Santa Elena, y Nuevo Huaral.

En la reunión se abordaron las obras de “Instalación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en los sectores 4, 5 y 6 del Pueblo Joven 03 de Octubre del Distrito de Huaral” Mejoras para transferencia, así como el “Mejoramiento Integral y Ampliación de los Servicios de Agua y Desagüe de los AA.HH El Ángel, Contigo Perú, La Huaca, Santa Elena, y Nuevo Huaral”, las mismas que se encuentran sin transferencia ni a Emapa Huaral ni a la comuna huaralina, generando malestar y preocupación entre los moradores quienes detallaron la problemática de contaminación y el no funcionamiento de los servicios de agua, de las obras en mención.

Por su parte el Gerente de Desarrollo Urbano Arq. Jean Paul Paz Cortes, manifestó que viene atendiendo a los pobladores de manera directa, en busca de darle a la población, la solución que necesita ante la problemática que padecen.