Prisión preventiva para Pedro Castillo y exministro Juan Silva

El juez supremo Juan Carlos Checkley, a cargo del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, impuso prisión preventiva por 36 meses al expresidente Pedro Castillo Terrones y al exministro Juan Silva Villegas por los casos Puente Tarata II, Petroperú y Ministerio de Vivienda y Construcción.

Al contrario, rechazó el pedido de la Fiscalía para imponer prisión preventiva al exministro Geiner Alvarado López, al considerar que tiene arraigo y ha venido colaborando con las indagaciones de la Fiscalía.

Para Geiner Alvarado, el juez decretó comparecencia restringida, con impedimento de salida de Lima y Callao, no comunicarse con los otros investigados y testigos y entregar una fianza de 35 mil soles.

La Fiscalía apeló la comparecencia y quedó conforme con las prisiones preventivas impuestas a Pedro Castillo y Juan Silva.

Respecto de Castillo, esta es la segunda prisión preventiva impuesta en su contra. En diciembre, el mismo Checkley dictó 18 meses de prisión en su contra por el fallido intento de golpe de Estado.

Checkley explicó que cada medida restrictiva de libertad es independiente y se dicta para asegurar una determinada investigación, por lo que no hay impedimento para dictar más de una prisión preventiva.

El juez indicó que los indicios presentados por la Fiscalía son suficientes para tener sospecha fuerte de la comisión del delito y que existe una alta probabilidad de que la Fiscalía obtenga una alta pena de cárcel.

Investigan a exministro Juan Silva y a congresistas denominados como ‘Los Niños’

A partir de los informes de las fiscales Karla Zecenarro y Luz Taquire, el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde, inició investigación preliminar al exministro de Transportes y Comunicaciones (MTC) Juan Silva y los congresistas Raúl Felipe Doroteo Carbajo (de Ica), Juan Carlos Mori Celis (Loreto), Ilich Fredy López Ureña (Junín), Jorge Luis Flores Ancachi (Puno), Jhaec Darwin Espinoza Vargas (Áncash) y Elvis Hernán Vergara Mendoza (Ucayali) por presuntos delitos de corrupción y organización criminal.

Sánchez tomó esta decisión luego de recibir dos informes, uno de la fiscal Zecenarro y otro de la fiscal Taquire, con las declaraciones de la aspirante a colaboradora eficaz Karelim López sobre presuntos ilícitos en Provías Descentralizado. Los informes también incluyen al presidente Pedro Castillo.

López ha declarado que el presidente, el exministro Silva y los seis congresistas antes mencionados habrían conformado una organización criminal para beneficiarse de contratos en Provías Descentralizado.

Sobre el presidente

Sin embargo, trascendió, el fiscal de la Nación se abstuvo de tomar una decisión sobre el presidente en aplicación del artículo 117° de la Constitución Política del Estado, que prohíbe acusar a un presidente en ejercicio por presuntos de ilícitos en el desempeño del cargo.

Karelim López acudió al Parlamento para declarar ante la comisión de Fiscalización con respecto al presidente Pedro Castillo. Foto: captura de Congreso TV
Karelim López acudió al Parlamento para declarar ante la comisión de Fiscalización con respecto al presidente Pedro Castillo. Foto: captura de Congreso TV

Esta es una posición jurisprudencial que Sánchez Velarde tiene desde la primera vez que ejerció como fiscal de la Nación. En junio del 2016, Pablo Sánchez archivó dos denuncias contra el entonces presidente Ollanta Humala. Ambas denuncias fueron archivadas teniendo en cuenta el artículo 117.

“Nuestro sistema de gobierno, señaló Sánchez, otorga al presidente, al ser elegido con el voto popular, una legitimidad que, en la práctica, le otorga inmunidad absoluta en el ejercicio del poder”, señaló Pablo Sánchez en esa oportunidad.

Una posición que no puede ser cambiada sin una debida sustentación jurídica. Además, actualmente, es fiscal de la Nación encargado.